| 
											
											
											No. | 
											
											
											ORIGEN | 
											
											
											DICTAMEN | 
											
											
											TRÁMITE | 
									
									
										| 
										
										
										1 | 
										
										
										Comisión de Ambiente y Recursos 
										Naturales 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que adiciona una 
										fracción XIII al artículo 96 de la Ley 
										General para la Prevención y Gestión 
										Integral de los Residuos. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. 
										Francisco Javier Orduño Valdez (PAN) el 
										22 de septiembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 1 
										de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Incluir como parte de las acciones que 
										deberán llevar a cabo las entidades 
										federativas y los municipios, 
										identificar los requerimientos y 
										promover la inversión para el desarrollo 
										de infraestructura y equipamiento, a fin 
										de garantizar el manejo integral de los 
										residuos. 
										
										
										  
										
										
										Nota: 
										desde su curul el Dip. Francisco Javier 
										Orduño Valdez (PAN) realizó comentarios 
										alusivos al dictamen. | 
										
										
										a) Sometido a discusión el 1 de 
										diciembre de 2011. 
										
										
										b Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal por 304 votos en 
										pro, 8 en contra y 2 abstenciones. 
										
										
										c) Pasa a la Cámara de
										Senadores para efectos 
										constitucionales. | 
									
										| 
										
										
										2 | 
										
										
										Comisión de Ambiente y Recursos 
										Naturales 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de la 
										Ley General de Vida Silvestre, para 
										fortalecer el Sistema de Unidades para 
										el Manejo y Conservación de la Vida 
										Silvestre. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por la Dip. Ninfa 
										Clara Salinas Sada (PVEM) y suscrita por 
										integrantes de la Comisión de Medio 
										Ambiente y Recursos Naturales, el 8 de 
										noviembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 1 
										de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Facultar a la Secretaría de Medio 
										Ambiente y Recursos Naturales, a través 
										del Instituto Nacional de Ecología, de 
										la Comisión Nacional para el 
										Conocimiento y Uso de la Biodiversidad y 
										la Comisión Nacional de Áreas Naturales 
										Protegidas para llevar a cabo los 
										estudios poblacionales necesarios para 
										determinar las tasas de aprovechamiento 
										de los ejemplares de vida silvestre, 
										para lo cual podrá concertar acuerdos 
										con instituciones científicas y de 
										estudios superiores mexicanas y 
										extranjeras. Prever que todos los 
										predios o instalaciones que manejen vida 
										silvestre de forma confinada, fuera de 
										su hábitat natural, aun las que no 
										tengan como fin la recuperación de 
										especies, deberán cumplir con el 
										procedimiento de registro y presentar 
										sus planes de manejo a la autoridad 
										cuando se trate de especies en peligro 
										de extinción o amenazadas. Establecer 
										los casos en que se podrá negar la 
										autorización para registrar los predios 
										como unidades de manejo para la 
										conservación de vida silvestre, el 
										desarrollo de las actividades o incluso, 
										revocar el registro. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en contra: 
										
										
										Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: 
										
										
										Dip. Alejandro Carabias Icaza (PVEM) 
										
										
										Dip. César Francisco Burelo Burelo (PRD) 
										
										
										Dip. Jesús Giles Sánchez (PAN) | 
										
										
										a) Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal por 343 votos en 
										pro y 4 abstenciones. 
										
										
										b) Pasa a la Cámara de
										Senadores para efectos 
										constitucionales. | 
									
										| 
										
										
										3 | 
										
										
										Comisión de Ambiente y Recursos 
										Naturales 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que reforma 
										diversas disposiciones de la Ley General 
										del Equilibrio Ecológico y la Protección 
										al Ambiente y de la Ley General de 
										Desarrollo Forestal Sustentable, en 
										materia de servicios ambientales. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. José 
										Ignacio Pichardo Lechuga (PRI) el 10 de 
										noviembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 1 
										de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Definir “Servicios ambientales”, para 
										efectos de la Ley General del Equilibrio 
										Ecológico y la Protección al Ambiente.  
										Definir Deforestación”, “Degradación” 
										para efectos de la Ley General de 
										Desarrollo Forestal Sustentable. 
										
