Relativo al trámite de las iniciativas con
proyecto de decreto, así como a las
proposiciones con punto de acuerdo
registradas en el orden del día y las
turnadas a comisiones durante la LX
Legislatura.
Resolutivos:
PRIMERO.-
Se solicita a la Mesa Directiva de la Cámara
de Diputados, a través su Presidencia, de
conformidad con las atribuciones que le
confiere el artículo 23, numeral 1, inciso
f), de la Ley Orgánica del Congreso General
de los Estados Unidos Mexicanos, que turne a
las comisiones correspondientes todas las
iniciativas con proyecto de ley o decreto
registradas en el orden del día que no
alcancen a ser desahogadas en el actual
segundo periodo ordinario de sesiones del
tercer año de ejercicio de la LX
Legislatura.
Asimismo, la Presidencia de la Mesa
Directiva publicará en la Gaceta
Parlamentaria una relación en la que se
señale el turno que se dictó a cada
iniciativa con proyecto de ley o decreto.
SEGUNDO.-
La diputada o el diputado que tenga interés
en retirar su iniciativa con proyecto de ley
o decreto, y siempre que no se le dé
trámite, contará con un plazo de hasta siete
días hábiles, a partir de la fecha de la
sesión de clausura del presente periodo de
sesiones, y deberá solicitarlo por escrito a
la Presidencia de la Mesa Directiva.
TERCERO.-
Para las solicitudes de cambio o ampliación
de turno, el plazo que señala la fracción I
del artículo primero del acuerdo por el que
se norman los trámites de cambio o
ampliación de turnos de iniciativas o de
proposiciones con punto de acuerdo
presentadas en las sesiones plenarias, de
fecha 21 de junio de 2005, surtirá efectos a
partir de la publicación de la lista de
referencia.
CUARTO.-
Las proposiciones con punto de acuerdo
registradas en el orden del día que no
alcancen a ser desahogadas en el actual
periodo de sesiones serán devueltas a los
grupos parlamentarios correspondientes, a
efecto de que se actualicen y, en su caso,
se decida presentarlas ante la Comisión
Permanente.
QUINTO.-
En el caso de las proposiciones con punto de
acuerdo turnadas comisiones a lo largo de la
LX Legislatura y que se encuentren
pendientes de dictamen o de resolución, cada
órgano legislativo deberá notificar
formalmente a la Presidencia de la Mesa
Directiva, a más tardar el 30 de julio del
presente año, cuáles son de su interés para
mantenerse vigentes para su análisis y
dictamen.
Los expedientes restantes serán devueltos a
la Presidencia de la Mesa Directiva y
conservados por la Secretaría General para
efectos de su archivo, custodia y ulterior
trámite o archivo definitivo.
En el caso de las proposiciones con punto de
acuerdo turnadas a comisiones unidas, será
la comisión que encabece el turno quién
tenga la facultad de pronunciarse sobre el
particular.
SEXTO.-
El presente acuerdo entrará en vigor a
partir de su aprobación por el Pleno de la
Cámara de Diputados. Publíquese en la Gaceta
Parlamentaria. |