GLOSA DE ASUNTOS ABORDADOS

1. OFICIOS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN

2. COMUNICACIONES

a) De la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal

b) Del Instituto Mexicano del Seguro Social

c) De la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, III Legislatura

d) De las Legislaturas de los Estados

  e) De CC. Legisladores

f)  De Licencias de CC. Diputados

 g) De Reincorporación de CC. Diputados

3. INICIATIVAS

    4. VISITA DE LEGISLADORES DEL ESTADO DE MICHIGAN, E.U.A. (Comisión de Cortesía)

       5. DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

      6. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

7.     TOMA DE PROTESTA

        8. COMUNICACIONES DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA CÁMARA DE SENADORES

     9. PROPOSICIONES

10. PUNTOS DE ACUERDO

11. PRONUNCIAMIENTOS

       12. AGENDA POLÍTICA

SEGUNDO RECESO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

Datos Relevantes de la Sesión N° 10. Julio 06, 2005.

      3. INICIATIVAS

No.

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

     Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto de las Islas Marías.

Diputado

Jorge Leonel Sandoval Figueroa

(PRI)

 

Nota: Sin intervención en tribuna.

      Se turnó a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados.

 

Civil

     Brindar al sistema de Seguridad Pública  un marco legal dedicado a rescatar la funciónalidad de la Colonia Penal de las Islas Marías.

 

     Señalar que en las Islas Marías habrá el número de Juzgados en materia civil y penal necesario para atender los asuntos de su competencia al interior del centro penitenciario dependientes del Poder Judicial de la Federación, los cuales estarán debidamente integrados por los secretarios de acuerdos y servidores públicos necesarios para desempeñar sus fines conforme lo establecido en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para la Secretaría de Seguridad Pública.

2

     Con proyecto de decreto por el cual se adiciona un Artículo Noveno Transitorio a la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores.

Diputado

David Hernández Pérez

(PRI)

 

A nombre de los diputados Rafael Sánchez Pérez (PRI) y Lázaro Arias Martínez (PRI)

 

Suscrita por Diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PRD

     Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

Sociedades Cooperativas

     Adicionar un Artículo Noveno Transitorio, a efecto de contemplar otras premisas que permitan generan mayor flexibilidad, facilidad y beneficio no solo de los ahorradores afectados, si no a las mismas instancias involucradas en el proceso correspondiente.

 

     Facilitar la recuperación de los depósitos de Ahorradores de sociedades irregulares no sujetas a apoyo en los términos de esta Ley, el Fideicomiso procederá, previa instrucción del Comité, al pago de los depósitos correspondientes siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

     a) Que para la comisión del delito por parte de una o más personas físicas, éstas hayan actuado al amparo de una razón social o nombre comercial.

     b) Que la captación de recursos del público se haya efectuado con base en anuncios en medios de comunicación, en los cuales se haya usado precisamente la razón social o nombre comercial a que alude el inciso anterior.

     c) Que tal captación de recursos haya dejado de hacerse con antelación al 30 de noviembre del 2000.

     d) Que los ahorradores hubiesen formulado denuncia penal en contra de los supuestos representantes de las empresas inexistentes, con antelación al 31 de diciembre de 2001; y que como consecuencia de ello, hayan sido sujeto a proceso judicial.

     e) Que las actividades descritas en el presente artículo hayan sido sujetas a investigación por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y exista una declaración de procedencia de delito emitida por la Procuraduría Fiscal de la Federación antes del 31 de diciembre de 1999.

     f) Que las sociedades en cuestión hayan sido sujetas de auditoria contable, con antelación al 31 de diciembre del 2004 y que como consecuencia de ello se haya comprobado su insolvencia.

3

    Con proyecto de decreto que adiciona un artículo 202 Bis al Código Penal Federal y reforma la fracción V del artículo 2º de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, con el objeto de tipificar el delito de utilización o facilitación de medios de comunicación para obtener contacto sexual con personas menores de dieciocho años de edad.

 

Diputada

Cristina Portillo Ayala

(PRD)

 

Nota: Sin Intervención en tribuna.

     Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.

 

Penal

     Con la tipificación del delito de utilización de medios de comunicación para tener contacto sexual,  se busca por una parte el de salvaguardar la seguridad sexual de menores e incapaces y por el otro inhibir el desarrollo de conductas que faciliten la consumación de otros ilícitos, como pornografía infantil, turismo sexual y tráfico de personas.

 

     Adicionar un artículo 202 Bis al Código Penal Federal para sancionar de cinco a diez años de prisión y multa de quinientos a mil días, al que utilice o facilite el correo tradicional, las redes globales de información, o cualquier otro medio para obtener contacto sexual con personas menores de dieciocho años de edad, con personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o con personas que no tienen capacidad para resistirlo.

4

     Con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción II del artículo 103 del Código Fiscal de la Federación.

Diputado

Francisco Amadeo Espinosa Ramos

(PT)

     Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

Fiscal

     Señalar que el Ejecutivo Federal deberá instrumentar el Programa de Regularización de Vehículos Automotores.

 

     Establecer que respecto a los vehículos extranjeros que cubran con los requisitos que al efecto señale el Programa de Regularización de Vehículos Automotores, que emita la Secretaría, no tendrán ningún problema los poseedores o conductores de dichos vehículos.

5

     Con proyecto de decreto, para inscribir con letras de oro en el Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre "Ignacio L. Vallarta".

Diputado

David Hernández Pérez

(PRI)

      Se turnó a la Comisión de Reglamentos y Practicas Parlamentarias, de la Cámara de Diputados.

Cívica

     Inscribir con letras de oro en los muros del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el siguiente nombre:"IGNACIO L. VALLARTA"

 

    Inscribir con letras de oro en el Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre "Ignacio L. Vallarta".

6

      Con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para proteger los ingresos de la clase trabajadora.

Diputado

Rafael García Tinajero Pérez

(PRD)

 

Suscrita por Diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRD y PRI

   Nota: Conforme a Comunicación de la Mesa Directiva del 10 de agosto de 2005 y publicada en Gaceta Parlamentaria del día 17 de agosto de 2005; se modificó el trámite; a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

     Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Impuestos

   Mantener la equidad y proporcionalidad vigentes en el Impuesto sobre la Renta de las personas físicas que tienen ingresos por salarios.

 

     Reformar la Ley del Impuesto Sobre la Renta a fin de regresar al status vigente en 2005, a fin de mantener la equidad y proporcionalidad de las personas físicas que tiene ingresos por salarios, eliminando los gravámenes a las prestaciones de los trabajadores.

7

     Con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo primero del inciso e) de la fracción I del artículo 189; se adiciona una fracción II Bis al artículo 195, ambos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; se reforma el párrafo 1 del artículo 87; se adiciona un párrafo 2 al artículo 87; se reforma el párrafo 1 del artículo 90; se reforma el párrafo 1 del artículo 91; y se reforma el inciso a) del párrafo 2 del artículo 93, todos de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Senador

Héctor Larios Córdoba

(PAN)

 

A nombre del Senador

Jesús Galván Muñoz

(PAN)

     Se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Primera, de la Cámara de Senadores.

Electoral

     Garantizar el principio de economía procesal en la resolución de los asuntos en materia electoral.

 

     Otorgar a las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, competencia para conocer y resolver, en forma definitiva e inatacable, las controversias que se susciten por los juicios de revisión constitucional electoral, en única instancia y en los términos previstos en la ley de la materia, por actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades competentes para organizar, calificar o resolver las impugnaciones en los procesos electorales de las entidades federativas, que violen un precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que puedan resultar determinantes para el desarrollo del proceso electoral respectivo o el resultado final de las elecciones de diputados locales, diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como de ayuntamientos o de los titulares de los órganos político-administrativos del Distrito Federal. Dejando por tanto, la facultad de conocer y resolver del mencionado juicio de revisión a la Sala Superior, por lo que hace a los supuestos de elección de Gobernadores y del Jefe de Gobierno del Distrito Federal.