										
										Los propietarios y legítimos poseedores 
										de terrenos forestales que, como 
										resultado de un manejo forestal 
										sustentable, conserven y/o mejoren los 
										servicios ambientales, recibirán los 
										beneficios económicos derivados de 
										éstos. 
										
										
										Los instrumentos legales y de política 
										ambiental para regular y fomentar la 
										conservación y mejora de los servicios 
										ambientales, deben garantizar el respeto 
										a las salvaguardas reconocidas por el 
										derecho internacional. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: 
										
										
										Dip. María Araceli Vázquez Camacho (PRD) 
										
										
										Dip. Augusta Valentina Díaz de Rivera 
										Hernández (PAN) | 
										
										
										a) Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal por 328 votos en 
										pro y 3 abstenciones. 
										
										
										b) Pasa a la Cámara de
										Senadores para efectos 
										constitucionales. | 
									
										| 
										
										
										4 | 
										
										
										Comisión de Ambiente y Recursos 
										Naturales 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de la 
										Ley General para la Prevención y Gestión 
										Integral de los Residuos, en materia de 
										residuos electrónicos. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por los Dips. 
										Rodrigo Pérez-Alonso González (PVEM) y 
										Agustín Torres Ibarrola (PAN) 29 de 
										abril de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa suscrita por los Dips. 
										Rodrigo Pérez-Alonso González (PVEM) y 
										Agustín Torres Ibarrola (PAN) 31 de 
										marzo de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Alfonso 
										Primitivo Ríos Vázquez (PT) el 13 de 
										octubre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 1 
										de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Definir “residuos electrónicos” para los 
										efectos de esta ley. 
										
										
										Incluir en las facultades de la 
										Federación el expedir normas oficiales 
										mexicanas y disposiciones jurídicas para 
										regular el manejo de los residuos 
										electrónicos y registrar planes de 
										manejo para los mismos. Especificar lo 
										que deben contener dichos planes. 
										
										
										Incluir en las facultades de las 
										Entidades Federativas el autorizar y 
										llevar control de las instalaciones para 
										el manejo de los residuos electrónicos. 
										
										
										Los residuos electrónicos, con excepción 
										de los peligrosos, se sujetarán a planes 
										de manejo de aplicación nacional, que se 
										presentarán a la Secretaría de Medio 
										Ambiente y Recursos Naturales para su 
										registro y a las entidades federativas 
										para su conocimiento. 
										
										
										Incluir a los residuos electrónicos como 
										residuos de manejo especial, 
										especificando cuáles son. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en contra: 
										
										
										Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: 
										
										
										Dip. Alejandro Carabias Icaza (PVEM) 
										
										
										Dip. María Araceli Vázquez Camacho (PRD) 
										
										
										Dip. Francisco Javier Orduño Valdez 
										(PAN) | 
										
										
										a) Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal por 337 votos en 
										pro y 4 abstenciones. 
										
										
										b) Pasa a la Cámara de
										Senadores para efectos 
										constitucionales. | 
									
