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                                  |  |  
                                  | 
Segundo Período de Sesiones Ordinarias delSegundo Año de Ejercicio
 |  
                                  | 
                                    
                                    
                                     Sesión  
									29,  
                                    
                                    
                                    del 27 de Abril de 2011. |  
                            
                                
                              
                              
                                           
                              
                              
  
                                                             
                              
                				
								
								9. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENESCOMUNICACIÓN DE LA 
                              MESA DIRECTIVA 
                              
                              
                              
								                           
								a) Con proyecto de decreto. 
									
										| 
										
										
										No. | 
										
										
										ORIGEN | 
										
										
										DICTAMEN | 
										
										
										TRÁMITE |  
										| 
										
										
										1 | 
										
										
										Comisión de Economía 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo II. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que adiciona un párrafo tercero al 
										artículo 1424 del Código de Comercio. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Sen. Francisco Arroyo 
										Vieyra (PRI) el 08 de marzo de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de 
										Primera Lectura presentado el 31 de 
										marzo de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a 
										discusión presentado el 05 de abril de 
										2011. Proyecto de decreto aprobado por 
										79 votos. Se turnó a la Cámara de 
										Diputados para los efectos del Apartado 
										A) del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 
										07 de abril de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que cuando un residente en el 
										extranjero se hubiese sujetado 
										expresamente a un acuerdo de arbitraje e 
										intentara un litigio individual o 
										colectivo, el juez remitirá a las partes 
										al arbitraje. Si el juez negase el 
										reconocimiento del laudo arbitral 
										quedarán a salvo los derechos de la 
										parte actora para promover la acción 
										procedente.  | 
										
										Se 
										cumple con la declaratoria (art. 87 RCD) |  
										| 
										
										
										2 | 
										
										
										Que adiciona, reforma y deroga diversas 
										disposiciones de la Ley General de 
										Sociedades Mercantiles. 
										
										
										  
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Miguel Antonio 
										Osuna Millán (PAN) el 22 de febrero de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Eliminar el procedimiento de 
										constitución de Sociedades Anónimas por 
										suscripción pública; así como los Bonos 
										de Fundador y las Acciones de trabajo y 
										las de goce. |  
										| 
										
										
										3 | 
										
										
										Comisión de Salud 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo II. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que reforma los artículos 100, 103; y 
										adiciona los artículos 102 y 102 Bis de 
										la Ley General de Salud. 
										
										
										  
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por la Dip. María Cristina Díaz 
										Salazar (PRI) el 28 de abril de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Determinar que para la investigación en 
										seres humanos sobre el empleo de 
										medicamentos que no cuenten con 
										evidencia científica de su eficacia, se 
										deberá contar con el consentimiento 
										informado por escrito del sujeto en 
										quien se realizará la investigación. La 
										Secretaría de Salud podrá habilitar como 
										terceros autorizados para lo dispuesto 
										en este Capítulo, a instituciones 
										destinadas a la investigación para la 
										salud, que cumplan con los requisitos de 
										Ley. El médico podrá utilizar recursos 
										terapéuticos o de diagnóstico bajo 
										investigación, en el tratamiento de una 
										persona enferma, cuando exista 
										posibilidad fundada de salvar la vida, 
										restablecer la salud o disminuir el 
										sufrimiento del paciente, siempre que 
										cuente con el consentimiento informado 
										por escrito de éste.  |  
										| 
										
										
										4 | 
										
										
										Que reforma y adiciona diversas 
										disposiciones de la Ley General de 
										Salud. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Carlos Samuel 
										Moreno Terán (PVEM) el 06 de octubre de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Carlos Samuel 
										Moreno Terán (PVEM) el 27 de abril de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Miguel Antonio 
										Osuna Millán (PAN) el 15 de febrero de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Heladio Gerardo 
										Verver y Vargas Ramírez (PRD) el 17 de 
										febrero de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentado por el Dip. Heladio Gerardo 
										Verver y Vargas Ramírez (PRD) el 10 de 
										marzo de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Ezequiel Rétiz 
										Gutiérrez (PAN) el 29 de marzo de 2011. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Incluir dentro de las obligaciones de la 
										Secretaría de Salud, elaborar y llevar a 
										cabo, en coordinación con las 
										instituciones públicas del sistema 
										Nacional de Salud y con los gobiernos de 
										las entidades federativas, campañas 
										permanentes de concientización sobre la 
										importancia de la donación y los 
										trasplantes. Crear el Sistema Nacional 
										de Donación y Trasplantes el cual estará 
										constituido por las dependencias y las 
										entidades de la Administración Pública, 
										el Centro Nacional de Trasplantes, los 
										Centros Estatales de Trasplantes y el 
										del Distrito Federal y las personas 
										físicas o morales de los sectores 
										público, social y privado que presten 
										servicios de salud que se dediquen a 
										actividades relacionadas con los 
										trasplantes o la donación de órganos, 
										tejidos y células, así como por los 
										programas y los mecanismos de 
										vinculación, coordinación y colaboración 
										de acciones que se establezcan entre 
										estas. Establecer que los 
										establecimientos que realicen actos de 
										trasplantes, extracción, análisis, 
										conservación, preparación y suministro 
										de órganos, tejidos, células y de 
										trasplantes de órganos y tejidos deberán 
										contar con un Coordinador Hospitalario 
										de donación de órganos y tejidos, 
										certificado por la Secretaría de Salud; 
										asimismo, deberán contar con el apoyo, a 
										través de un convenio, de bancos de 
										sangre externos, cuando el 
										establecimiento no tuviere uno propio. 
										Establecer que el Coordinador 
										Hospitalario deberá ser un médico 
										general o especialista, capacitado, que 
										cuente con experiencia en la materia y 
										estar certificado y, en su caso, 
										recertificado por la Secretaría de Salud 
										para ocupar dicho cargo y entre sus 
										funciones deberá detectar, evaluar y 
										seleccionar a los donantes potenciales; 
										fomentar al interior del establecimiento 
										la cultura de la donación y el 
										trasplante y resguardar y mantener 
										actualizados los archivos relacionados 
										con su actividad entre otras.  Facultar 
										a la Secretaría de Educación Pública, 
										para que en coordinación con la 
										Secretaría de Salud, diseñen los 
										contenidos educativos para que desde la 
										educación primaria los estudiantes 
										tengan conciencia sobre la importancia 
										de la donación de órganos, tejidos y 
										células.  Establecer que la evaluación y 
										caracterización previa del donante y del 
										donador, así como la procuración o 
										extracción de órganos, tejidos y células 
										y la preparación del receptor se 
										llevarán a cabo de acuerdo con lo que 
										señalen las normas oficiales mexicanas 
										que expida la Secretaría de Salud. |  
										| 
										
