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PRIMER PERIODO DE SESIONES
ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO. |
Datos Relevantes de la Sesión N° 1,
Septiembre 07, 2005. |
6.
MINUTAS
No.
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Origen
|
Minuta
|
Turno o
Trámite
|
1 |
Cámara de Senadores |
Proyecto de decreto que
adiciona el Libro Segundo del Titulo del
Vigésimo Séptimo, de los Delitos Deportivos,
al Código Penal Federal, para los efectos
del inciso d) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por la Dip.
Rosalina Mazari Espín (PRI), presentada
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del 22 de
abril de 2004.
2. Dictamen de Primera
Lectura
presentado en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del
3 de febrero de
2005.
3. Dictamen a discusión
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del 8
de febrero de 2005.
4. Minuta
presentada en Sesión Ordinaria del Senado de
la República del 10
de febrero de 2005.
5. Dictamen a discusión
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
27 de abril de 2005 y aprobado en
votación económica.
Resolutivos:
1.
Se desecha el proyecto de
reformas por el que se adiciona el LIBRO
SEGUNDO, el TÍTULO VIGÉSIMO SÉPTIMO, de los
Delitos Deportivos, al Código Penal Federal.
2. Se devuelve a
la Cámara de Diputados el proyecto de
reformas por el que se adiciona el LIBRO
SEGUNDO, el TÍTULO VIGÉSIMO SÉPTIMO, de los
Delitos Deportivos, al Código Penal Federal,
para los efectos del inciso d) del artículo
72 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos. |
2 |
Cámara
de Senadores |
Proyecto de decreto que
reforma la Ley General de Salud y la Ley del
Instituto Mexicano de la Juventud, para los
efectos del inciso d) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por la
Dip.
Maki Esther Ortiz Domínguez (PAN)
en Sesión Ordinaria de la Cámara de
Diputados del
20 de abril de 2004.
2. Dictamen de primera
lectura
presentado en la Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del
5, 7 y 12 de octubre de 2004.
3. Dictamen a discusión
presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara
de Diputados del
14 de octubre del 2004 y
aprobado en votación nominal por 383 votos
en pro, 0 en contra y 6 abstenciones.
4. Minuta
presentada en Sesión Ordinaria del Senado de
la República del
19 de octubre de 2004.
5. Dictamen con dispensa
de trámites
en Sesión Ordinaria del Senado de la
República del
28 de abril de 2005 y
aprobado en votación económica.
Materia:
Salud.
Resolutivos:
1.
Se desecha y que da sin
efecto la Minuta con proyecto de decreto que
reforma la Ley General de Salud y la Ley del
Instituto Mexicano de la Juventud,
presentada por la diputada Maki Ortiz
Domínguez, del Grupo Parlamentario de PAN,
el 20 de abril de 2004.
2. Se devuelve a
la Cámara de Diputados el proyecto de
decreto que reforma la Ley General de Salud
y la Ley del Instituto Mexicano de la
Juventud; para los efectos del inciso d) del
artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos. |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de
Juventud y Deporte y de Salud. |
3 |
Cámara de Senadores
|
Proyecto de decreto, por
el que se concede autorización al C. Vicente
Fox Quesada, Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos, para ausentarse del
territorio nacional del 13 al 15 de
septiembre de 2005.
Proceso Legislativo:
Iniciativa de decreto
presentada en Sesión Ordinaria del Senado de
la República del 6 de septiembre de 2005.
Se consideró de urgente u obvia
resolución y se aprobó por
78 votos en pro y 0 en
contra.
Materia:
Permisos Constitucionales.
Resolutivo:
Se concede autorización al
ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente
de los Estados Unidos Mexicanos, para
que pueda ausentarse del territorio nacional
del 13 al 15 de septiembre próximo, a fin de
que participe en la 60ª Asamblea General de
la Organización de las Naciones Unidas, a
celebrarse en la ciudad de Nueva York, E.U.A.,
del 14 al 16 de septiembre del año en curso.
|
Se turnó a la
Comisión de Relaciones
Exteriores. |
4
|
Cámara de Senadores
|
Proyecto de decreto que
reforma la Ley del Instituto Nacional de las
Mujeres, para los efectos del inciso e) del
artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por la Dip. Josefina
Hinojosa Herrera (PRI) en Sesión
Ordinaria de la Cámara de Diputados del
28 de noviembre de 2002. (LVIII
Legislatura).
