Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de reforma
política.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Rafael Melgoza
Radillo (PRD) el 13 de octubre de 2005.
(LIX Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por la Sen. Minerva Hernández
Ramos (PRD) el 10 de octubre de 2006. (LX
Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Gabino Cué
Monteagudo (CONV) el 22 de noviembre de
2007. (LX Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por los Sens. Tomás Torres
Mercado (PRD), Rosalinda López Hernández
(PRD) y Ramón Galindo Noriega (PAN), el
11 de marzo de 2008. (LX Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Congreso del Estado de
Tlaxcala el 14 de mayo de 2008. (LX
Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por la Sen. Beatriz Zavala
Peniche (PAN) el 9 de julio de 2008. (LX
Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por la Sen. Lázara Nelly
González Aguilar (PAN) el 4 de noviembre
de 2008. (LX Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Luis Albertp
Coppola Joffroy (PRD) a nombre propio y
de diversos diputados de su Grupo
Parlamentario, el 24 de febrero de 2008.
(LX Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Congreso del Estado de
Michoacán el 17 de marzo de 2009. (LX
Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por la Sen. Martha Leticia
Sosa Govea (PAN) el 29 de octubre de
2009. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Silvano Aureoles
Conejo (PRD) el 19 de noviembre de 2009.
(LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Ejecutivo Federal el 15
de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Arturo Núñez
Jiménez (PRD), a nombre de legisladores
de los Grupos Parlamentarios del PRD,
del PT y de Convergencia, el 18 de
febrero de 2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Manlio Fabio
Beltrones Rivera (PRI), a nombre del
Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de
febrero de 2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Tomás Torres
Mercado (PRD) el 25 de febrero de 2010.
(LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Arturo Escobar y
Vega (PVEM), a nombre del Grupo
Parlamentario del PVEM, el 4 de marzo de
2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por la Sen. Claudia Sofía
Corichi García (PRD) el 22 de abril de
2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Luis Maldonado
Venegas (CONV) el 9 de junio de 2010.
(LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Sergio Álvarez
Mata (PAN) el 21 de septiembre de 2010.
(LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por los Sens. Manlio Fabio
Beltrones Rivera (PRI) y Raúl Mejía
González (PRI), el 11 de noviembre de
2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Raúl José Mejía
González (PRI) el 2 de diciembre de
2010. (LXI Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 26 de abril de 2011. (LXI
Legislatura)
Dictamen a Discusión presentado el 27 de
abril de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por 94 votos en pro, 5 en
contra y 8 abstenciones. Se remitió a la
Cámara de Diputados para los efectos del
Apartado A) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
Minuta recibida el 28 de abril de 2011
(LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer como derecho de los
ciudadanos solicitar el registro de
candidatos ante la autoridad electoral
así como su propio registro como
candidatos independientes. Tendrán
derecho a ser nombrados para cualquier
empleo o comisión en el servicio
público; tendrán prerrogativas para
iniciar leyes en los términos y con los
requisitos que señalen la Constitución y
la ley del Congreso; así como votar en
consultas populares sobre temas de
trascendencia nacional, éstas serán
convocadas por el Congreso de la Unión a
petición del Presidente de la República,
por el 33% de los integrantes del
Congreso de la Unión; o por las
ciudadanos en un número equivalente al
menos al 1% de los inscritos en la lista
nacional de electores. Si el resultado
de dicha consulta corresponda al menos
al 25% de la lista nominal de electores,
el resultado será vinculatorio para los
poderes Ejecutivo y Legislativo
Federales, y para las autoridades
competentes. No podrán ser objeto de
consulta popular la restricción a los
derechos humanos; los principios
consagrados en el artículo 40 de la
Constitución; la materia electoral; los
ingresos y gastos del Estado; la
seguridad nacional y la organización,
funcionamiento y disciplina de la Fuerza
Armada permanente. La Suprema Corte de
Justicia de la Nación resolverá, previa
convocatoria que realice el Congreso de
la Unión, sobre la constitucionalidad de
la materia de la consulta. Sólo se podrá
realizar una consulta popular por año y
no podrá coincidir con el desarrollo del
proceso electoral federal.
El día de apertura de cada periodo
ordinario de sesiones el Presidente de
la República podrá presentar hasta dos
iniciativas para trámite preferente, las
cuales deberán ser discutidas y votadas
por el Pleno de la Cámara de origen en
un plazo máximo de 30 días naturales.
Incorporar como facultad del Congreso
legislar sobre iniciativa ciudadana y
consulta popular. Incorporar como
facultades exclusivas del Senado
ratificar lo nombramientos de
embajadores, integrantes de órganos
colegiados encargados de la regulación
en materia de telecomunicaciones,
energía y competencia económica.
Establecer que cuando la convocatoria al
Congreso General sea para erigirse en
Colegio Electoral y designe presidente
interino o sustituto, la aprobación de
la convocatoria se hará por mayoría.
Establecer que en tanto el Congreso
realiza el nombramiento del presidente
interino o sustituto, el Secretario de
Gobernación asumirá la titularidad
provisional del Poder Ejecutivo.
Votos Particulares:
1.-
Diputados Corral Jurado Javier (PAN),
González Hernández Gustavo (PAN), Pérez
Reyes María Antonieta (PAN) y Hurtado
Leija Gregorio (PAN). Artículos 59, 115
y 116
2.-Diputado
Cárdenas Gracia Jaime Fernando (PT).
Artículos 35, 71, 76, 78, 83, 84, 85,
87, 89, 116 y 122 y a los artículos
transitorios segundo y tercero.
3.-
Diputados Ramos Cárdenas Liev Vladimir
(PAN), González Ulloa Nancy (PAN) y
González Hernández Gustavo (PAN).
Artículo 74
4.-
Diputados Rangel Vargas Felipe de Jesús
(PAN) y Balderas Vaquera Víctor
Alejandro (PAN). Artículo 75
5.-
Diputado González Hernández Gustavo
(PAN). Artículos 59, 115 y 116
6.-
Diputados Encinas Rodríguez Alejandro de
Jesús (PRD), Norberto Sánchez Nazario
(PRD), Ibarra Pedroza Juan Enrique (PT),
Vizcaíno Silva Indira (PRD), Marín Díaz
Feliciano Rosendo (PRD), Cárdenas Gracia
Jaime Fernando (PT), Jaime Correa José
Luis (PRD) y Acosta Naranjo Guadalupe
(PRD). Artículo 35 |