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PRIMER PERIODO DE SESIONES
ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO. |
Datos Relevantes de la Sesión N° 1,
Septiembre 07, 2005. |
2.
INICIATIVAS
No
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Iniciativa
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Origen
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Turno o Trámite
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Materia
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Propuesta
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1
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Con proyecto de decreto
por el que se adiciona una fracción IX al
articulo 176 de la
Ley del Impuesto Sobre la
Renta. |
Senador
Fernando Gómez Esparza
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Hacienda y
Crédito Público |
Impuestos
|
Establecer la deducibilidad
de las primas por seguros de vehículos.
Las primas por seguros
de vehículos, por concepto de robo, daños a
la unidad asegurada, y que deberán incluir
el resarcimiento de los daños a terceros
afectados y, en su caso, la indemnización a
los deudos por causa de muerte provocada en
el accidente o un seguro de vida para los
pasajeros. El seguro deberá ser contratado
por el propio contribuyente y el
beneficiario de la cobertura del seguro será
él mismo, su cónyuge o la persona con quien
vive en concubinato o sus ascendientes o
descendientes, en línea directa. |
2
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Con Proyecto de
Ley de Ingresos de la
Federación, para el Ejercicio Fiscal de
2006. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a la
Comisión de Hacienda y
Crédito Público |
Fiscal
|
La Ley de Ingresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006,
establece las siguientes propuestas:
1. Solicitar un
monto de endeudamiento interno neto del
Gobierno Federal por 180 mil millones de
pesos.
2.
Establecer un balance superavitario del
Sector Público presupuestario por 17.6 mil
millones de pesos, que resulta de un déficit
del Gobierno Federal de 159 mil millones de
pesos y un superávit de los organismos y
empresas del Sector Público por 176.6 mil
millones de pesos.
3.
Establecer una recaudación federal
participable por un monto de1 billón 104 mil
237.2 millones de pesos.
4.
Autorizar al Ejecutivo Federal, un monto de
endeudamiento neto interno hasta por 180
mil
millones de pesos, para contratar y ejercer
créditos, empréstitos y otras formas del
ejercicio del crédito público, para el
Ejercicio Fiscal 2006.
5.
Determinar que el Ejecutivo Federal, pueda
contratar créditos o emitir valores en el
exterior con el objeto de canjear o
refinanciar obligaciones del Sector Público
Federal a efecto de obtener un monto de
desendeudamiento neto externo de al menos
500 millones de dólares de los de los
Estados Unidos de América.
6. Autorizar a la
Banca de Desarrollo y Fondos de fomento, un
monto conjunto de déficit por intermediación
financiera de 35 mil 576 millones de pesos.
7.
Aprobar al Distrito Federal para contratar y
ejercer créditos, empréstitos y otras formas
de Crédito Público para un endeudamiento
neto de 1 mil 600 millones de pesos para el
financiamiento de obras y proyectos de
inversión contemplados en el Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal del 2006.
8.
Determinar que la federación perciba
ingresos por proyectos de infraestructura
productiva de largo plazo de inversión
financiada directa y condicionada, por un
monto de 684 mil 947.8 millones de pesos.
9.
Mantener en la Ley de Ingresos, el Programa
de Ampliación y Actualización del Registro
Federal de Contribuyentes, a través del cual
el Servicio de Administración Tributaria,
por conducto de sus autoridades encargadas
de prestar asistencia a los contribuyentes
en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y aduaneras, lleve a cabo
recorridos, invitaciones, solicitudes de
información, censos o cualquier otra medida,
a efecto de ampliar y mantener actualizado
el Registro Federal de Contribuyentes.
10.
Incluir en
la Ley de Ingresos la
disposición que faculta al Servicio de
Administración Tributaria para celebrar
convenios con los contribuyentes, a efecto
de condonar total o parcialmente multas y
recargos respecto de créditos derivados de
contribuciones fiscales. |
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Con Proyecto de decreto de
Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2006. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a la
Comisión de Presupuesto y
Cuenta Pública. |
Fiscal |
El Presupuesto de Egresos de
la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006
establece las
siguientes propuestas:
1.