2. Iniciativa
presentada por la Dip. Blanca Eppen
Canales (PAN) en Sesión Ordinaria de la
Cámara de Diputados del 4 de diciembre de
2003. (LIX Legislatura).
3. Iniciativa
presentada por la Dip. Angélica De la
Peña Gómez (PRD) en Sesión Ordinaria de
la Cámara de Diputados del 9 de diciembre
de 2003. (LIX Legislatura).
4. Iniciativa
presentada por la Dip. Consuelo Muro
Urista (PRI) en Sesión de la Comisión
Permanente del 21 de enero de 2004. (LIX
Legislatura).
5. Minuta
presentada en sesión de la
Cámara de Senadores del
29 de abril de 2004.
6. Dictamen con dispensa
de trámites
presentado en Sesión Ordinaria del Senado de
la República del 28
de abril de 2005 y aprobado por 69 votos en
pro 0 en contra y 0 abstenciones.
Materia:
Instituto Nacional de las
Mujeres.
Propuesta:
1.
Establecer la integración, atribuciones,
organización y competencia del Instituto
Nacional de las Mujeres.
2. Considerar
como derechos de las mujeres aquellos
previstos en la Constitución y leyes
secundarias y reglamentos que de ella
emanen.
3. Especifica
objetivos generales y específicos del
Instituto Nacional de las Mujeres, así como
atribuciones.
4. Integra la
definición de Igualdad entre los géneros y
Programa para referirse al Programa Nacional
para la Igualdad de Oportunidades y la no
Discriminación hacia las Mujeres.
5. Integrar en la
formación del Instituto Nacional de las
Mujeres un Órgano Interno de Control y las
estructuras administrativas que establezca
el Estatuto Orgánico.
6. Señala a la
Junta de Gobierno como el máximo órgano de
administración del Instituto encargado de
fijar, dirigir, supervisar, evaluar y
controlar las actividades a cargo del mismo.
7. Modifica la
integración de la Junta de Gobierno,
excluyendo como parte de esta a la
Secretaría de Economía, de Trabajo y
Previsión Social y de Reforma Agraria.
8. Reduce a un
miembro, el número de integrantes invitados
permanentes de cada organismo.
9. Señala nuevas
facultades de la Junta de Gobierno para el
cumplimiento de las atribuciones del
Instituto.
10. Aumenta a
seis por año, el número de Sesiones
ordinarias para la Junta de Gobierno.
11. Establece las
atribuciones de la Secretaría Técnica de la
Junta de Gobierno.
12. Faculta al
Presidente de la República para nombrar al
Presidente del Instituto de acuerdo al
artículo 13 de la Ley para el Instituto
Nacional de las Mujeres y señala que este
sólo podrá permanecer en su cargo, durante
el periodo de ejercicio constitucional del
Presidente de la República que le otorgó el
nombramiento.
13. Señala las
facultades de la Presidencia del Instituto.
14. Deroga la
facultad del Presidente del Instituto para
proponer el nombramiento o remoción del
titular de la Secretaría Ejecutiva.
15. Establece la
formación e integración del Consejo
Consultivo.
|
Se turnó a la
Comisión de Equidad y
Género.
|
5 |
Cámara de Senadores
|
Proyecto de decreto que
reforma y adiciona la Ley General de Vida
Silvestre.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por el Sen.
Enrique Jackson Ramírez (PRI) y Sen. Lauro
Díaz Castro (PRI) en Sesión Ordinaria
del Senado de la República del 13 de
diciembre de 2002.
2. Dictamen de Primera
Lectura
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
27 de abril de
2005.
3. Dictamen a discusión
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
28 de abril de 2005
y aprobado por 75 votos en pro.
Materia:
Comunidades Indígenas/Desarrollo
Sustentable.
Propuesta:
1.
Reconoce conforme a lo previsto en el
artículo 2º Constitucional, el derecho de
los pueblos y comunidades indígenas a la
libre determinación y a la autonomía para la
conservación y mejora de su hábitat, así
como al uso y disfrute preferente de los
recursos naturales de los lugares que ocupan
y habitan.
2. Integra y
define el término “Comunidades Indígenas”.
3. Establece que
en la formulación y la conducción de la
política nacional en materia de vida
silvestre se observarán, por parte de las
autoridades competentes la asistencia
técnica, asesoría jurídica y capacitación de
los pueblos y comunidades indígenas para la
conservación, reproducción, restauración y
aprovechamiento sustentable.
4.
