No
|
Iniciativa
|
Origen
|
Turno o
Trámite
|
Materia
|
Propuesta
|
1
|
Con proyecto de decreto que
modifica y adiciona diversos artículos de
la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente.
|
Congreso
del Estado de Jalisco |
Se turnó a la
Comisión de Medio Ambiente y
Recursos Naturales.
|
Medio
Ambiente
|
Actualizar las denominaciones
de las dependencias conforme a la Ley
Orgánica de la Administración Pública
Federal vigente.
1.
Corregir el nombre de lo que antes era la
Secretaría de Medio Ambiente, Recursos
Naturales, Pesca y Alimentación por el de la
Secretaría de medio Ambiente y Recursos
Naturales.
2.
Establecer que las competencias de la antes
Secretaría de Comercio y Fomento Industrial
recaerían en la Secretaría de Economía.
3.
Incluir las sociedades corporativas, con
figuras sujetas a derechos y obligaciones en
la política ambiental. |
2
|
Con proyecto de decreto por
el que se adiciona una fracción X al
artículo 11 de la
Ley Federal para Prevenir y
Eliminar la Discriminación.
Se reforma el inciso c) del artículo 43 y se
adiciona el inciso I) al artículo 49 para
que el actual inciso I) devenga a ser el J)
y los posteriores se recorran sucesivamente,
todos de la
Ley Para la Protección de Derechos de Niñas,
Niños y adolescentes.
|
Diputado
Jorge
Antonio Kahwagi Macari
(PVEM)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Se turnó a las
Comisiones Unidas de Justicia
y Derechos Humanos
y de
Atención a Grupos Vulnerables,
con opinión de la
Comisión Especial de
la Niñez, Adolescencia y Familias.
|
Derechos
Humanos
|
Establecer campañas de
información en los medios de comunicación
para fortalecer los derechos de las niñas,
niños y adolescentes para que puedan
defenderse o negarse a realizar actos que
atenten contra su salud y dignidad.
Emprender campañas de
información que fortalezcan la promoción de
los derechos de las niñas, niños y
adolescentes, y los procedimientos
disponibles para su defensa con el fin de
protegerlos de los peligros que pueden
afectar su vida o salud. |
3
|
Con proyecto de decreto que
reforma el inciso b) párrafo 1 del artículo
12 de la Ley
General de Sistema de Medios de Impugnación
en Materia Electoral.
|
Diputado
Jorge
Antonio Kahwagi Macari
(PVEM
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos.
|
Derechos
Humanos
|
Regular en la Ley General del
Sistema de medios de Impugnación en Materia
Electoral; el procedimiento, acto o
resolución que este en contra de sus
derechos político-electorales.
Dar certidumbre a los
electores de que los procedimientos
electorales son apegados a derecho.
|
4
|
Con proyecto de decreto
por el que se reforma la fracción II del
artículo 15 de la
Ley del Servicio Postal
Mexicano.
|
Diputado
Jorge
Antonio Kahwagi Macari
(PVEM
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Se turnó a la
Comisión de Comunicaciones.
|
Comunicaciones
|
Prohibir la circulación por
correo de los envíos y correspondencia que
contengan materias reactivas, tóxicas y
biológica infecciosas.
Prohibir la circulación
por correo de envíos y correspondencia que
contengan materias reactivas, tóxicas y
biológico–infecciosas. |
5
|
Con proyecto de decreto
que reforma el primer párrafo
del artículo 9 de la
Ley Federal de
Responsabilidades de los Servidores
Públicos.
|
Diputado
Juan
Fernando Perdomo Bueno
(PC) |
Se turnó a las Comisiones
Unidas de Justicia Y Derechos Humanos y de
Gobernación.
|
Servidores
Públicos
|
Suprimir la parte conducente
sobre el supuesto para presentar una
denuncia de juicio político, en lo relativo
a la más estricta responsabilidad de los
ciudadanos.
