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										Que reforma la fracción II del artículo 
										127 y adiciona la XXIV al 122 de la Ley 
										General de Vida Silvestre. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por las diputadas 
										Verónica Velasco Rodríguez y Gloria 
										Lavara Mejía del PVEM, el 21 de abril de 
										2009. (LX Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad el 1 de marzo 
										de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 9 de 
										marzo de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 311 votos en pro y 2 
										abstenciones. Pasa a la Cámara de 
										Senadores para los efectos del Apartado 
										A) del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos Mexicanos 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida en la Cámara de 
										Senadores el 10 de marzo de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 8 de noviembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 10 de 
										noviembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 71 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado E) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados Unidos Mexicanos (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 17 de noviembre de 
										2011 (LXI Legislatura) 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Prohibir todo acto tendiente a lesionar 
										físicamente o privar de la vida a alguna 
										especie silvestre, o destruir o dañar 
										partes y derivados de éstas, que por 
										aseguramiento precautorio se encuentre 
										bajo depositaria del presunto infractor. |