DIVISIÓN DE POLÍTICA SOCIAL |
CULTURA CÍVICA
1. Premios Nacionales
Proceso Legislativo:
Gaceta.
Jueves 18 de marzo de 2004.
3
Contenido:
La
decisión fue reformar y adicionar
diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles,
para establecer los Premios Nacionales:
de Trabajo y Cultura Indígena, de Derechos Humanos, de Preservación del
Medio Ambiente y de Seguridad Pública.
1.
El Premio Nacional de Trabajo y Cultura Indígena, es el reconocimiento que el
Estado Mexicano confiere a las personas y comunidades que se han destacado por
su empeño y dedicación al trabajo en favor de su pueblo. Con el otorgamiento de
este galardón, también se reconoce la labor sobresaliente y continua que hace
posible la conservación, rescate y promoción de las manifestaciones culturales
propias de los pueblos y comunidades indígenas.
Este
Premio se otorgará anualmente en los siguientes campos: I. Desarrollo Comunitario; II. Medicina Tradicional; III. Música; IV. Danza Tradicional; V. Literatura Indígena; VI. Equidad de Género.
2.
El Premio Nacional de Derechos Humanos, es el reconocimiento que la sociedad
mexicana confiere, a través del organismo constitucional autónomo de derechos
humanos, a las personas que se han destacado en la promoción efectiva y defensa
de los derechos fundamentales.
El
Premio será entregado anualmente por el Presidente de la República y el titular
de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
El
Consejo de Premiación se integrará por personas de reconocida calidad moral,
académica o intelectual y representativas de los sectores público y privado.
En
casos excepcionales el Premio podrá ser otorgado post mortem.
Asimismo
se determinó que podrán hacerse acreedores al premio extranjeros radicados en
el territorio nacional, cuya labor incida a favor de los mexicanos.
3.
El Premio Nacional de Preservación del Medio Ambiente, es el reconocimiento que
el gobierno federal otorga a las personas, agrupaciones y comunidades, que se
han destacado por su trabajo, empeño y dedicación en favor de la defensa,
conservación y preservación del medio ambiente, así como del uso racional de
los recursos naturales y de las acciones tendientes al desarrollo sustentable. El Premio se entregará en
las siguientes categorías:
I. Preservación y calidad del aire; II. Preservación y calidad del agua; III. Conservación y uso del suelo; IV. Biodiversidad; V. Flora; VI. Fauna; VII. Preservación; VIII. Desarrollo Sustentable; IX. Reuso, Reutilización y Reciclaje.
4.
El Premio Nacional de Seguridad Pública, es el galardón con el que el Gobierno
de la República reconoce el trabajo destacado, la entrega en el servicio, la
constancia y el desarrollo de las personas que realizan su mejor esfuerzo para
desempeñar su actuación de acuerdo con los principios constitucionales en
materia de seguridad pública y que son los de legalidad, eficiencia,
profesionalismo y honradez.
Por
la naturaleza de la actividad inherente al Premio Nacional de Seguridad
Pública, este reconocimiento también podrá ser entregado post mortem.
El
Premio se otorgará anualmente a personal que colabora en instituciones de
seguridad pública, tanto en el fuero común como en el federal, en los
siguientes rubros: I. Labor Policial Preventiva; II. Labor Policial Ministerial; III. Actuación de Ministerio Público; IV. Actuación judicial; V. Labor penitenciaria y VI. Trabajo Pericial.
En relación a las reformas, la Cámara revisora turnó
el dictamen a la de origen a efecto de que considere la incorporación:
ü
En el Premio Nacional de los Derechos Humanos
la especificación de que el Consejo de premiación se integre con un
representante de cada una de las Cámaras del Congreso. ü
En cuanto al Premio
Nacional de Preservación del Medio ambiente el cambio en el artículo 113 del
concepto de desarrollo sostenible por desarrollo sustentable. ü
En cuanto al Premio Nacional de la Juventud, la decisión fue: o
Que se otorgue a las siguientes distinciones:
I. Actividades académicas;
II. Actividades artísticas;
III. Méritos cívicos;
IV. Labor social;
V. Protección al ambiente;
VI. Actividades productivas;
VII. Oratoria;
VIII. Discapacidad e integración;
IX. Artes Populares y
Cada una de las distinciones del Premio Nacional de
la Juventud podrá contar con el copatrocinio de alguna sociedad mercantil o
cooperativa, asociación civil, institución de asistencia privada, institución
de educación superior o de investigación científica y tecnológica, Poder
Ejecutivo Estatal o Legislatura Local, dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal y Organismos Constitucionales Autónomos, asunto
que discernirá el Consejo de Premiación.