Incorpora en la ley a las comunidades
indígenas en los preceptos que tengan
por objeto apoyar y brindar asesoría técnica
para el desarrollo de actividades de
conservación y aprovechamiento sustentable
de la vida silvestre, la elaboración de
planes de manejo, el desarrollo de estudios
de poblaciones y la solicitud de
autorizaciones.
5. Integrar al
Consejo Técnico Consultivo Nacional para la
Conservación y Aprovechamiento Sustentable
de la Vida Silvestre, representantes de las
comunidades indígenas, de los gobiernos de
los municipios, de los Estados y del
Distrito Federal.
6. Señala que en
las autorizaciones para el aprovechamiento
extractivo de ejemplares, partes y derivados
de la vida silvestre, los pueblos y
comunidades indígenas podrán hacer valer su
derecho de preferencia reconocido en la
fracción VI del artículo 2 Constitucional.
7. Establece que
los Comités mixtos de Vigilancia se cuando
se trate de hábitats donde habiten pueblos y
comunidades indígenas de los Comités Mixtos
de Vigilancia, se apoyarán en ellas para la
conservación y aprovechamiento sustentable
de la vida silvestre. |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de Medio
Ambiente y Recursos Naturales y de Asuntos
Indígenas. |
6 |
Cámara de Senadores |
Proyecto de decreto que
reforma y adiciona la Ley Federal del
Trabajo.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por el Sen.
Carlos Rojas Gutiérrez (PRI) en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
13 de diciembre de
2002.
2. Dictamen de Primera
Lectura
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
27 de abril de
2005.
3. Dictamen a discusión
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
28 de abril de 2005
y aprobado por 76 votos en pro.
Materia: Laboral.
Propuesta:
1. Reducir la
jornada de trabajo a cuatro horas para los
trabajadores agrícolas menores de dieciséis
años, con la intención de hacer compatible
sus estudios y obligar al trabajador a
comprobar que se encuentra cursando la
educación básica de lo contrario no se le
contratará.
2. Señala los
requisitos y las obligaciones que deben
cumplir los intermediarios en la
contratación de trabajadores del campo.
3. Permitir,
entre el gobierno federal y los estatales,
la firma de convenios de coordinación de
acciones para fortalecer las tareas de
inspección en beneficio de los trabajadores
del campo.
4.
Atribuye obligaciones
especiales a los patrones. |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de
Trabajo y Previsión Social y de Asuntos
Indígenas. |
7 |
Cámara de Senadores |
Proyecto de decreto que
expide la Ley General que crea el Sistema
Nacional de Prevención, Protección,
Asistencia y Erradicación de la Violencia
contra las Mujeres y las Niñas.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por la Sen. Aracely
Escalante Jasso (PRI) y el Sen. Enrique
Jackson Ramírez (PRI) en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
18 de noviembre de
2004.
2. Dictamen de Primera
Lectura
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
27 de abril de
2005.
3. Dictamen a Discusión
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
28 de abril de 2005
y aprobado por 77 votos.
Materia:
Derechos Humanos.
Propuesta:
1. Establecer la
coordinación entre la Federación, los
Estados, el Distrito Federal y los
Municipios para la prevención, protección,
asistencia y erradicación de la violencia
contra las mujeres y las niñas, en todos los
ámbitos ya sean públicos o privados, así
como, establecer las medidas necesarias para
la reinserción social de los agresores de
mujeres y niñas.
2. Determina los
conceptos “violencia en contra de las
mujeres”, “refugio”.
3.
Señala los tipos de violencia en contra de
la mujer.
4. Establece los
tipos de violencia en contra de las mujeres
y las niñas.
5. Clasifica en
función al ámbito o naturaleza de la
relación que une al agresor con la víctima,
las situaciones de violencia en contra de
las mujeres y niñas.
6. Crea el
Sistema Nacional de Prevención, Protección,
Asistencia y Erradicación de la Violencia
contra Mujeres y Niñas; que estará
conformado por los titulares de la La
Secretaría de Seguridad Pública, quien lo
presidirá; la Secretaría de Gobernación; la
Secretaría de Educación Pública; la
Secretaría de Salud; el Instituto Nacional
de las Mujeres, quien será la Secretaria
Ejecutiva del Sistema; el Consejo Nacional
para Prevenir la Discriminación; y las
dependencias o entidades, dedicadas a las
mujeres y niñas de cada entidad federativa y
el Sistema Nacional para el Desarrollo
Integral de la Familia.
7. Crea el
Programa Integral de Asistencia, Protección
y erradicación de la Violencia contra
Mujeres y Niñas con el fin de incorporar la
perspectiva de género en las funciones de
jueces, magistrados y ministros de los
poderes judiciales Federal y locales.