										| 
										
										
										5 | 
										
										
										Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que adiciona los 
										artículos 2, 23, 27, 28, 41, 58, 85, 107 
										y 111, y reforma el artículo 110 de la 
										Ley Federal de Presupuesto y 
										Responsabilidad Hacendaria. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Luis 
										Videgaray Caso (PRI), a nombre propio y 
										por diputados de diversos Grupos 
										Parlamentarios, el 3 de marzo de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad presentada el 
										23 de marzo de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 31 de 
										marzo de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 363 votos en pro y 1 
										abstención. Pasa a la Cámara de 
										Senadores para los efectos del Apartado 
										A) del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida en la Cámara de 
										Senadores el 5 de abril de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura con dispensa 
										de trámites, presentado el 27 de octubre 
										de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
										por 72 votos en pro, 3 en contra y 1 
										abstención. Pasa a la Cámara de 
										Diputados para los efectos del Apartado 
										E) del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 8 de noviembre de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 1 
										de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Definir una metodología de mediano 
										plazo, para determinar cuotas y 
										porcentajes a utilizarse en la 
										integración de los anexos 
										“transversales” en el Presupuesto de 
										Egresos de la Federación, vinculados con 
										la Igualdad entre Mujeres y Hombres, el 
										Desarrollo Integral de los Pueblos 
										Indígenas y Comunidades Indígenas, 
										Desarrollo de los Jóvenes, el Programa 
										Especial Concurrente para el Desarrollo 
										Rural Sustentable, la Ciencia Tecnología 
										e Innovación, la Transición Energética, 
										el Aprovechamiento Sustentable de la 
										Energía y la Atención a Grupos 
										Vulnerables. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Por la Comisión: 
										
										
										Dip. Jesús Alfonso Navarrete Prida 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: 
										
										
										Dip. Ovidio Cortazar Ramos (PAN) 
										
										
										Dip. Teresa del Carmen Incháustegui 
										Romero (PRD) 
										
										
										Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) | 
										
										
										a) Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal por 344 votos en 
										pro y 2 abstenciones. 
										
										
										b) Pasa al Ejecutivo  para 
										efectos constitucionales. | 
									
										| 
										
										
										6 | 
										
										
										Comisión de Justicia 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que reforma los 
										artículos 6, 14, 74, 76 bis y 120 de la 
										Ley de Amparo, Reglamentaria de los 
										Artículos 103 y 107 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por el Dip. Pedro 
										Vázquez González (PT) el 4 de noviembre 
										de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 1 
										de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Permitir que cualquier persona con 
										capacidad legal pueda solicitar amparo a 
										favor de los menores de edad y de los 
										incapacitados, si nadie más lo hace. 
										Cuando un menor de edad alcance la 
										mayoría de edad durante un juicio de 
										amparo podrá decidir el continuarlo el 
										mismo o por medio de su representante. 
										
										
										Quien solicite amparo a favor de un 
										menor de edad o incapaz, podrá 
										desistirse de la tramitación del juicio 
										de amparo si no afecta sus derechos. 
										
										
										No procederá el sobreseimiento en los 
										juicios en los que intervenga un menor 
										de edad o un incapaz, por inactividad 
										procesal o caducidad de la instancia. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Por la Comisión: 
										
										
										Dip. Pedro Vázquez González 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: 
										
										
										Dip. Víctor Humberto Benítez Treviño 
										(PRI) 
										
										
										Dip. Sonia Mendoza Díaz (PAN) 
										
										
										Dip. Israel Madrigal Ceja (PRD) | 
										
										
										a) Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal por 316 votos en 
										pro y 1 abstención. 
										
										
										b) Pasa a la Cámara de
										Senadores para efectos 
										constitucionales. | 
									
										| 
										
										
										7 | 
										
										
										Comisión de Economía 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que reforma, 
										adiciona y deroga diversas disposiciones 
										de la Ley General de Sociedades 
										Mercantiles. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por los Sens. Juan 
										Bueno Torio, Rubén Camarillo Ortega y 
										Ramón Muñoz Gutiérrez (PAN) el 26 de 
										marzo de 2009. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa suscrita por los Sens. Jorge 
										Andrés Ocejo Moreno y Juan Bueno Torio 
										(PAN) el 3 de diciembre de 2009. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura con Dispensa 
										de Segunda presentado el 8 de febrero de 
										2010. Proyecto de decreto aprobado por 
										102 votos. Se turnó a la Cámara de 
										Diputados para los efectos del Apartado 
										A) del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. 
										
