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Asimismo, es indispensable que en esta reforma, todas las instancias y órganos que intervienen en los procesos electorales, incluyan a más mujeres en sus órganos de dirección. La democracia no puede seguirse concibiendo sin la presencia paritaria de las mujeres.
Dentro de las reformas administrativas que tiene que hacer el ejecutivo, el tema de cómo se programan y se presupuestan los recursos para la ejecución de las acciones de gobierno tiene que cambiar, toda vez que el planteamiento del presupuesto con perspectiva de género, implica que en todas las etapas del presupuesto (la formulación – que realiza el ejecutivo –, la discusión y aprobación – que hace el legislativo –; el ejercicio del gasto – por parte del ejecutivo – y la revisión de la cuenta pública – a cargo de la Auditoria Superior de la Federación – ); se considere de qué forma beneficia o afecta la aplicación de los recursos públicos a hombres y a mujeres, así como las condiciones y situaciones particulares de cada grupo social, a fin de que el uso de los recursos sea más eficiente y equitativo.
Así, desde la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) se tienen que instrumentar los cambios administrativos, técnicos y metodológicos para que cada una de las instancias de gobierno que reciben recursos públicos utilicen criterios de equidad de género, en su programación, presupuestación, ejercicio del gasto, avance de ejecución e informe de resultados.
De esta forma, cuando la SHCP realice la integración y elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación también debe hacerlo desde la perspectiva de género.
2. En el Legislativo______________________________
A este Poder del Estado le corresponde la armonización y actualización de todas las leyes e instrumentos normativos federales con las plataformas e instrumentos internacionales relativos a los de derechos humanos de las mujeres.
Una de las primeras que hay que modificar para incorporar la perspectiva de género es la Ley de Planeación, con el objetivo que desde el Plan Nacional de Desarrollo se establezcan objetivos y acciones encaminadas a incidir y lograr una sociedad con equidad entre los géneros.
La Ley General de Salud también tiene que ser modificada, entre otras cuestiones para asegurar la atención adecuada, oportuna y con calidad de la salud sexual y reproductiva de los y las adolescente, jóvenes y en general de hombres y mujeres.
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Otras leyes que resulta urgente reformar para introducir la perspectiva de género son:
- La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a fin de posibilitar las modificaciones técnicas y administrativas en la planeación y ejercicio del gasto público para la aplicación de la perspectiva de género
- La Ley de Educación, requiere la modificación que permita introducir a todo el sistema educativo la perspectiva de género
- La Ley Federal de Trabajo, para eliminar la discriminación, desventajas y todas las situaciones que vulneran los derechos de las mujeres en el ámbito laboral. Hay que mencionar que la Dip. Marcela Lagrade hizo una propuesta de modificación a esta ley con perspectiva de género en la LIX Legislatura.
- La Ley Federal de Radio y Televisión, para que se evite la difusión de imágenes sexistas que denigran a las mujeres y las hacen aparecer como objetos sexuales
- La Ley Federal Agraria que se aprobó en lo general en la LIX Legislatura no contempla la perspectiva de género, por lo que es importante que en la discusión, se presenten reservas para mejorar la condición y posición de las mujeres en relación con la propiedad de la tierra y a su mayor participación en los órganos del ejido y las comunidades.
3. En el poder Judicial________________________
Como ya se comentó, resulta urgente una reforma a este poder para incorporar criterios de equidad de género en todos los procesos judiciales. La procuración de la justicia debe ser “pronta y expedita” y sin ningún prejuicio y discriminación de clase, raza, género, etnia, edad o preferencia sexual, como ocurre y lo muestran muchos ejemplos registrados por organismos y organizaciones de derechos humanos.
La capacitación a todas las personas que intervienen en la impartición de justicia es necesaria para evitar violaciones a los derechos humanos que se presentan por negligencia, omisión, trabas burocráticas, corrupción, prejuicios y discriminación.
Referencias____________________________________
Comunicación e Información de la Mujer (CIMAC), notas periodísticas varias.
Congreso Nacional de Mujeres, “Hacia la Reforma del Estado con Equidad de Género” (2000), México, (MIMEO).
Falú, A (2003). Guía para la formulación y ejecución de políticas municipales dirigidas a mujeres., Quito: PNUD,.
Lagarde, M. (1996). Género y Feminismo – Desarrollo Humano y Democracia. Cuadernos Inacabados, España: Las horas y las horas
Lamas, M. (comp.) (1996). El género: la construcción cultural de la diferencia sexual. México: Porrúa y Programa Universitario de Estudios de Género/unam,.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales – Instituto de la Mujer (1999). Mainstreaming de Género. Marco conceptual, metodología y presentación de “buenas prácticas”, Madrid, España.
Scott, J. (1996) El género una categoría útil para el análisis histórico, en M. Lamas (comp.). El género: la construcción cultural de la diferencia sexual. México: Porrúa y Programa Universitario de Estudios de Género/unam. |
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