Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 4, del 7 de Febrero de 2012.

 

                11. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

                           a) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

 

Publicación en GP:

Anexo III.

7 de febrero de 2012.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Julio Castellanos Ramírez (PAN), el 3 de septiembre de 2009. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada por el Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT), el 18 de noviembre de 2009. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada por el Dip. Guillermo Cueva Sada (PVEM), el 28 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 13 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir como obligaciones del Órgano Rector en la Cámara de Diputados, presentar el Pleno informes semestrales; resolver los recursos de revisión en materia de transparencia; interpretar el reglamento; aplicar las medidas correctivas o de apremio conducentes; diseñar y aplicar indicadores de desempeño en materia de transparencia; establecer indicadores de gestión; emitir semestralmente un análisis y evaluación de las políticas institucionales de transparencia; hacer del conocimiento de la Contraloría Interna las presuntas infracciones en materia de trasparencia. Establecer el procedimiento para la elección de consejeros al Consejo de Transparencia; así como los requisitos que deberán cumplir los aspirantes a ocupar el cargo de consejeros. Incluir como información que deberá publicarse el informe semestral del ejercicio del gasto del presupuesto, debidamente desglosado por partidas y montos, así como el programa de trabajo de la Contraloría Interna. Establecer los requisitos que deberán observarse en las solicitudes de información pública.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión:

Dip. Felipe Solís Acero

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Pedro Vázquez González (PT)

Dip. Pablo Escudero Morales (PVEM). Desde su curul.

Dip. José Luis Jaime Correa (PRD)

Dip. Julio Castellanos Ramírez (PAN)

 

Para hablar en pro:

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por unanimidad de 304 votos.

b) Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

2

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

7 de febrero de 2012.

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 51 Bis1 de la Ley General de Salud, en materia de información en lenguas indígenas.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Manuel Velasco Coello (PVEM) el 3 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 6 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 18 de octubre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida el 20 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 2 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Establecer que los usuarios originarios de pueblos y comunidades indígenas, tengan derecho a obtener la información necesaria en su lengua o variante lingüística en uso en la región o comunidad en la que se trate.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en contra:

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Ariel Gómez León (PRD)

Dip. Rodrigo Reina Liceaga (PRI)

Dip. Silvia Esther Pérez Ceballos (PAN)

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 308 votos en pro y 3 abstenciones.

b) Pasa al Ejecutivo para efectos constitucionales.

3

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

7 de febrero de 2012.

Que adiciona un artículo 28 Bis a la Ley General de Salud, en materia de prescripción de medicamentos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. José Antonio Muñoz Serrano (PAN) el 24 de enero de 2007.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 3 de septiembre de 2007.

Dictamen a Discusión presentado el 6 de septiembre de 2007. Proyecto de decreto aprobado por 374 votos, 5 en contra y 6 abstenciones, se turnó a la Cámara de Senadores, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida en el Senado de la República el 11 de septiembre de 2007.

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 23 de abril de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 64 votos y 11 en contra, se devolvió a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 28 de abril de 2009. (LX Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 2 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Establecer que los únicos que podrán prescribir medicamentos serán los médicos, homeópatas, cirujanos dentistas, médicos veterinarios en el área de su competencia y licenciados en enfermería y deberán contar con cédula profesional expedida por las autoridades educativas competentes. Los pasantes en servicio social, de cualquiera de las carreras antes mencionadas y los enfermeros podrán prescribir ajustándose a las especificaciones que determine la Secretaría de Salud.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en contra:

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Antonio Benítez Lucho (PRI)

Dip. Gloria Trinidad Luna Ruíz (PAN)

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 256 votos en pro, 15 en contra y 6 abstenciones.

b) Pasa al Ejecutivo para efectos constitucionales.

4

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

7 de febrero de 2012.

Que reforma el artículo 456 de la Ley General de Salud, en materia de sanciones por uso de sustancias tóxicas.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. María Cristina Díaz Salazar (PRI) el 23 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 2 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Sancionar al que sin autorización de la Secretaría de Salud o contraviniendo los términos en que ésta haya sido concedida, adicione a los alimentos o agua de consumo animal cuyos productos o subproductos estén destinados al consumo humano substancias tóxicas o peligrosas.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en pro:

Dip. Julio Saldaña Morán (PAN)

Dip. Rodrigo Reina Liceaga (PRI)

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por unanimidad de 275 votos.

b) Pasa a la Cámara de Senadores para efectos constitucionales.