Que cualquier ciudadano
podrá formular por escrito denuncias contra
un servidor público ante la Cámara de
Diputados; y en el caso de ciudadanos,
pueblos y comunidades indígenas del país,
serán asistidos por traductores para
elaborar la denuncia, si así lo solicitan.
Dicha denuncia podrá presentarse por escrito
en la lengua indígena. |
6
|
Con proyecto de decreto
que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la
Ley que Establece las
Normas Mínimas sobre Readaptación Social de
Sentenciados.
|
Diputado
Jorge
Leonel Sandoval Figueroa
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Seguridad
Pública.
|
Readaptación Social
|
Actualizar los ordenamientos
aplicables para garantizar la
igualdad jurídica y el respeto a la
condición humana de los internos.
Modificar en la legislación nacional
el término reo o delincuente
por el de interno, propiciando su
reincorporación a la sociedad o el
cumplimiento de su condena atendiendo sus
capacidades físicas y cognoscitivas. |
7
|
Con proyecto de decreto que
reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley del
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Estado,
y de la Ley
del Seguro Social.
|
Diputada
María
Martha Celestina Eva Laguette Lardizábal
(PRI) |
Se turnó a las Comisiones
Unidas de Trabajo y Previsión Social y de
Seguridad Social.
|
Seguro
Social
|
Que los nietos reciban
extensivamente el servicio
médico-asistencial de que sean beneficiarios
titulares sus abuelos.
Prever que tendrán derecho a los
servicios de salud los nietos del
derechohabiente, reconocidos legalmente sólo
por su madre, siempre y cuando.
A)
Cuando la madre del menor es, a su vez,
menor de edad, y depende económicamente del
derechohabiente;
B)
Cuando la madre del menor es mayor de edad,
pero menor de veinticinco, y la misma se
encuentre realizando estudios de nivel medio
o superior, de cualquier rama del
conocimiento en planteles oficiales o
reconocidos, y que no tenga, por tanto, un
trabajo remunerado; o
C)
Cuando la madre del menor, aún siendo mayor
de edad, se encuentre incapacitada física o
psíquicamente, no pudiendo por tal motivo
trabajar para obtener su subsistencia. |
8
|
Con proyecto de decreto
que adiciona el artículo 221
Bis al
Código Penal Federal.
|
Diputado
Fidel
René Meza Cabrera
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos.
|
Penal
|
Incluir en el Código Penal
Federal una figura de delito con la
denominación de “tráfico de influencia”.
1. Cometen el delito de
tráfico de influencia:
Los miembros de las
cámaras de Diputados y Senadores,
integrantes del Congreso de la Unión,
quienes representen en juicios
administrativos, jurisdiccionales o de
cualquier índole, por sí o por interpósita
persona, los intereses patrimoniales de
personas físicas o morales, frente a los
intereses de personas morales o de derecho
público, con cualquier carácter.
Una vez que hayan
perdido su inmunidad, en los términos del
Título Cuarto de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos y la Ley
Federal de Responsabilidades de los
Servidores Públicos, se les impondrá de
cuatro a doce años de prisión y multa de
quinientas veces el salario mínimo vigente
en el Distrito Federal en el momento de
cometerse el delito y los ex diputados serán
inhabilitados por seis años y los ex
senadores por doce años, para desempeñar
otro cargo, empleo o comisión públicos.
|
9
|
Con proyecto de decreto
por el que se reforma la
fracción XII y se adiciona una al artículo
quinto de la
Ley de los Institutos
Nacionales de Salud.
|
Diputado
Martha
Palafox Gutiérrez
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Salud.
|
Salud
|
Establecer que el Instituto Nacional
de Trasplantes será considerado como
Instituto Nacional de salud.
Señalar que el Instituto Nacional de
Trasplantes será considerado como Instituto
Nacional de Salud para la atención e
investigación de los padecimientos
susceptibles de resolverse mediante
trasplante de órganos, células y tejidos. |
10
|
Con proyecto de decreto que
modifica la denominación del Capítulo VII
del Título Décimo Noveno del Libro Segundo
del Código
Penal Federal.
|
Diputada
María de
Jesús Aguirre Maldonado
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos.
|
Penal
|
Modificar la denominación del
Título Décimo Noveno del Código Penal
Federal ".
