DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. OFICIOS

a) De la Comisión Nacional del Agua.

b) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

c) De la Agencia de Noticias del Estado Mexicano.

2. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

3. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES Y COMITÉS

4. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De licencia.

5. MINUTAS

a) Con proyecto de decreto.

b) Con puntos de acuerdo.

6. INICIATIVAS

7. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

c) De inscripción en el Muro de Honor.

8. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de decreto.

b) Con puntos de acuerdo.

9. DICTÁMENES NEGATIVOS

a) De iniciativas.

b) De minuta.

10. PROPOSICIONES

11. PROTESTAS DE LEY

12. EXCITATIVAS

a) Para dictaminar iniciativas.

b) Para dictaminar minuta.

c) Para dictaminar punto de acuerdo.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 24, de Abril 21, 2009.

 

                8. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

                       a) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TURNO O TRÁMITE

1

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Educación Pública y Servicios Educativos

 

Publicación en GP:

Anexo III.

21 de abril de 2009.

Que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por los Dips. Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla y Javier González Garza (PRD), Emilio Gamboa Patrón (PRI), Aída Marina Arvizu Rivas (ALT.),  María del Carmen Salvatori Bronca (CONV.), Ricardo Cantú y Rubén Aguilar Jiménez (PT) el 10 de marzo de 2009.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de abril de 2009.

 

Propuesta:

Incluir en las aportaciones federales con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples que reciban los estados de la Federación y el Distrito Federal a la Educación Media Superior.

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 343 votos.

c) Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

2

Comisión de Justicia

 

Publicación en GP:

Anexo III.

21 de abril de 2009.

Que reforma el párrafo primero y deroga el párrafo tercero del artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Jorge Uscanga Escobar (PRI) el 14 de julio de 2004. (LIX)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 13 de octubre de 2005. (LIX)

Dictamen a Discusión presentado el 18 de octubre de 2005. Aprobado por 360 votos. Se turnó al Senado de la República, para efectos de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

Minuta recibida en el Senado de la República el 20 de octubre de 2005. (LIX)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 18 de octubre de 2007.

Dictamen a Discusión presentado el 23 de octubre de 2007. Aprobado por 95 votos. Se devolvió a la Cámara de Diputados, para efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 25 de Octubre de 2007.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de abril de 2009.

 

Propuesta:

Establecer que para la imposición de las multas previstas en esta Ley, se tomará como base el salario mínimo general vigente en la zona geográfica que corresponda al momento de realizarse la conducta sancionada.

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 352 votos.

c) Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

3

Comisión de Equidad y Género

 

Publicación en GP:

Anexo III.

21 de abril de 2009.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Sen. Manuel Velasco Coello (PVEM) el 20 de septiembre de 2007.

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 22 de abril de 2008. Aprobado por 67 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 24 de abril de 2008.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 16 de abril de 2009.

 

Propuesta:

Incluir los conceptos de  acoso sexual, discriminación, perspectiva de género, transversalidad. Implementar medidas que aseguren la conciliación del trabajo y de la vida personal y familiar de las mujeres y hombres. Asimismo, la implementación de acciones y programas tendientes a fomentar el respeto de los derechos y libertades y de la igualdad entre mujeres y hombres, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia; así como a la eliminación de los obstáculos que dificultan la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 347 votos y 1 abstención

c) Devuélvase la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del Art. 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

Publicación en GP:

Anexo III.

21 de abril de 2009.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 27 de marzo de 2009.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 16 de abril de 2009.

 

Propuesta:

Establecer que las declaraciones complementarias sustituirán  a la declaración presentada con antelación, con la finalidad de que el contribuyente cuente con un solo documento para conocer su última declaración. Actualizar las hipótesis contempladas en el artículo 59 del Código Fiscal de la Federación con la finalidad de que las presunciones contempladas en el mismo sean aplicables para la comprobación y pago de contribuciones actualizando, por ende, la aplicación de las tasas fiscales. Por cuanto hace a la Ley del Impuesto Sobre la Renta se establece el concepto de previsión social, así como los requisitos fiscales para la determinación de exención fiscal por ese concepto.

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 339 votos y 2 abstenciones.

c) Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social

 

Publicación en GP:

Anexo III.

21 de abril de 2009.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 12 de febrero de 2009.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 16 de abril de 2009.

 

Propuesta:

Permitir que de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, se puedan realizar retiros como ayuda para gastos de matrimonio y por desempleo, y que los pensionados por retiro, cesantía en edad avanzada y vejez reciban, incluidas en la pensión que adquieran, las asignaciones familiares y ayudas asistenciales. Asimismo, se establece una tarifa progresiva para la aportación del gobierno federal como cuota social.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión:

 

Dip. Miguel Ángel Navarro Quintero (PRD)

 
 

 

Para presentar reservas:

 

Dip. Rosario Ignacia Ortiz Magallón (PRD) *

Arts. 168 y 198

Dip. Horacio Emigdio Garza Garza (PRI) *

Art. 191

 

* Propuso modificación.

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 368 votos y 3 abstenciones, respecto de los artículos no impugnados.

c) En votación económica se desecharon las modificaciones a los Arts. 168 y 198.

d) En votación económica se desechó la modificación al Art. 191.

e) Aprobados en los términos del dictamen los Arts. 168, 191 y 198 en votación nominal por 255 votos, 95 en contra y  6 abstenciones.

f) Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

 

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