										
										Minuta recibida el 10 de febrero de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 18 
										de octubre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Definir el concepto de Empresas 
										Unipersonales de carácter mercantil, 
										como aquella de responsabilidad limitada 
										o anónima, en cuyo capital participa un 
										solo socio. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Por la Comisión: 
										
										
										Dip. Ildefonso Guajardo Villarreal * 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en contra: 
										
										
										Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: 
										
										
										Dip. Sergio Gama Dufour (PAN) 
										
										
										  
										
										
										Propuso modificaciones a nombre de la 
										Comisión. | 
										
										
										a) En votación económica 
										se aceptaron las modificaciones 
										propuestas por el Dip. Guajardo 
										Villarreal a nombre de la Comisión. 
										
										
										b) Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal por 307 votos en 
										pro, 14 en contra y 5 abstenciones. 
										
										
										c) 
										
										Devuélvase a la 
										Cámara de Senadores 
										para los 
										efectos del Apartado E) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. | 
									
										| 
										
										
										8 | 
										
										
										Comisión de Justicia 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que adiciona el 
										Artículo 225 Bis al Código Penal 
										Federal. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. J. 
										Eduardo Yáñez Montaño (PRI) el 4 de 
										octubre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 23 
										de noviembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Sancionar al servidor público del 
										sistema de procuración e impartición de 
										justicia que por culpa o negligencia 
										ejecute actos o incurra en omisiones y 
										que por ello se retenga a una o más 
										personas o se instruya a un proceso 
										penal que concluya en una sentencia 
										definitiva que absuelva al procesado, 
										con pena de prisión de 2 a 4 años y 
										multa de 2 mil a 4 mil días de salario, 
										que serán entregados al sentenciado.  
										Cuando la conducta sea dolosa, además de 
										la sanción pecuniaria señalada, la 
										prisión será de cuatro a diez años. En 
										este delito, además de las penas de 
										prisión y multa previstas, el servidor 
										público será destituido e inhabilitado 
										de 3 a 10 años para desempeñar otro 
										empleo, cargo o comisión públicos; 
										delito que será perseguible sólo por 
										querella de la parte ofendida. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Por la Comisión: 
										
										
										Dip. J. Eduardo Yáñez Montaño 
										
										
										  
										
										Para 
										fijar postura de 
										su 
										Grupo Parlamentario: 
										
										
										Dip. Pedro Vázquez González (PT) 
										
										
										Dip. Juanita Arcelia Cruz Cruz (PRD) 
										
										
										Dip. Leonardo Arturo Guillén Medina 
										(PAN) 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: Dip. Jaime 
										Fernando Cárdenas Gracia (PT) | 
										
										
										a) Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal por 254 votos en 
										pro y 2 abstenciones. 
										
										
										b) Pasa a la Cámara de
										Senadores para efectos 
										constitucionales. | 
									
										| 
										
										
										9 | 
										
										
										Comisión de Desarrollo Rural 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que adiciona el 
										párrafo cuarto al artículo 25 de la Ley 
										de Desarrollo Rural Sustentable. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por el Dip. Carlos 
										Ernesto Navarro López (PRD) el 13 de 
										junio de 2007. (LX Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 9 de diciembre de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2010. Proyecto de decreto 
										aprobado por 370 votos. Pasa a la Cámara 
										de Senadores para los efectos del 
										Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida en la Cámara de 
										Senadores el 1 de febrero de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 4 de octubre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 6 de 
										octubre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 82 votos. Pasa a la Cámara 
										de Diputados para los efectos del 
										Apartado E) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 11 de octubre de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 29 
										de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Obligar a los representantes de las 
										organizaciones sociales y privadas de 
										carácter económico y social del sector 
										rural que integran las consejos 
										estatales, distritales y municipales a 
										estar debidamente acreditados en los 
										términos de la normatividad aplicable. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: 
										
										
										Dip. Edgardo Chaire Chavero (PAN) 
										
										
										Dip. 
										
