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Que reforma los
artículos 25 y 147 de la Ley del
Seguro Social.
Publicación en GP:
Anexo I.
8 de diciembre de 2011. |
Senadores Rogelio Rueda Sánchez,
María de los Ángeles Moreno Uriegas y
Raúl Mejía González
(PRI)
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Se turnó a las Comisiones Unidas de
Hacienda y Crédito Público y de
Seguridad Social,
para dictamen |
Incrementar la cuota que aportarán los
patrones, los trabajadores y el estado
para cubrir las prestaciones en especie
del seguro de enfermedades y maternidad
de los pensionados y sus beneficiarios,
en los seguros de riesgos de trabajo,
invalidez y vida, así como retiro,
cesantía en edad avanzada y vejez de 1.5
por ciento a dos punto veinticinco por
ciento sobre el salario base de
cotización; de dicha cuota,
corresponderá al patrón pagar el uno
punto quinientos setenta y cinco por
ciento, a los trabajadores el cero punto
cinco mil seiscientos veinticinco por
ciento y al Estado el cero punto mil
ciento veinticinco por ciento.
Incrementar al uno punto doscientos
veinticinco y el cero punto cuatro mil
trescientos setenta y cinco por ciento
sobre el salario base de cotización, la
cuota que le corresponde cubrir a los
patrones y a los trabajadores. |