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Comisión de Justicia
Publicación en GP: Anexo XX.
30 de abril de 2009. |
Que expide la Ley
Federal de Extinción de Dominio,
Reglamentaria del artículo 22 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y reforma y adiciona la Ley de
Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y
107 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa remitida por el Ejecutivo Federal
a la Cámara de Senadores el 23 de septiembre
de 2008.
Iniciativa presentada por el Sen. Tomás
Torres Mercado (PRD) el 9 de octubre de
2008.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 2 de abril de 2009.
Proyecto de decreto aprobado por 88 votos.
Se turnó a la Cámara de Diputados, para
efectos de lo dispuesto en el inciso a)
del artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 14 de abril de 2009.
Dictamen de Primera Lectura con Dispensa de
Trámites presentado el 23 de abril de 2009,
Proyecto de decreto aprobado por 299 votos,
9 en contra y 8 abstenciones. Se turnó la
Cámara de Senadores para los efectos del
inciso e) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida en la Cámara de Senadores el
28 de abril de 2009.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 30 de abril de 2009.
Proyecto de decreto aprobado por 86 votos.
Se turnó la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso e) del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 30 de abril de 2009.
Propuesta:
Reglamentar el segundo párrafo del artículo
22 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de
extinción de dominio de bienes relacionados
o vinculados con algún tipo de delito en
favor del Estado. Establecer las etapas
procedimentales que habrán de seguirse para
estos casos, la actuación de las autoridades
competentes, los efectos de la resolución
que se emita y los medios para la
intervención de terceros que se consideren
afectados por la misma. De igual forma, lo
relativo a los supuestos conforme a los
cuales se podrá ejercitar la acción de
extinción de dominio, así como definir en
que casos se aplicará de manera supletoria
lo establecido en diversas normas y los
medios de impugnación. Crear un fideicomiso
público a cargo de la Procuraduría General
de la República, definiendo su objeto,
alcances y el procedimiento para que las
victimas u ofendidos puedan obtener los
recursos de dicho fondo. Asimismo,
establecer la manera en que habrá de
procederse cuando los bienes se encuentren
en el extranjero o sujetos a la jurisdicción
de un estado extranjero. |
a)
En votación económica se le dispensó
la Segunda Lectura.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 318 votos, 2 en
contra y 12 abstenciones.
c)
Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos
constitucionales. |
2 |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito
Público
y de Fomento Cooperativo y Economía Socia
Publicación en GP: Anexo III.
30 de abril de 2009. |
Que expide la Ley para
Regular las Actividades de las Sociedades
Cooperativas de Ahorro y Préstamo y se
reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley General de
Sociedades Cooperativas, de la Ley de Ahorro
y Crédito Popular, de la Ley de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley
de Instituciones de Crédito.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por la Sen. Rosalía Peredo Aguilar
(PAN) el 27 de marzo de 2007.
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por los Sens. Antonio Mejía Haro (PRD),
Dante Delgado Rannauro (Convergencia),
Yeidckol Polevnsky Gurwitz (PRD), Silvano
Aureoles Conejo y Rubén Fernando Velásquez
López (PRD), el 13 de noviembre de 2008.
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por los Sens. Jorge Andrés Ocejo
Moreno, Humberto Andrade Quezada, José
Isabel Trejo Reyes, Martha Leticia Sosa
Govea y Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN)
el 25 de noviembre de 2008.
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por los Sens. Francisco Arroyo
Vieyra, Adolfo Toledo Infanzón, Carlos
Lozano de la Torre, Jesús María Ramón
Valdés, Raúl José Mejía González, María
Elena Orantes López (PRI), Antonio Mejía
Haro, Silvano Aureoles Conejo, Minerva
Hernández Ramos (PRD y Ricardo Monreal Ávila
(PT) el 11 de marzo de 2009.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 14
de abril de 2009.
Dictamen a Discusión presentado el 15 de
abril de 2009. Proyecto de decreto aprobado
por 85 votos y 1 en contra. Se turno a la
Cámara de Diputados para los efectos del
inciso a) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 16 de abril de 2009.
Propuesta:
Incorporar a las sociedades cooperativas de
ahorro y préstamo al sistema financiero
mexicano, reconociendo que forman parte del
sector social de la economía sin ánimo
especulativo, con un régimen jurídico y
fiscal distinto del que por su propia
naturaleza corresponde para las entidades
financieras que integran los sectores
privado y público. Regular el servicio de
captación de fondos y recursos monetarios y
su colocación mediante préstamos, créditos u
otras operaciones, por parte de las
sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
con sus socios; así como promover y
facilitar las actividades y operaciones de
las sociedades cooperativas de ahorro y
préstamo, con el propósito de lograr su sano
y equilibrado desarrollo; proteger los
intereses de los socios ahorradores y del
público en general en relación a las
operaciones que realicen con las sociedades
cooperativas de ahorro y préstamo. Asimismo,
dotar al Estado con facultades de
supervisión, regulación y sanción, en
relación a las sociedades cooperativas de
ahorro y préstamo.
Intervenciones:
Para razonar su voto:
Dip. Ruth Zavaleta Salgado (PRD) |
Dip. Patricia Castillo Romero (Convergencia) |
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a) En
votación económica se le dispensó la
Segunda Lectura.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 300 votos, 8 en
contra y 6 abstenciones.
c) Pasa
al Ejecutivo Federal para sus efectos
constitucionales. |