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										Comisiones Unidas de Energía y de Medio 
										Ambiente y Recursos Naturales 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo IV 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Por el que se 
										exhorta a la Secretaría de Energía y a 
										la SEMARNAT, fijar en la 
										NOM-017-ENER/SCFI-2008 los límites 
										máximos permisibles de contenido de 
										mercurio de las lámparas fluorescentes 
										compactas que se comercializan en el 
										país. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Proposición presentada por la Dip. 
										Augusta Valentina Díaz de Rivera 
										Hernández (PAN) el 6 de septiembre de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Acuerdo: 
										
										
										PRIMERO.- 
										Se exhorta al Ejecutivo federal para 
										que, por conducto de las dependencias e 
										instancias correspondientes, se incluya 
										en normas oficiales (NOM) los límites 
										máximos permisibles del contenido de 
										mercurio en las lámparas fluorescentes 
										compactas que se comercializan en 
										territorio nacional acorde con los 
										estándares internacionales en la materia 
										así como para proporcionar al consumidor 
										la información homologada que deban 
										contener los empaques de las referidas 
										lámparas sobre su manejo y disposición 
										final. 
										
										
										SEGUNDO.- 
										Se exhorta al Ejecutivo federal para que 
										por conducto de las dependencias e 
										instancias correspondientes se 
										implementen las medidas necesarias para 
										que los empaques de las lámparas 
										fluorescentes compactas que se 
										comercializan en el país, cuenten con la 
										información homologada de las referidas 
										lámparas sobre su manejo y disposición 
										final. | 
										
										
										a) Aprobados 
										en votación económica. 
										
										
										b) Comuníquense. | 
									
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										2 | 
										
										
										Comisión de Equidad y Género 
										
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo IV 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Por el que exhorta 
										al Ejecutivo Federal, a través de la 
										Secretaría del Trabajo y Previsión 
										Social y de la Secretaría de Educación 
										Pública, para que incorpore la 
										perspectiva de Género en el diseño, 
										organización e implementación de los 
										Programas de Capacitación para el 
										empleo. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Proposición presentada por la Dip. 
										Lucila del Carmen Gallegos Camarena 
										(PAN) el 13 de octubre de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Acuerdo: 
										
										
										ÚNICO.- 
										Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo 
										federal, a través de las Secretarías del 
										Trabajo y Previsión Social y de de 
										Educación Pública, y en cumplimiento de 
										los ordenamientos aplicables y en el 
										ámbito de sus respectivas competencias, 
										a incorporar la perspectiva de género en 
										el diseño, la organización y la 
										implantación de los programas de 
										capacitación, certificación y 
										equipamiento para y en el empleo, a fin 
										de alcanzar la igualdad de 
										oportunidades. |