5

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

7 de febrero de 2012.

Que reforma los artículos 31, 43, 115 y 123 de la Ley General de Salud.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. María Cristina Díaz Salazar (PRI) el 23 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 2 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Actualizar la denominación de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial por la de Economía.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en contra:

Dip. Porfirio Muñoz Ledo (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Emilio Serrano Jiménez (PRD)

Dip. María del Carmen Guzmán Lozano (PAN)

Dip. Rodrigo Reina Liceaga (PRI)

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 292 votos en pro y 5 abstenciones.

b) Pasa a la Cámara de Senadores para efectos constitucionales.

6

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

7 de febrero de 2012.

Que reforma las fracciones II, III, IV y V del artículo 61 de la Ley General de Salud, en materia de atención materno-infantil.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. María Cristina Díaz Salazar (PRI) el 6 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 2 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Incluir como acciones prioritarias de la atención materno-infantil, la atención prenatal, prevención de enfermedades hereditarias y congénitas, la revisión de retina y tamiz auditivo, aplicación de tamiz oftalmológico neonatal, para evitar la ceguera y la vigilancia en el crecimiento y desarrollo del niño.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en pro:

Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)

Dip. Rodrigo Reina Liceaga (PRI)

Dip. Oralia López Hernández (PAN)

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 286 votos en pro y 1 abstención.

b) Pasa a la Cámara de Senadores para efectos constitucionales.

7

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

7 de febrero de 2012.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de discapacidad.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por Lucila del Carmen Gallegos Camarena (PAN) el 24 de agosto de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 2 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Modificar el término invalidez por discapacidad. Definir el término discapacidad como la o las deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal que por razón congénita o adquirida, presenta una persona, que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en pro:

Dip. Ariel Gómez León (PRD)

Dip. Lucila del Carmen Gallegos Camarena (PAN)

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 267 votos en pro, 1 en contra y 1 abstención.

b) Pasa a la Cámara de Senadores para efectos constitucionales.

8

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

7 de febrero de 2012.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de células progenitoras o troncales.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por los Dips. Guadalupe Eduardo Robles Medina y Miguel Antonio Osuna Millán (PAN) el 29 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

Iniciativa suscrita por el Dip. Guadalupe Eduardo Robles Medina (PAN) el 29 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 2 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Definir “células progenitoras”. Los establecimientos de atención médica que trasfundan sangre deberán contar con un comité de medicina transfusional.

La Secretaría de Salud promoverá en los establecimientos de atención obstétrica, solicitar a las mujeres embarazadas el donar en forma altruista la sangre placentaria para obtener células troncales o progenitoras.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión:

Dip. Miguel Antonio Osuna Millán

 

Para hablar en contra:

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Ana Elia Paredes Arciga (PAN)

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 262 votos en pro, 7 en contra y 2 abstenciones.

b) Pasa a la Cámara de Senadores para efectos constitucionales.

9

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

7 de febrero de 2012.

Que reforma y adiciona la Ley General de Salud, la Ley General de Educación, la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, la Ley Federal de Radio y Televisión, y la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Sen. Guillermo Tamborrel Suárez (PAN) en el Senado de la República el 25 de julio de 2007.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de noviembre de 2007.

Dictamen a Discusión presentado el 4 de diciembre de 2007. Aprobado por 96 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 7 de diciembre de 2007. (LX Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 2 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Incorporar estrategias y acciones de investigación, prevención, tratamiento, normatividad y legislación, así como de sensibilización y capacitación, en los sectores salud, educativo, comunicaciones y de las políticas de protección a los niños y adolescentes, tendientes a prevenir, reducir la incidencia y prevalencia del uso y abuso de sustancias adictivas, así como la morbi-mortalidad asociadas, y en su caso, para la rehabilitación de las personas que padezcan algún tipo de adicción.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en contra:

Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Ariel Gómez León (PRD)

Dip. Sergio Tolento Hernández (PAN)

Dip. Rodrigo Reina Liceaga (PRI)

Dip. Gerardo del Mazo Morales (NA)

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 260 votos en pro y 5 abstenciones.

b) Devuélvase a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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