Modificar la denominación del Capítulo
VII del Título Décimo Noveno del Código
Penal Federal "Abandono de Personas" a el
nombre de "Abandono de personas y de
familia". Ya que la noción de que si bien es
grave abandonar a cualquier persona incapaz
de cuidarse a si misma, abandonar a la
familia es una cuestión muy delicada que
debe reconocerse como tal. |
11
|
Con proyecto de decreto por
el que se adiciona el Capítulo XV Bis y los
artículos 353 Bis 1 al 353 Bis 12 a la
Ley Federal del
Trabajo.
|
Diputado
Pablo
Franco Hernández
(PRD)
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Se turnó a la
Comisión Trabajo y Previsión
Social.
|
Laboral
|
Adicionar un capitulo XV Bis a la
Ley Federal de Trabajo que considere los
derechos especiales de los y las
trabajadoras enfermeras.
1.
Considera el respeto a sus derechos
laborales y en general el respeto a los
derechos humanos tanto de quienes ofrecen
servicios para la vida, como son los y las
enfermeras, como de la sociedad que debe
recibirlos.
Estos rubros incluyen
artículos referentes a:
1)
Contratación del personal necesario
atendiendo a los indicadores nacionales e
internacionales, que dan seguridad para
proporcionar una atención de salud sin
riesgos innecesarios;
2)
Dotación de recursos materiales, que den las
facilidades para proporcionar el servicio
que se requiere y un mejor desempeño
laboral;
3)
Propuesta de un salario que como mínimo
pueda cubrir necesidades para una vida
digna, sin tener que recurrir a varias
jornadas de trabajo por día. Se propone una
comisión integrada con representantes
gubernamentales y de enfermeras, para fijar
salarios anualmente. Así mismo se señala que
la antigüedad sea computada desde el primer
día de servicios; se prevé también el doble
número de días de vacaciones, que considera
el artículo 76 de esta ley, con goce de la
prima vacacional
correspondiente;
4)
Las jornadas de trabajo, consideran su
duración máxima, el tiempo para superación y
participación en temas de políticas de salud
y desarrollo profesional, así como los
tiempos y condiciones para la recuperación
fisiológica y psicológica;
5)
Las medidas de protección al trabajador
abarcan el aspecto jurídico, asesoría, la
prevención y eliminación de riesgos
innecesarios, las medidas contra la
violencia y el hostigamiento sexual y las
posibilidades para presentar denuncias y
realizar las demás acciones y recursos
legales;
6)
Las obligaciones consideran la prestación de
servicios basados en la ética profesional y
en la necesidad de una educación continua
que optimice la calidad de la atención de la
salud, otorgada con un elevado sentido
humanista. |
12
|
Con proyecto de decreto que
reforma el artículo 65 de la
Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos
y que reforma los artículos 4 numeral 1, 6 y
7 de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos,
y los artículos 1 y 12 del
Reglamento para el Gobierno
Interior del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos.
|
Diputado
Gonzalo
Guizar Valladares
(PRI) |
Se turnó a las Comisiones
Unidas de Puntos Constitucionales y de
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
|
Reglamentaria
|
Establecer que el inicio del
Primer Periodo de sesiones se realice el
primer domingo de septiembre de cada año.
Establecer que el inicio del
primer periodo de sesiones sea el primer
domingo de septiembre de cada año, en lugar
del primero de septiembre, como ha sido
hasta ahora, y por lo tanto el informe de
gobierno se presentaría en esta fecha. |
13
|
Con proyecto de
decreto
que reforma el artículo 80 de
la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
|
Diputado
Jorge
Triana Tena
(PAN) |
Se turnó a la
Comisión de Puntos
Constitucionales.
|
Constitucional
|
Eliminar el adjetivo "supremo” al
texto del artículo 80 constitucional.