En cuanto a este Premio, la Cámara Revisora turnó a
la de origen con el fin de considerar: o
Que la edad quede
comprendida entre los 12 y 29 años o
Que se adicione la
distinción X: Aportación a la Cultura
Política y la Democracia. o
Que forme parte del
jurado un representante del Instituto Mexicano de la Juventud. o
Se cambie el nombre del Instituto Nacional de
la Juventud Mexicana por el de
Instituto Mexicano de la Juventud.
La
decisión fue porque:
ü
El Pleno de la Cámara de Diputados consideró
positivo y conveniente reconocer y estimular a todas aquellas personas físicas
o morales y comunidades que se destaquen por su empeño y dedicación a favor de
los pueblos indígenas. Es importante resaltar que la creación del Premio
Nacional de Trabajo y Cultura Indígena es relevante ya que contribuye a
potenciar la presencia e identidad de los pueblos indígenas de México. ü
Constituye un reconocimiento expreso de que
la defensa y promoción de los Derechos Humanos es prioridad del Estado
Mexicano. ü
Es un aliciente para todos aquellos que han
sobresalido en la defensa, protección y conservación del entorno ambiental. Es
vital crear una cultura de responsabilidad y respeto al medio ambiente y a la
biodiversidad. ü
Es indiscutible que se debe reconocer a los
buenos servidores públicos encargados de velar por la protección de los bienes
más valiosos de la sociedad que son: la vida, la integridad de las personas y
la seguridad pública. El reconocimiento a esta labor es un estímulo adecuado,
máxime, cuando dichas labores son de riesgo y hoy en día el país demanda que
las diferentes corporaciones de seguridad sean confiables y eficaces. ü
Es loable incluir la posibilidad de que los
extranjeros radicados en el país, y que dentro del mismo defiendan y promuevan
los Derechos Humanos puedan hacerse acreedores al Premio Nacional respectivo,
en franco reconocimiento a las aportaciones que una persona, sin importar su
nacionalidad, pudiese hacer a favor de los derechos fundamentales de los
mexicanos. ü
Al reconocer la necesidad de actualizar en la
Ley el nombre del Instituto Mexicano de la Juventud como la dependencia que
vincula a los jóvenes con el Estado, se otorga certeza jurídica a la sociedad y
se fortalece al Instituto. De acuerdo
con el INEGI, existen en el país más de 33 millones de jóvenes cuya edad oscila
entre los 12 y 29 años de edad. La propuesta beneficia a más jóvenes.
2. Sobre El
Premio Nacional del Deporte
Proceso Legislativo:
Gaceta.
Jueves 29 de abril de 2004.
7
Contenido:
El objetivo es reformar la Ley de
Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, con el fin de que:
ü
El Premio
Nacional de Deportes pueda otorgarse a una misma persona las veces que lo
amerite, considerando su actuación y trayectoria deportiva.
ü
Se considere la
modalidad
deportiva dividida en las categorías y ramos siguientes: 1. Deportistas.- Se entregará a) En el deporte no profesional; b) En el deporte profesional, y c) En el deporte paralímpico. 2. Entrenadores.- Se otorgará un premio por trayectoria destacada en alguna modalidad
deportiva. La decisión fue porque actualmente sus categorías son limitadas,
ya que no reconoce los logros de los deportistas profesionales y de los
paralímpicos, ni se hace mención al trabajo de entrenadores y promotores. En
este sentido, se consideró:
ü
Subsanar las omisiones y ampliar las
categorías del Premio Nacional de Deportes para incluir a los actores que
coadyuven al desarrollo del deporte en nuestro país y a quienes por sus logros
en materia deportiva, sean un aliciente y un ejemplo a seguir para la sociedad
en general, permitiendo con ello una población más sana y libre de adicciones.
ü
Modificar los criterios de asignación del
Premio Nacional de Deportes a través de las siguientes propuestas: primero,
establecer la posibilidad de que se otorgue en más de una ocasión a quienes por
resultados y méritos se hagan merecedores de esta distinción y, segundo,
reconocer fehacientemente el desempeño de los deportistas mexicanos, ya sea que
practiquen el deporte a nivel profesional o por mera afición, así como a los
entrenadores y a todas aquellas entidades que protejan, fomenten e impulsen la
práctica deportiva en nuestro país, adicionalmente el Ejecutivo Federal propone
reconocer a los deportistas paralímpicos.
ü
Que se pueda otorgar el Premio Nacional
de Deportes a una misma persona en más de una ocasión, cuando por su actuación
o trayectoria en el ramo del deporte así lo amerite.
ü
Especificar las categorías de
"Deportista" y "Entrenador" lo que permite mayor claridad
en la Ley al momento de otorgar el Premio Nacional de Deportes.
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