										Federico Ovalle Vaquera (PRD) | 
										
										
										a) Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal por 263 votos en 
										pro y 4 abstenciones. 
										
										
										b) Pasa al Ejecutivo para 
										efectos constitucionales. | 
									
										| 
										
										
										10 | 
										
										
										Comisión de Seguridad Pública 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que adiciona las 
										fracciones IX y X al Artículo 57 de la 
										Ley de Seguridad Nacional. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Juan 
										José Guerra Abud (PVEM) el 17 de agosto 
										de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 24 
										de noviembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Facultar a la Comisión Bicamaral conocer 
										el proyecto del Programa para la 
										Seguridad Nacional y emitir opinión al 
										respecto; conocer los acuerdos 
										interinstitucionales de cooperación 
										internacional que suscriba el Ejecutivo 
										Federal en las materias que sean del 
										ámbito de competencia de la Comisión, a 
										efecto de verificar su estricto apego a 
										las leyes nacionales. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en contra: 
										
										
										Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: 
										
										
										Dip. Juan José Guerra Abud (PVEM) 
										
										
										Dip. Liev Vladimir Ramos Cárdenas (PAN) 
										
										
										Dip. Ma. de Jesús Aguirre Maldonado 
										(PRI) 
										
										
										  
										
										
										Para presentar modificación a la 
										fracción IX artículo 57: 
										
										
										Dip. Teresa del Carmen Incháustegui 
										Romero (PRD) | 
										
										
										a) En votación económica 
										se desechó la propuesta de la Dip. 
										Incháustegui Romero. 
										
										
										b) Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal por 236 votos en 
										pro, 35 en contra y 4 abstenciones, en 
										los términos del dictamen. 
										
										
										c) Pasa a la Cámara de
										Senadores para efectos 
										constitucionales. | 
									
										| 
										
										
										11 | 
										
										
										Comisión de Defensa Nacional 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										6 de diciembre de 2011. | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona los artículos 26 y 31 de la Ley 
										Federal de Armas de Fuego y Explosivos. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por la Dip. Marcela 
										Guerra Castillo (PRI) el 14 de octubre 
										de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. 
										Juanita Arcelia Cruz Cruz (PRD), a 
										nombre propio y de la Dip. María Araceli 
										Vázquez Camacho (PRD), el 11 de mayo de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 24 
										de noviembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Modificar uno de los requisitos para 
										expedir licencias a particulares para la 
										portación de armas de “No haber sido 
										condenado por delito cometido con el 
										empleo de armas” a “No haber sido 
										sentenciado por delito doloso, o culposo 
										cometido con el empleo de armas”. 
										Asimismo, que para la expedición de esas 
										licencias, el interesado deberá cumplir 
										los requisitos de los reglamentos de la 
										ley o de la Secretaría de Defensa 
										Nacional. 
										
										
										Las licencias de portación de armas 
										podrán cancelarse, también en caso de 
										que sus poseedores sean sentenciados por 
										delito doloso o culposo cometido con el 
										empleo de armas. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Por la Comisión: 
										
										
										Dip. Lorena Corona Valdés 
										
										
										  
										
										
										Para fundamentar moción suspensiva: 
										
										
										Dip. Juan Enrique Ibarra Pedroza (PT). 
										
										
										  
										
										
										Nota: 
										La secretaría dio lectura a moción 
										suspensiva del Dip. Juan Enrique Ibarra 
										Pedroza (PT). | 
										
										
										a) Se presentó moción suspensiva 
										con fundamento en los artículos 114, 
										numeral 1, fracción IX y 122 del 
										Reglamento de la Cámara de Diputados. 
										
										
										b) El Dip. Rogelio Cerda Pérez, 
										Presidente de la Comisión de Defensa 
										Nacional apoyó la moción. 
										
										
										c) Se retiró el dictamen del 
										Orden del Día. |