Eliminar el adjetivo "supremo" al texto
del artículo 80 constitucional, teniendo
como fin la erradicación de la concepción
del presidencialismo hegemónico que está por
encima de cualquier otra institución, y
contribuir al fortalecimiento de la división
de poderes en nuestro país. |
14
|
Con proyecto de decreto que
reforma el último párrafo artículo 19 de la
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos,
en materia de abusos y malos tratos en los
centros penitenciarios del país.
|
Diputado
Juan
Fernando Perdomo Bueno
(PC) |
Se turnó a la
Comisión de Puntos
Constitucionales.
|
Constitucional
|
Establecer que cualquier
forma de maltrato, ya sea físico o
psicológico en las prisiones será
considerada como abuso que el Estado tiene
la obligación de erradicar.
Establecer que
Cualquier forma de maltrato, ya sea físico o
psicológico en la aprehensión o en las
prisiones, toda molestia que se infiera sin
motivo legal, toda gabela o contribución en
las cárceles, son abusos que el Estado tiene
la obligación de erradicar.
|
15
|
Con proyecto de decreto
por el que se expide la
Ley de Zonas
Costeras.
|
Diputada
Irene
Herminia Blanco Becerra
(PAN) |
Se turnó a la
Comisión de Medio Ambiente y
Recursos Naturales.
|
Medio
Ambiente
|
Crear la Ley de Zonas Costeras
para establecer el régimen jurídico para la
administración, determinación , uso,
protección, aprovechamiento y manejo
sustentable de las zonas costeras de los
mares, ríos, lagos, lagunas, islas, isletas,
cayos, archipiélagos y humedales.
Tiene por objeto establecer
el régimen jurídico para la administración,
determinación, uso, protección,
aprovechamiento y manejo sustentable de las
zonas costeras de los mares, ríos, lagos,
lagunas, islas, isletas, cayos,
archipiélagos y humedales.
Las disposiciones de la
presente ley se aplicarán en todo el
territorio nacional y particularmente en las
circunscripciones geográficas que posean en
su demarcación territorial zonas costeras. |
16
|
Con proyecto de decreto que
reforma los artículos 336 Ter y 337 del
Código Penal
Federal.
|
Diputado
Emilio
Serrano Jiménez
(PRD) |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos,
con opinión de la
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
|
Penal
|
Proponer nuevas reglas para el
delito de abandono y para la extinción de la
acción penal.
Establecer que el delito
de abandono de ascendientes se perseguirá de
oficio.
Se declarará extinguida la acción
penal, oyendo previamente la autoridad
judicial al representante de los
ascendientes, cuando el procesado cubra los
alimentos vencidos, y otorgue garantía
suficiente a juicio del Juez para la
subsistencia de los ascendientes. |
17
|
Con proyecto de decreto
que adiciona una fracción V
al artículo 420 Bis del
Código Penal Federal.
|
Diputado
José
Antonio Cabello Gil
(PAN) |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos.
|
Penal
|
Precisar pena a quien con el
objeto de utilizar el sistema de quema de
tierras para explotar suelos provoque un
incendio que se propague y produzca
perjuicios en propiedad de terceros.
Se impondrá pena de dos a diez años de
prisión y por el equivalente de trescientos
a tres mil días multa, a quien ilícitamente,
con el objeto de utilizar el sistema de
quema de tierras a fin de explotar suelos
para cualquier tipo de actividad productiva,
provoque un incendio que se propague y
produzca perjuicios en propiedad de
terceros. |
18
|
Con proyecto de decreto
que adiciona diversas
disposiciones a la
Ley de los Derechos de las
Personas Adultas Mayores.
|
Diputado
Emilio
Serrano Jiménez
(PRD)
Nota:
Suscrita por diputados federales de las
diversas Fracciones Parlamentarias del PRI,
PRD, PVEM y PC |
Se turnó a la
Comisión de Atención a Grupos
Vulnerables.
|
Derechos
Humanos
|
Propone la vigilancia y el
control de los denominados asilos con el fin
de verificar la calidad de vida que ofrecen
a los adultos mayores.
