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										Que reforma, 
										adiciona y deroga diversas disposiciones 
										del Código Federal de Procedimientos 
										Penales, del Código Penal Federal, de la 
										Ley Federal de Telecomunicaciones, de la 
										Ley que Establece las Normas Mínimas 
										sobre Readaptación Social de 
										Sentenciados y de la Ley General del 
										Sistema Nacional de Seguridad Pública. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por los senadores Tomás Torres 
										Mercado (PRD) , Fernando Jorge Castro 
										Trenti (PRI) y Alejandro González 
										Alcocer (PAN) el 17 de marzo de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 28 de abril de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 29 de 
										abril de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 80 votos. Pasa a la Cámara 
										de Diputados para los efectos del 
										Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 6 de septiembre de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 21 
										de febrero de 2012. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Permitir que en tratándose de 
										investigaciones en materia de 
										delincuencia organizada, delitos contra 
										la salud, secuestro, extorsión o 
										amenazas, la Procuraduría General de la 
										República o los servidores públicos en 
										quienes delegue la facultad, solicitarán 
										por oficio o medios electrónicos a los 
										concesionarios o permisionarios del 
										servicio de telecomunicaciones la 
										localización geográfica, en tiempo real, 
										de los equipos de comunicación móvil 
										asociados a una línea que se encuentren 
										relacionados. 
										
										
										Se impondrá de uno a cinco años de 
										prisión y de mil a diez mil días multa 
										al responsable operativo del 
										concesionario o permisionario del 
										servicio de telecomunicaciones que tenga 
										asignada la función de colaborar con las 
										autoridades en la localización 
										geográfica, en tiempo real, de los 
										equipos de comunicación móvil asociados 
										a una línea que estén relacionados con 
										investigaciones en materia de 
										delincuencia organizada, delitos contra 
										la salud, secuestro, extorsión o 
										amenazas y que se rehusare a hacerlo. 
										
										
										La Secretaría de Comunicaciones y 
										Transportes, prestará asesoría técnica a 
										las autoridades competentes para la 
										instalación y operación de equipos que 
										permitan bloquear o anular de manera 
										permanente las señales de telefonía 
										celular, de radiocomunicación, o de 
										transmisión de datos o imagen dentro del 
										perímetro de centros de readaptación 
										social, establecimientos penitenciarios 
										o centros de internamiento para menores, 
										federales o de las entidades 
										federativas, cualquiera que sea su 
										denominación. 
										
										
										Los concesionarios o permisionarios del 
										servicio de telecomunicaciones, están 
										obligados a colaborar con las 
										autoridades en la localización 
										geográfica, en tiempo real, de los 
										equipos de comunicación móvil asociados 
										a una línea que se encuentren 
										relacionados con investigaciones en 
										materia de delincuencia organizada, 
										delitos contra la salud, secuestro, 
										extorsión o amenazas a solicitud del 
										Procurador General de la República, de 
										los procuradores de las entidades 
										federativas o de los servidores públicos 
										en quienes deleguen esta facultad, de 
										conformidad con las leyes 
										correspondientes. 
										
										
										Los concesionarios de redes públicas de 
										telecomunicaciones deberán: realizar el 
										bloqueo inmediato de líneas de 
										comunicación móvil que funcionen bajo 
										cualquier modalidad reportadas por los 
										clientes, utilizando cualquier medio, 
										como robadas o extraviadas; así como 
										realizar la suspensión inmediata del 
										servicio de telefonía para efectos de 
										aseguramiento cuando así lo instruya la 
										Comisión Federal de Telecomunicaciones, 
										desactivar permanentemente el servicio 
										de telefonía o radiocomunicación de los 
										equipos de comunicación móvil reportados 
										por los clientes o usuarios como robados 
										o extraviados; contar con sistemas, 
										equipos y tecnologías que permitan la 
										ubicación o localización geográfica, en 
										tiempo real, de los equipos de 
										comunicación móvil asociados a una 
										línea. 
										
										
										Los concesionarios están obligados a 
										colaborar con el Sistema Nacional de 
										Seguridad Pública en el monitoreo de la 
										funcionalidad u operatividad de los 
										equipos utilizados para el bloqueo 
										permanente de las señales de telefonía 
										celular, de radiocomunicación, o de 
										transmisión de datos o imagen. 
										
										
										Cada establecimiento penitenciario 
										contará con equipos que permitan 
										bloquear o anular las señales de 
										telefonía celular, de radiocomunicación, 
										o de transmisión de datos o imagen 
										dentro del perímetro de centros de 
										readaptación social o establecimientos 
										penitenciarios. Dichos equipos serán 
										operados por autoridades distintas a las 
										de los establecimientos penitenciarios 
										en centros remotos. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
										
										
										  
										
										
										Por la Comisión de Justicia: 
										
										
										Dip. Víctor Humberto Benítez Treviño 
										
										
										  
										
										
										Por la Comisión de Comunicaciones: 
										
										
										Dip. José Adán Ignacio Rubí Salazar 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en contra: 
										
										
										Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) 
										
										
										Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta 
										(PT) 
										
										
										  
										
										
										Para hablar en pro: 
										
										
										Dip. Martín García Avilés (PRD) 
										
										
										Dip. Nancy González Ulloa (PAN) 
										
										
										Dip. Ma. de Jesús Aguirre Maldonado 
										(PRI) 
										
										
										Dip. Arturo Zamora Jiménez (PRI) 
										
										
										Dip. José Adán Ignacio Rubí Salazar 
										(PRI) 
										
										
										Dip. Juan Gerardo Flores Ramírez (PVEM) |