Determinar como Presupuesto de Egresos de la
Federación para el año 2006, un gasto total
de $1,881,200,400,000.00, pesos.
2.
Establecer una meta de superávit público
presupuestario de $17,607,200,000.00. El
Ejecutivo Federal podrá no sujetarse a lo
anterior como consecuencia de una emergencia
de carácter nacional, tal como un desastre
natural, informando de ello a la Cámara,
sujeto al monto de endeudamiento neto
aprobado en la Ley de Ingresos de la
Federación.
3.
Estipular que el ejercicio del gasto
programable del Instituto Mexicano del
Seguro Social será de $209,820,400,000.00.
El Gobierno Federal aportará al Instituto la
cantidad de $38,708,000,000.00, como
aportaciones para los seguros y la cantidad
de $65,383,000,000.00, para cubrir las
pensiones.
4.
Asignar 826.6 miles de millones de pesos
para las funciones de desarrollo social,
educación, incluyendo cultura y deporte,
representa el 38.0 por ciento del total,
mientras que a las funciones de salud y
seguridad social corresponde el 49.8 por
ciento.
5.
Estipular los gasto para la función
seguridad social que será de 189.1 miles de
millones de pesos, lo que representa el 14.3
por ciento del gasto programable.
6.
Considerar que para el conjunto de funciones
de desarrollo económico que realiza el
sector público federal se contempla una
asignación de 353.5 miles de millones de
pesos en 2006.
7.
Incluir una asignación de 2.5 miles de
millones de pesos para los procesos de
regularización y ordenamiento de la
propiedad rural, a fin de proporcionar
certeza jurídica sobre la tenencia de la
tierra y reducir los conflictos sociales en
el campo.
8.
Determinar en cuanto al gasto total en
ciencia y tecnología que llevan a cabo las
dependencias y entidades de la
administración pública federal, a través del
Programa Especial de Ciencia y Tecnología,
considerando tanto las funciones en materia
de desarrollo económico como las de
desarrollo social, la
propuesta para 2006 es de
29,079.7 millones de pesos, de los cuales el
70.9 por ciento corresponde a recursos
fiscales y el 29.1 por ciento a recursos
propios.
9.
Establecer la propuesta de presupuesto para
la función orden, seguridad y justicia para
el próximo año de 24.3 miles de millones de
pesos.
10.
Asignar 3,047.7 millones de pesos a el
Instituto Nacional de Estadística, Geografía
e Informática (INEGI), que es responsable de
generar y difundir información demográfica,
económica y social para apoyar la
investigación y la toma de decisiones. |
4
|
Con proyecto de decreto
que reforma,
adiciona, deroga y establece
diversas disposiciones fiscales. |
Ejecutivo Federal
|
Se turnó a la
Comisión de Hacienda y
Crédito Público.
|
Fiscal
Fiscal
|
Modificar, de conformidad con
el paquete económico 2006, las Leyes del CFF,
ISR,IEPS y ISAN.
Modificar el Código
Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto
Sobre la Renta, la Ley del impuesto Especial
Sobre Producción y Servicios y la Ley
Federal del Impuesto sobre Automóviles
Nuevos: |
a)
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De reformas a el
Código Fiscal de la
Federación. |
Reformar al Código Fiscal de
la Federación, respecto a la adopción del
principio de la “Preeminencia del Fondo
sobre la Forma”; reformar las reglas de
independencia para el auditor que dictamina
estados financieros para los efectos
fiscales, y establecer una reforma en
materia de delitos fiscales.
1.
Establecer que el principio de la
“Preeminencia del Fondo sobre la Forma”
tiene como propósito asegurar un trato
fiscal igual para los actos de igual
contenido económico, pero distinta
configuración formal.
2.
Incorporar de reglas al Código Fiscal de la
Federación que delimiten con mayor precisión
la independencia de quienes auditan estados
financieros para efectos fiscales.