El fin principal es el seguimiento
continuo de un control en cuanto al nivel de
vida que ofrecen los asilos tanto públicos
como privados, teniendo como prioridad el
mejoramiento de las condiciones de vida, de
tal forma que se construya un marco jurídico
mas completo a favor de los adultos mayores,
sobre todo respecto a los espacios en que se
desarrolla gran parte de su vida, como lo es
el hogar y los asilos. |
19
|
Con proyecto de decreto que
reforma el artículo 17 de la
Ley de Ingresos de la
federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.
|
Diputado
Guillermo Velasco Rodríguez
(PVEM) |
Se turnó a la
Comisión de Hacienda y
Crédito Público.
|
Ingresos
|
Otorgar un estimulo fiscal a
los contribuyentes que dedican la totalidad
o porciones de sus tierras exclusivamente a
acciones de preservación y que se encuentren
certificados por la Secretaría de medio
Ambiente y Recursos Naturales en la Ley de
Ingresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal de 2006.
1.
Permitir el acreditamiento de la inversión
directa en bienes, servicios y pagos de
jornales destinados exclusivamente a
acciones de preservación, contra una
cantidad equivalente al impuesto activo
determinado en el ejercicio.
2.
Establecer que en caso de que el
contribuyente no cumpla con las obligaciones
establecidas durante el plazo indicado en el
certificado correspondiente emitido por la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, el monto del estímulo fiscal
acreditado deberá ser reintegrado a la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
incluyendo recargos fiscales
correspondientes a dicho monto.
|
20
|
Con proyecto de decreto
que reforma y adiciona las
fracciones 3 y 4 del artículo 24 del
Código Penal
Federal.
|
Diputado
Angélica
De la Peña Gómez
(PRD) |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos.
|
Penal
|
Propone el seguimiento de las
conductas de los sujetos activo y pasivo del
delito.
Que las penas y medidas de seguridad
son el tratamiento en internamiento o en
libertad de inimputables o tratamiento e
internamiento o en libertad de imputables;
la prohibición de ir a un lugar determinado
o detener cualquier tipo de contacto o
relación con persona determinada. |
21
|
Con proyecto de decreto por
el que se adiciona un tercer, cuarto y
quinto párrafos al artículo 59 y adiciona
uno 59 bis a la
Ley General de Educación.
|
Diputado
Juan
Pérez Medina
(PRD) |
Se turnó a la
Comisión de Educación Pública
y Servicios Educativos.
|
Educación
|
Regular la participación de los
particulares y extranjeros en la educación
mexicana.
1.
Crear un Consejo, el cual estará integrado
por el titular de la Secretaría de Educación
Pública, los secretarios Educación de los
estados y la Asociación Nacional de
Universidades e Instituciones de Educación
Superior.
2.
El Consejo recibirá de la Secretaría de
Educación Pública las solicitudes de los
inversionistas extranjeros para operar
servicios educativos, desde el nivel
preescolar hasta el superior, en todos sus
tipos y modalidades, a fin de dictaminar la
autorización correspondiente para la
prestación de dichos servicios en campus
abiertos de universidades extranjeras,
instituciones que ofrezcan cursos en línea
para la obtención de grados extranjeros,
organismos que realizan una transmisión
mercantil de conocimientos o su acreditación
universidades, privadas o públicas, que
acuerden con sus contrapartes mexicanas la
prestación de servicios educativos.
3.
Asimismo, el Consejo evaluará y dictaminará
las solicitudes que les sean turnadas por la
Secretaría de Educación Pública, para lo
cual se regirá por lo estipulado en
legislación mexicana en materia educativa y,
en particular. |
22
|
Con proyecto de decreto que
adiciona un artículo 307 Bis al
Código Federal de
Procedimientos Penales.
|
Diputado
Hugo
Rodríguez Díaz
(PRI)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos.
|
Penal
|
Proponer requisitos
para la acreditación de la responsabilidad
del acusado.
1.