8. Descansa en el
Instituto Nacional de las Mujeres diversas
responsabilidades.
9. Determina los
derechos a los que estarán sujetas las
mujeres y niñas víctimas de cualquier tipo y
situación de violencia.
10. Define el
funcionamiento de los albergues y refugios
para las mujeres y niñas víctimas de
cualquier tipo y situación de violencia.
11. Determina
las facultades y obligaciones de la
Secretaria de Gobernación, de la
Procuraduría General de la República, de la
Secretaría de Educación Pública, de la
Secretaría de salud para evitar, tratar y
combatir la violencia en las mujeres y
niñas. |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de Equidad y Género,
de Gobernación y de
Justicia y Derechos Humanos. |
8 |
Cámara de Senadores |
Proyecto de decreto que
reforma los artículos 31 fracción X, 33
fracción VIII y 34 fracción V, de la Ley
Orgánica de la Administración Pública
Federal.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por el Sen.
Adalberto Arturo Madero Quiroga (PAN) en
Sesión Ordinaria del Senado de la República
del 17 de febrero
de 2005.
2. Dictamen con dispensa
de trámites
presentado en Sesión Ordinaria del Senado de
la República del 28
de abril de 2005 y aprobado por 72 votos en
pro; 5 en contra y una abstención.
Materia:
Economía.
Propuesta:
1.
Adjudicar a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público la obligación de
establecer y revisar los precios de los
bienes y servicios de la administración
pública federal, o bien, las bases para
fijarlos, de manera que se cubran las
necesidades financieras de una empresa que
opere de acuerdo con las mejores prácticas
del sector de que se trate y procurando sin
superar el incremento registrado en el
Índice Nacional de Precios al Consumidor.
2. Reafirmar la
encomienda a la Secretaría de Energía para
hacer efectiva la realización y promoción de
los estudios e investigaciones sobre ahorro
de energía.
3. Encargar a la
Secretaría de Economía, en su función de
fijación de los criterios
generales para el establecimiento de los
estímulos al comercio exterior; tomando en
consideración las necesidades financieras de
una empresa que opere de acuerdo con las
mejores prácticas del sector de que se
trate. |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de
Gobernación y de Hacienda y Crédito Público. |
9 |
Cámara de Senadores |
Proyecto de decreto por
el que se modifican los artículos 89 y 119
de la Ley General del Equilibrio Ecológico y
la Protección al Ambiente,
en materia de agua.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por el Sen.
Sara Isabel Castellanos Cortes (PVEM) en
Sesión Ordinaria del Senado de la República
del 5 de octubre de
2004.
2. Dictamen de Primera
Lectura
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
27 de abril de
2005.
3. Dictamen a Discusión
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
28 de abril de 2005
y aprobado por 77 votos.
Materia:
Medio Ambiente/Agua.
Propuesta:
1. Adicionar los
criterios para el aprovechamiento racional
del agua y de los ecosistemas acuáticos de
acuerdo a todas aquellas prácticas de
diferentes sectores productivos que afecten
la calidad del agua superficial y
subterránea.
2. Asignar a la
Secretaría de Medio Ambiente la labor de
crear una Norma Oficial Mexicana para
prevenir la contaminación del agua, en torno
a la biodegradabilidad sobre los
detergentes. |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de Medio Ambiente y
Recursos Naturales y de
Recursos Hidráulicos. |
10 |
Cámara de Senadores |
Proyecto de decreto que
reforma y adiciona diversas disposiciones a
la Ley de la Propiedad Industrial.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por la Sen.
Luisa María Calderón Hinojosa (PAN) en
Sesión Ordinaria del
30 de abril de 2003.
2. Dictamen de Primera
Lectura
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
27 de abril de
2005.
3. Dictamen a Discusión
presentado en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
28 de abril de 2005
y aprobado por 77 votos.
Materia:
Propiedad Intelectual.
Propuesta:
1.
Establecer los principios y
lineamientos necesarios para evitar el uso
ilegítimo del conocimiento tradicional de
los pueblos y comunidades indígenas en el
otorgamiento de derechos de propiedad
intelectual mediante las figuras que
establece la presente Ley.
2. Define el
término “Conocimiento Tradicional Vinculado
a los Recursos Genéticos y Biológicos”.