3.
Establecer que en los delitos fiscales la
autoridad judicial impondrá la sanción que
corresponda, salvo que el inculpado haya
pagado las contribuciones originadas por los
hechos imputados, las sanciones y accesorios
que resulten, a entera satisfacción de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
manteniendo la facultad de las autoridades
administrativas para hacer efectivas las
contribuciones omitidas, los recargos y las
sanciones, independientemente del estado en
que se encuentre el procedimiento penal y
sin que ello afecte dicho procedimiento. |
b)
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De reformas a la
Ley del Impuesto Sobre
la Renta.
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Las reformas a la Ley del ISR,
se dividen en dos partes, la primera que
habla sobre los “Residentes en el extranjero
y precios de transferencia” y la segunda que
habla sobre los “Fideicomisos
Inmobiliarios”.
1.
Establecer que los contribuyentes, deberán
considerar en primer término el método de
precio comparable no controlado, antes de
cualquier otro método, en virtud de que es
el medio más directo para precisar si las
condiciones de las relaciones comerciales y
financieras entre partes relacionadas
cumplen con la característica de estar a
precios de mercado.
2.
Modificar el estímulo sobre los fideicomisos
inmobiliarios en los siguientes términos:
a)
Los fideicomitentes al momento de aportar
bienes inmuebles al fideicomiso deberán
determinar la ganancia por la enajenación de
dichos bienes y ésta se acumulará
actualizada hasta el momento en el que el
fideicomitente enajene los certificados de
participación correspondientes.
b)
Se mantiene el estímulo consistente en que
el fideicomiso no efectúe pagos
provisionales del impuesto sobre la renta.
c)
Se exenta la ganancia que las personas
físicas y los residentes en extranjero
obtengan por la enajenación de
los certificados de
participación que emita el fideicomiso,
cuando éste los coloque en bolsas de valores
autorizadas o mercados reconocidos. Ello con
el objeto de otorgar a dichos certificados
el mismo tratamiento que a las acciones.
d)
Mantener el estímulo a los inversionistas
que sean fondos de pensiones o jubilaciones
del país y del extranjero, en el sentido de
no efectuarles la retención por los
rendimientos que genere el fideicomiso,
siempre que dichos fondos sean los
beneficiarios efectivos y hayan sido
propietarios de los certificados de
participación cuando menos durante un año,
ello en virtud de que dichos fondos se
encuentran exentos del
impuesto sobre la renta.
e)
Establecer obligaciones específicas a las
personas físicas residentes en México y a
los residentes en el extranjero, con lo
anterior el tratamiento fiscal aplicable a
estos contribuyentes será más sencillo y
permitirá el acceso de cualquier
inversionista, liberándolos de cumplir con
todas las disposiciones aplicables a los
ingresos por actividades empresariales. |
c)
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De reformas a la
Ley del Impuesto Especial
sobre Producción y Servicios.
|
Apoyar al medio ambiente y a
la ecología a través del fomento del uso de
envases reutilizables de mejor calidad y
mayor duración por parte de la industria
cervecera.
Establecer que los
fabricantes, productores y envasadores en
la enajenación de cerveza y quienes realicen
su importación, determinen como impuesto a
pagar, la cantidad que resulte mayor de la
comparación entre la tasa establecida en la
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios a la enajenación o importación de
cerveza, y la cantidad de $3.00 por cada
litro de cerveza enajenado o importado,
disminuida, en su caso, con la cantidad de
$1.26 por la utilización de envases
retornables correspondientes a cada litro de
cerveza enajenado o importado. |
d
|
De reformas a la
Ley Federal del Impuesto
sobre Automóviles Nuevos.
|
Establecer el Fondo de
Compensación del Impuesto sobre Automóviles
Nuevos para resarcir la disminución de
ingresos derivada de la ampliación de la
exención y relativa con el propósito de
evitar el deterioro en las finanzas públicas
de las entidades federativas por efectos de
la inflación, se prevé la actualización en
forma anual del monto correspondiente al
fondo.
