PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO.

Datos Relevantes de la Sesión N° 11, Octubre 11, 2005.

 6. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

No.

Origen

Dictamen

Turno o Trámite

1

Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Economía

     Proyecto de decreto que expide la Ley de Productos Orgánicos.

 

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada por el Sen. Ricardo Gerardo Higuera (PRD) en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 25 de noviembre de 2003.

     2. Dictamen de Primera Lectura presentado en Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores del 21 de abril de 2005.

     3. Dictamen a discusión presentado en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 26 de abril de 2005 y aprobado por  85 votos en pro.

     4. Minuta presentada en Sesión Ordinaria del 28 de abril de 2005.

 

     Materia: Agricultura Orgánica.

 

     Propuesta:

     Las Comisiones dictaminadoras coinciden con la descripción de la Colegisladora de los objetivos, contenidos y alcanzados de la Ley.

 

     1. Promover y regular los criterios y/o requisitos para la conversión, producción, procesamiento, elaboración, preparación, acondicionamiento, almacenamiento, identificación, empaque, etiquetado, distribución, transporte, comercialización, verificación y certificación de productos producidos orgánicamente.

     2. Señalar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación como cabeza de sector y la responsable de su interpretación y aplicación para efectos administrativos otorgándoles facultades en tal sentido.

     3. Incorporar en los sistemas de producción orgánica la recolección de productos y subproductos de la vida silvestre así como productos y subproductos de la silvicultura.

    4. Establecer los principios básicos que deberán observarse con respecto a la comercialización internacional; en aspectos tales como la conversión de sistemas de producción convencionales, producción, procesamiento, almacenamiento, transporte y comercialización y mandata que deberán emitirse disposiciones aplicables, definidas como normas, lineamientos técnicos, pliegos de condiciones o cualquier otro documento normativo emitido por las Dependencias de la Administración Pública Federal que tengan competencia en las materias reguladas en este ordenamiento.

     5. Crea el Consejo Nacional de Producción Orgánica como un órgano de consulta de la Secretaría, que se integrará por el Titular de la Secretaría, quien lo presidirá, por representantes de las organizaciones de procesadores orgánicos, de comercializadores, de organismos de certificación, consumidores y de organizaciones nacionales de productores de las diversas ramas de la producción orgánica.

     6. Establece los criterios sobre el uso de métodos, substancias y/o materiales que se usen en la producción orgánica.

     7. Establece las condiciones que deberán reunir los productos e insumos de la producción orgánica que se importen al país.

     8. Otorgar apoyos directos así como a poner a disposición esquemas de financiamiento a los productores, para estimular e incrementar la eficiencia de las unidades de producción, además de programas para impulsar el desarrollo de los operadores orgánicos y organismos de certificación nacionales, entre otras acciones.

 

     Quedó de Primera Lectura.

2

Comisión de Ciencia y Tecnología

     Proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 13 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

 

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada por el Dip. Omar Ortega Álvarez (PRD) en Sesión de la Comisión Permanente del 9 de Junio de 2004.

 

     Materia: Estímulos Económicos.

 

     Propuesta:

     Que los contratos o convenios celebrados con personas físicas para apoyar su formación de alto nivel o de posgrado de calidad en instituciones de educación superior o de investigación, públicas o privadas, que se encuentren en el país o en el extranjero, no podrán sujetarse a requerimientos que obliguen ó condicionen a garantizar el pago del monto económico ejercido, salvo en caso de incumplimiento imputable al beneficiario o de no retorno al país, una vez terminado el período acordado u obtenido el grado.

 

     Quedó de Primera Lectura.

3

     Proyecto de de decreto que adiciona las fracciones XIII y XIV al artículo 5 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

 

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada por el Dip. Omar Bazán Flores (PRD) en Sesión Ordinaria del 24 de febrero de 2005.

 

     Materia: Ciencia/Tecnología.

 

     Propuesta:

     Integrar al Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico a la Academia Mexicana de Ciencias y a la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior.

     Quedó de Primera Lectura.

4

Comisión de Economía

     Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.

 

     Proceso Legislativo:

    1. Iniciativa presentada por el Dip. Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (PAN), el 25 de marzo de 2002.

     2.  Dictamen de Primera Lectura presentado en Sesión Ordinaria del 14 de de noviembre de 2002 (LVIII Legislatura).

     3. Dictamen a Discusión presentado en Sesión Ordinaria del 21 de noviembre de 2002 (LVIII Legislatura).

     4. Iniciativa presentada por el Sen. David Jiménez González, en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 23 de abril de 2002.

     5. Iniciativa, presentada por el Sen. Fauzi Hamdán Amad (PAN), a nombre propio y de otros Senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 7 de septiembre de 2004

     6. Minuta presentada en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 26 de noviembre de 2002 (LVIII Legislatura).

     7. Dictamen de Primera Lectura presentado en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 25 de noviembre de 2004.

     8. Dictamen a Discusión presentado en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 30 de noviembre de 2004 y aprobado por 87 votos en pro.

     9. Minuta presentada el 2 de diciembre de 2004.

 

      Materia: Industrial/Franquicias.

 

     Propuesta:

    1. Se hace imprescindible ampliar, actualizar y valorizar la figura de la franquicia en la legislación mexicana..

     2. Que es necesario establecer en los artículos 190, 191 y 193 de la Ley de la Propiedad Industrial, la obligación de qué documentos debe exhibir el solicitante en el procedimiento de la emisión de declaración administrativa de nulidad, caducidad, cancelación o infracción administrativa de una marca, ante el IMPI, a fin de que al correr traslado de la solicitud al tercero afectado, quede éste debidamente notificado.

     3. Estas reformas tienen el propósito de asegurar, que las relaciones jurídicas establecidas bajo la figura de franquicia, se realicen bajo un sano desarrollo, lo que viene a fortalecer a este sector, en virtud de que presentaba importantes lagunas jurídicas que podían manifestarse en desventajas, que tarde o temprano, limitarían su crecimiento en nuestro país.

     4. Se aprueba con modificaciones la Minuta con Proyecto de Decreto que Reforma y Adiciona Diversas Disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.

 

     Quedó de Primera Lectura.