DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIÓN

a) De la Mesa Directiva.

2. OFICIOS

a) De la Agencia de Noticias del Estado de México.

b) De la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

3. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

4. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

5. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De licencia.

6. PROPOSICIONES DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

b) De la Mesa Directiva.

7. MINUTAS

a) Con proyecto de decreto.

8. INICIATIVAS

9. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

c) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoración.

d) De permisos constitucionales. Para prestar servicios.

10. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

c) Con puntos de acuerdo.

11. DICTÁMENES NEGATIVOS

a) De iniciativas.

b) De minutas.

12. PROTESTAS DE LEY

13. EXCITATIVAS

a) Para dictaminar iniciativas.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 27, de Abril 28, 2009.

 

                8. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN *

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo I. 28 de abril de 2009.

Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y del Distrito Federal

Facultar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para legislar en materia de seguridad pública.

2

Que adiciona una fracción VIII al artículo 4 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y adiciona una fracción XXIX al artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo X. 28 de abril de 2009.

Sens.

Gerardo Montenegro Ibarra y Jorge Mendoza Garza

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Exentar del pago del Impuesto Empresarial a Tasa Única y del Impuesto Sobre la Renta, los ingresos generados por los autores personas físicas que hayan creado alguna obra literaria o artística. Asimismo, establecer una clasificación por ramas, sobre las obras artísticas que serán reconocidas como tales, a efecto de que sus autores puedan acceder a este beneficio fiscal.

3

Que reforma los artículos 14 y 16 de la Ley de Planeación.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Dip.

Ramón Landeros González

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales, se deberá tomar en cuenta los planteamientos y opiniones que formulen los municipios.

4

Que expide la Ley de Emergencia para el Desempleo para 2009.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Diputados del Grupo Parlamentario del PRI

Comisión de  Trabajo y Previsión Social con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer el supuesto conforme al cual, quedarán exentos durante el año 2009 del pago del Impuesto Sobre la Renta, los ingresos que obtengan las personas que han estado sujetas a una relación laboral en el momento de su separación, por concepto de primas de antigüedad, retiro, indemnizaciones u otros pagos, así como los obtenidos con cargo a la subcuenta del seguro de retiro o a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y los que obtengan los trabajadores con cargo a la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro, prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

5

Que reforma los artículos 35 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, 37 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, 1 de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y 33 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Dip.

Pascual Bellizzia Rosique

(PVEM)

Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, de Defensa Nacional, de Economía y de Educación Pública y Servicios Educativos

Prohibir la producción, venta, publicidad y comercialización de cualquier tipo de imitaciones o réplicas de armas, con la finalidad de ser usadas para fines de juego o entretenimiento. Asimismo, que para coadyuvar al logro de dicho objetivo, las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias deberán implementar programas de educación para la paz.

6

Que. adiciona el artículo 5 Bis a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Dip.

Silvia Luna Rodríguez

(Nueva Alianza)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que se requerirá autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para la constitución y operación de establecimientos comerciales que tengan por objeto otorgar microcréditos, créditos o créditos prendarios.

7

Que reforma los artículos 6 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y expide la Ley General para la Protección del Derecho a la Intimidad, el Honor y la Imagen Propia.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Dip.

Aída Marina Arvizu Rivas

(Alternativa)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer el derecho fundamental de toda persona a la protección de su intimidad, el honor y la imagen propia. Crear un ordenamiento legal aplicable en toda la república, que regule y salvaguarde este derecho, el cual tendrá como principales objetivos: definir los supuestos que integrarán el derecho a la intimidad, los sujetos obligados a su cumplimiento, así como estipular que todo interesado podrá conocer y acceder libremente a la información sobre si mismo, que se encuentre en ficheros, bancos de datos o cualquier archivo de entidades públicas. Asimismo, establecer su derecho a rectificar de manera objetiva y veraz, la información sobre él ó en su caso, cancelar u oponerse a la información relativa a este.

8

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Dip.

 Carlos Alberto García González

(PAN)

Comisión de Economía

Crear la Agencia para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa la cual sustituirá las facultades que tiene la Secretaría de Economía en dicha materia.

9

Para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la Leyenda “A las Precursoras del sufragio femenino”.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Dips.

Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez y Aída Marina Arvizu Rivas

(Alternativa)

Comisión de Régimen Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda “A las Precursoras del sufragio femenino”.

10

Que reforma los artículos 159 de la Ley General de Salud y 2 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Dip.

Armando García Méndez

(Alternativa)

Comisiones Unidas de Salud y de Atención a Grupos Vulnerables

Incluir dentro del ejercicio de la acción de prevención y control de las enfermedades no transmisibles los síndromes de Down, de Alzheimer y análogos y trastornos como el mal de Parkinson, el autismo y otros padecimientos similares.

11

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Comisión de Justicia

Considerar dentro del orden penal federal, el delito de corrupción de menores. Asimismo, tipificar como delito la “operación Ilegal de centros de recreación para mayores de edad”, estableciendo las conductas que habrán de considerarse como constitutivas del mismo e incorporar dicho delito, dentro del marco penal federal.

12

Que reforma los artículos 89 y 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Comisión de Puntos Constitucionales

Facultar al Ejecutivo Federal para prohibir las importaciones, o aumentar las cuotas compensatorias, a las importaciones de mercancías de cualquier clase, cuando conste o sea reconocido por los organismos internacionales que se violan los derechos humanos de las personas que los elaboren.

13

Que reforma los artículos 96 y 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Comisión de Puntos Constitucionales

Modificar el procedimiento que habrá de seguirse para la elección de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como precisar que dicho procedimiento también será aplicado para las elecciones de los magistrados electorales que integren, tanto la sala superior, como las salas regionales.

14

Que reforma el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo XII. 28 de abril de 2009.

Dip.

Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez

(Alternativa)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer el derecho fundamental de toda persona a gozar de un beneficio monetario denominado “ingreso mínimo ciudadano universal“, definiendo su objeto y alcance. Que corresponderá al Estado el otorgamiento de dicho beneficio, así como precisar que este será un derecho exigible, permanente, no condicionado y universal, el cual solo podrá ser suspendido, reducido o negado por la pérdida de la nacionalidad mexicana, o por haber sido condenado por delito que amerite pena privativa de libertad.

15

Que reforma el artículo 208 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo II. 18 de marzo de 2009.

Dip.

Rosario Ortíz Magallón

(PRD)

Comisión de Gobernación

Eliminar la disposición que establece que todo el personal del Instituto Federal Electoral, será considerado de confianza. Asimismo, precisar en que casos serán considerados como personal de confianza o trabajadores de base.

16

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo X. 15 de abril de 2009.

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

Incluir un Titulo Quinto denominado “Trabajo de las Mujeres”, a fin de establecer diversas medidas que aseguren la igualdad sustantiva o de hecho entre trabajadores y trabajadoras frente al patrón, así como para erradicar los obstáculos que impidan o dificulten la igualdad jurídica o formal, que garanticen el pleno ejercicio y goce de los derechos laborales de las mujeres. Definir los lineamientos que deberán observarse para la contratación de mujeres y las condiciones laborales que deberán preverse para estas. Asimismo, incluir los supuestos que habrán de considerarse como  violencia contra las trabajadoras, su penalidad, el procedimiento que habrá de seguirse en estos casos, así como las facultades que tendrán en la materia las autoridades laborales.

* Sin intervención en tribuna.

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