3. Faculta al
Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial, elaborar,
difundir y actualizar, en coordinación con
la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos
Naturales; con la Secretaría de Salud; los
Pueblos y Comunidades Indígenas, el Registro
Nacional sobre el Conocimiento Tradicional
vinculado a los recursos genéticos y
biológicos y Medicina Tradicional Indígena,
del cual estará a cargo el Instituto.
4. Establece que
el derecho a obtener un registro del
conocimiento tradicional de los pueblos y
comunidades indígenas vinculado a los
recursos genéticos y biológicos, le
pertenece a todos los miembros de la
comunidad o pueblo poseedoras del mismo. El
derecho a obtener una patente o un registro
podrá ser transferido por actos entre vivos
o por vía sucesoria.
5. Solicitar
previamente el consentimiento informado de
los pueblos y comunidades indígenas para
acceder a los conocimientos tradicionales de
las comunidades indígenas con fines de
aplicación científica, comercial e
industrial en caso contrario se considerará
una infracción administrativa.
|
Se turnó a la
Comisión de Economía.
|
11 |
Cámara de Senadores |
Proyecto de decreto que
reforma los artículos 123, 124, 125, 127 y
129 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por el Sen.
David Jiménez González (PRI) en Sesión
Ordinaria del Senado de la República del
2 de diciembre de
2003.
2. Dictamen a
discusión presentado en Sesión
Extraordinaria del Senado de la República
del 29 de junio de
2005 y aprobado por 60 votos; 9 en contra; 5
abstenciones.
Materia:
Electoral.
Propuesta:
1.
Otorgar la autonomía
presupuestaria al Instituto Electoral del
Distrito Federal en cuya integración
participan la Asamblea Legislativa, los
partidos políticos nacionales y los
ciudadanos.
2. Crea el
Consejo General del Instituto Electoral del
D.F. en calidad de órgano superior de
dirección.
3. Especifica la
función e integración del Consejo General
del Instituto Electoral del Distrito
Federal.
4. Deroga la
facultad del Tribunal Electoral para
resolver los
conflictos o diferencias laborales entre el
Tribunal Electoral y sus servidores y los
conflictos o diferencias laborales entre el
Instituto Electoral del Distrito Federal y
sus servidores. |
Se turnó a la
Comisión del Distrito
Federal. |
12 |
Cámara de Senadores |
Proyecto de decreto por
el que se reforman, adicionan y derogan
diversas disposiciones del Código Penal
Federal.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por el Ejecutivo
Federal en Sesión Ordinaria del Senado de la
República del 1° de
abril de 2004.
2. Dictamen con dispensa
de trámite
en Sesión Extraordinaria del Senado de la
República del 20 de
julio de 2005 y aprobado por 84 votos en
pro.
Materia:
Penal.
Propuesta:
1.
Expone consideraciones para
considerar a un sujeto como responsable del
delito.
2. Sustituir el
criterio de defensa legítima por el de
“Racionalidad de la defensa”.
3. Tomar en
cuenta el tiempo de arraigo
para el cumplimiento de la
pena impuesta.
4. Eliminar el
precepto relacionado con la
Vigilancia de la autoridad.
5.
Imponer como pena hasta una cuarta parte por
complicidad para cometer un delito.
6. Derogar
preceptos relacionados con la
Substitución y conmutación de
sanciones.
7. Elimina lo
relacionado con la Libertad preparatoria y
retención.
8. Señala las
sanciones a que se verá sujeto el mexicano
que cometa traición a la patria.
9. Sustituye las
multas en efectivo por los días multa.
10. Sustituye las
multas en efectivo por las jornadas de
trabajo a favor de la comunidad a quien
cometa los delitos
estipulados en el capitulo de “Delitos en
materia de vías de comunicación y
correspondencia” y “Delitos
contra la autoridad y desobediencia“.
11. Aumentar la
pena a quien contrate a menores de 18 años
en cantinas, bares, tabernas y centro de
vicio.
12. Señala una
nueva modalidad de lenocinio.
13. Garantizar
legalmente la prestación de auxilio de la
fuerza pública, sancionando a quien la
niegue.
14. Proteger del
abandono a los menores de 7 años de edad y a
los incapaces de cuidarse a si mismos.
15. Tipifica
conductas consideradas como
discriminatorias. |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos. |
13 |
Cámara de Senadores |
Proyecto de decreto que
expide la Ley Federal de Ejecución de
Sanciones Penales; se adiciona la fracción
IV al artículo 50 y el artículo 50 Quater de
la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación; y reforma el artículo 30 Bis
fracción XXIII de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
presentada por el Ejecutivo
Federal en Sesión Ordinaria del Senado de la
República del 1° de
abril de 2004.
