La Ley señala que la Comisión Ejecutiva cuenta con las Subcomisiones de Consulta Pública y Redactora. Asimismo, tiene facultades para integrar otras subcomisiones, grupos de trabajo específicos y establecer cualquier forma de trabajo que estime pertinente.
El proceso de negociación y construcción de acuerdos para la Reforma del Estado consta de las siguientes etapas:
1. Presentación de propuestas;
2. Consulta pública;
3. Negociación y construcción de acuerdos;
4. Redacción de los proyectos, y
5. Aprobación, firma y presentación de iniciativas.
Las y los integrantes de la Comisión Ejecutiva y todas las personas que participen en la consulta, deberán entregar a la cenca sus propuestas concretas de reforma en los temas que establece la Ley, conforme a los requisitos y en los plazos que determine la Comisión Ejecutiva en la convocatoria.
Conforme se logren los acuerdos en la Comisión Ejecutiva o se concluya cualquiera de los temas a que se refiere la ley, se elaborarán las iniciativas que expresen estos acuerdos y podrán ser suscritas por las y los legisladores que la integran que así lo decidan; éstas se presentarán a la Cámara que corresponda.
Los temas sobre los que se pronunciaron obligatoriamente el Poder Legislativo, los Grupos Parlamentarios y los Partidos Políticos Nacionales fueron:
1. Régimen de Estado y Gobierno;
2. Democracia y Sistema Electoral;
3. Federalismo;
4. Reforma del Poder Judicial, y
5. Garantías Sociales.
En caso de que surjan otros temas de interés, inherentes a la Reforma del Estado, estos podrán seguir el procedimiento señalado en la Ley. Para ello será necesario que antes se hayan completado los trabajos concernientes a los temas de pronunciamiento prioritario que se han señalado y que se esté en posibilidades de concluir los nuevos temas durante el periodo de vigencia de la Ley. |