No podrá condenarse a un
acusado si no está plenamente acreditado:
a)
Que cometió el delito que se le imputa; y
b) Su intencionalidad en la comisión
del delito doloso.
En caso de duda, se dictará
sentencia absolutoria.
Además, en caso de sentencia
acusatoria, deberá considerarse
integralmente el análisis de la personalidad
de a quien se le condena. |
23
|
Con proyecto de decreto que
modifica el artículo 203 de la
Ley General de
Salud,
a fin de ordenar la maquila de medicamentos
en la industria farmacéutica nacional.
|
Diputado
Benito
Chávez Montenegro
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Salud.
|
Salud
|
Ordenar la maquila de
medicamentos en la industria farmacéutica
nacional
Regular la industria farmacéutica
nacional a fin de que exclusivamente se
autoricen las "maquilas" de medicamentos
cuando existan causas de fuerza mayor que
impidan al titular de un producto con
registro sanitario llevar a cabo la
producción regular de dicho producto y que
esta figura sea la excepción y no la regla
dentro de la citada industria. |
24
|
Con proyecto de decreto que
adiciona y modifica diversas disposiciones
de la Ley
para Regular las Sociedades de Información
Crediticia.
|
Diputado
Salvador
Márquez
Lozornio
(PAN) |
Se turnó a la
Comisión de Hacienda y
Crédito Público.
|
Crédito
|
Dar publicidad a la información
sobre el Buró de Crédito, incluyendo la
ubicación de las unidades especializadas de
información.
1.
Establecer que los usuarios ya sean
entidades financieras o empresas
comerciales, tendrán la obligación de
colocar en lugar visible información sobre
la Sociedad de Información Crediticia, con
el objeto de que el cliente conozca sus
derechos y adonde acudir en caso de
reclamación.
2.
Señalar la facultad y el plazo en el cual el
Banco de México y la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores, pueden imponer
sanciones de carácter administrativo por la
comisión de una infracción. Este plazo
actualmente prescribe a los 3 años, la
intención de la presente iniciativa es que
lo haga a los 4 años. |
25
|
Con proyecto de decreto que
reforma el
Código Penal Federal
|
Diputado
Luis Maldonado Venegas
(PC)
|
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos.
|
Penal
|
Propone la penalidad vitalicia
para diversos delitos.,
Establecer la
modificación de diversos artículos del
capitulo II del Código Penal Federal
referente al homicidio y del Titulo Vigésimo
primero relativo a la privación de la
libertad para incorporar la penalidad
vitalicia. |
26
|
Con proyecto de decreto
que reforma el artículo 122 y
adiciona un artículo 122 Bis a la
Ley de Aguas
Nacionales
|
Diputado
José
Mario Wong Pérez
(PRI) |
Se turnó a la
Comisión de Recursos
Hidráulicos.
|
|
Precisar las sanciones
relativas a la clausura de los pozos y de
las obras para la extracción o
aprovechamiento de las aguas nacionales.
1. Para los casos
relativos a la clausura, la Autoridad del
Agua impondrá:
I. La clausura parcial
en los casos de las fracciones II, III, VI,
VII, XVIII, XIX y XXI.
II. La clausura total en
los casos de las fracciones IV, V, X, XI,
XIII, XIV, XV, XVI, XXII y XXIII, así como
para el caso de reincidencia a que se
refiere el artículo 122 en su párrafo
primero.
III. La clausura
definitiva en los casos de las fracciones I,
VIII, IX, XII, XVII, XX y XXIV.
Igualmente, la Autoridad
del Agua impondrá la clausura definitiva de
la empresa o establecimiento causantes
directos de la descarga, en el caso de
incumplimiento de la orden de suspensión de
actividades o suspensión del permiso de
descarga de aguas; o por el caso de
explotación, uso o aprovechamiento ilegal de
aguas nacionales a través de infraestructura
hidráulica sin contar con el permiso con
carácter provisional, concesión o asignación
que se requiera conforme a lo previsto en la
presente ley, o en el caso de pozos
clandestinos o ilegales. |