Crear un Fondo de
Compensación del Impuesto sobre Automóviles
Nuevos, para resarcir a las entidades
adheridas al Sistema Nacional de
Coordinación Fiscal y que tengan celebrado
con la Federación convenio de colaboración
administrativa en materia del impuesto sobre
Automóviles Nuevos.
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5
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Con proyecto de decreto
que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la
Ley Federal de Derechos.
|
Ejecutivo Federal |
Se turnó a la
Comisión de Hacienda y
Crédito Público |
Fiscal
|
Modificar la Ley Federal de
Derechos, en materia de Radio y Televisión,
Importación, Minería, Telecomunicaciones,
Materia Portuaria, Educación, Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, Medio
Ambiente, Áreas Naturales Protegidas, Bienes
Culturales de la Nación, Espacio Aéreo, Agua
y Marbetes
1.
Derogar diversas disposiciones que generan
el cobro de derechos por los trámites que se
realicen en materia de concesiones, permisos
y contenido de las transmisiones en radio y
televisión.
2.
Reformar la fracción VI del artículo 19-E,
de la Ley Federal de Derechos, relativo al
derecho por el trámite, estudio y, en su
caso, clasificación y autorización de
películas, series filmadas, telenovelas y
teleteatros grabados.
3.
Evitar regulaciones innecesarias que
obstaculizan el comercio internacional de
nuestro país y que afectan a los
importadores para la realización de sus
operaciones.
4.
Eliminar la actual distinción entre los
derechos que se pagan según el tipo de
concesión o asignación minera de que se
trate, ya sea de exploración o explotación,
a fin de homologar su cobro sin considerar
la distinción.
5.
Reformar la disposición relativa al derecho
por el estudio de la solicitud del refrendo
de la concesión de radiodifusión sonora, a
fin de que la autoridad, al realizar el
análisis del refrendo, revise técnica y
administrativamente cada uno de los canales
o estaciones que se encuentran contemplados
en la propia concesión.
6.
Modificar la cuota que actualmente establece
el artículo 167 de la Ley Federal de
Derechos, relativo a los derechos por la
expedición de concesiones, permisos y
autorizaciones para la construcción o el uso
o aprovechamiento de obras marítimo
portuarias, así como para la prestación de
servicios portuarios en las vías generales
de comunicación por agua.
7.
Prever el pago de los derechos por la
solicitud, estudio y resolución del trámite
de autorización para impartir la citada
educación preescolar.
8.
Continuar con el ajuste de
las cuotas de los derechos que se encuentran
obligados a cubrir las entidades y sujetos
del sistema financiero que se encuentren
obligados al pago del derecho de inspección
y vigilancia por parte de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, a fin de que
se apeguen con mayor precisión a los costos
en que incurre dicha Comisión al prestar
estos servicios.
9.
Incentivar el aprovechamiento de recursos
no maderables, así como estimular a aquellos
contribuyentes que hayan cumplido
correctamente con la legislación vigente en
la materia.
10.
Contemplar, dentro del pago
respectivo, todas las áreas naturales
protegidas federales existentes hasta hoy en
día, para así explotar racional y
sustentablemente, mediante el acceso
respectivo, los recursos biológicos ahí
existentes.
11.
Crear el área tipo AAA, referente al
derecho por el acceso a los museos,
monumentos y zonas arqueológicas propiedad
de la Federación.
12.
Eliminar referencias innecesarias dentro del
cuerpo de la Ley y para los efectos del
derecho por el uso o aprovechamiento del
espacio aéreo mexicano
contemplado en el artículo 289 de la misma,
13.
Beneficiar a los municipios del sureste del
país, mediante una disposición de carácter
transitorio, a fin de que tributen en una
zona de disponibilidad mas baja a la que
actualmente se encuentran obligados.
14.
Se incorpora un nuevo derecho referente al
cobro de $0.08 por cada marbete para las
cajetillas de cigarros. |
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