2. Dictamen a discusión
presentado en Sesión
Extraordinaria del Senado de la República
del 20 de julio de
2005 y aprobado por 79 votos en pro.
Materia:
Propuesta:
Ley Federal de Ejecución
de Sanciones Penales
1. Regular la
ejecución de las sanciones penales.
2. Abrogar la Ley
que Establece las Normas Mínimas sobre
Readaptación Social de Sentenciados.
3. Reestructurar
la intervención de las autoridades
administrativas dentro del sistema de
justicia penal respecto de la ejecución de
las penas privativas de la libertad y de las
medidas de seguridad que impongan los jueces
y tribunales federales; así como las
impuestas por órganos jurisdiccionales de
otras entidades federativas y se cumplan en
establecimientos federales, por virtud de
los convenios establecidos para ello.
4. Considera la
institución del Juez de Ejecución de
Sanciones y establece sus funciones.
5. Propone
procedimientos de naturaleza jurisdiccional
"que atiendan exclusivamente a la conducta
del interno, para determinar la concesión o
negativa de beneficios de reducción de la
pena”.
Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación.
1.
Establece que el Poder Judicial Federal
conocerá de los procedimientos de vigilancia
de la ejecución de las sanciones por delitos
del orden federal.
2. Explicita las
atribuciones de los Jueces de Distrito en
materia de Ejecución de Sanciones.
Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
Estipular que aquella
Secretaría intervendrá en la ejecución de
las penas por delitos del orden federal y
administrará el sistema federal
penitenciario; cumpliendo los requerimientos
y mandamientos de los jueces de ejecución de
sanciones penales, así como organizar y
dirigir las actividades de apoyo a
liberados. |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de
Justicia y Derechos Humanos y de Seguridad
Pública. |
14
|
Cámara de Senadores
|
Proyecto de decreto que
reforma el párrafo tercero del artículo 18;
la fracción IX del Apartado A, las
fracciones I y V del Apartado B, del
artículo 20; y el primer párrafo del
artículo 21, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Proceso Legislativo:
1. Iniciativa
con proyecto de decreto de
reformas a los artículos 21 y 22 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, presentada por el Sen.
Jesús Galvan Muñoz (PAN) el
26 de abril de 2001 (LVIII
Legislatura).
2. Iniciativa
con proyecto de decreto que
reforma la fracción V del apartado B del
artículo 20 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, enviada por el
Ejecutivo Federal del
21 de mayo de 2003.
3. Iniciativa
con proyecto de decreto que
reforma el artículo 20 fracción II del
apartado B de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, enviada por el
Congreso del Estado de Chihuahua el
18 de junio de
2003.
4. Iniciativa
con proyecto de decreto para
reformar la fracción V y del apartado b) del
artículo 20 Constitucional y reformar y
adicionar diversas disposiciones del Código
Penal Federal, del Código Federal de
Procedimientos Penales y de la Ley Federal
contra la delincuencia organizada,
presentada por la Sen. María del Carmen
Ramírez García (PRD) el
25 de noviembre de 2003.
5. Iniciativa
con proyecto de decreto que
reforma y adiciona diversas disposiciones en
materia penal de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, enviada por el
Ejecutivo Federal el
31 de marzo de 2004.
6. Iniciativa
con proyecto de decreto que
reforma el artículo 20 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, enviada por el Sen. Rutilio
Escandón Cadenas (PRD) el
11 de noviembre de 2004.
Materia:
Penal.
Propuesta:
1.
Celebrar convenios de carácter general entre
la Federación y las entidades federativas,
sujetándose a lo que establezcan las leyes
respectivas, con el fin de que los
sentenciados por delitos del ámbito de su
competencia extingan su sanción en
establecimientos de readaptación social
dependientes de un fuero diverso.
2. Señala que al
hacer uso de la garantía del inculpado a
tener una defensa adecuada por un abogado,
éste deberá tener el título profesional
correspondientes de estudios en licenciatura
en Derecho.
3.
Otorga el derecho de la
víctima o el inculpado a recibir asistencia
jurídica gratuita a cargo del Estado.
4. Prohíbe el
careo entre el inculpado y el o los
individuos que no tengan capacidad para
comprender el significado del hecho.
5. Incorporar el
servicio a favor de la comunidad cuando el
infractor no pague la multa impuesta.
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Se turnó a las
Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales, de Justicia y
Derechos Humanos.
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