										
										5 | 
										
										
										Comisión de Transportes 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo II. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que reforma y adiciona los artículos 6, 
										7 y 17 de la Ley de Aviación Civil. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Gerardo del Mazo 
										Morales (NA) el 09 de noviembre de 2010. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Facultar a la Secretaría de 
										Comunicaciones y Transportes para 
										elaborar un plan semestral de 
										verificación de cumplimiento estricto de 
										los mecanismos de seguridad de los 
										aeropuertos, y a los comandantes 
										regionales para vigilar el cumplimiento 
										de los protocolos de seguridad de las 
										operaciones aeronáuticas. |  
										| 
										
										
										6 | 
										
										
										Que reforma y adiciona diversas 
										disposiciones de la Ley de Caminos, 
										Puentes y Autotransporte Federal. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Juan José Guerra 
										Abud (PVEM) el 20 de abril de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer los requisitos que deberán 
										cumplir los permisos para prestar 
										servicios de autotransporte federal.  
										Establecer que sólo podrán transitar en 
										caminos y puentes de jurisdicción 
										federal los vehículos motrices de 
										autotransporte de turismo, pasaje y 
										carga que tengan un máximo de doce, 
										quince y veinte años de antigüedad, 
										respectivamente, contados a partir del 
										año modelo de fabricación. Establecer 
										que el Gobierno Federal deberá promover 
										e instrumentar anualmente programas de 
										crédito, financiamiento y garantías 
										dirigidos a quienes presten el servicio 
										de autotransporte federal y privado.  
										Crear el Capítulo I Bis, denominado “Del 
										Consejo Nacional del Autotransporte 
										Federal” para establecer un organismo 
										tripartita, integrado por quince 
										personas provenientes del sector 
										público, privado y académico, y que 
										tendrá como objetos, entre otros: emitir 
										opiniones para eficientar el servicio de 
										autotransporte federal en el territorio 
										nacional; promover la implementación de 
										programas de capacitación y 
										adiestramiento para conductores y la 
										modernización de la industria del 
										autotransporte federal. Fijar que las 
										infracciones cuando por orden judicial 
										el permisionario pierda la propiedad o
										 
										
										
										posesión de un vehículo dado de alta, la 
										secretaría deberá dar de baja el permiso 
										y solicitar su retiro de la circulación 
										y restablecer como multa de doscientos 
										cincuenta días de salario mínimo al 
										incumplimiento en materia de 
										autotransporte federal, servicios 
										auxiliares y transporte privado y de 
										quinientos días de salario por cualquier 
										otra infracción. |  
										| 
										
										
										7 | 
										
										
										Comisión de Puntos Constitucionales 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo II. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que reforma los párrafos sexto y séptimo 
										del artículo 4 y se adiciona la fracción 
										XXIX-P al artículo 73 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Arcelia Arredondo 
										García (PAN), el 22 de octubre de 2002. 
										(LVIII Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Blanca Ameli 
										Gámaz Gutiérrez (PAN), el 22 de abril de 
										2004. (LIX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Homero Ríos 
										Murrieta (PAN), el 21 de septiembre de 
										2004. (LIX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Quintín Vázquez 
										García (PRI), el 1o de marzo de 2005. (LIX 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Evelia Sandoval 
										Urbán (PRI), el 6 de abril de 2006. (LIX 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Eduardo Sergio de 
										la Torre Jaramillo (Alternativa), el 21 
										de noviembre de 2006. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Aleida Alavez 
										Ruíz (PRD), el 12 de abril de 2007. (LX 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Patricia Castillo 
										Romero (Convergencia), el 13 de 
										diciembre de 2007. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Mónica Arriola 
										Gordillo (Nueva Alianza), el 3 de abril 
										de 2008. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por diputados de diversos 
										grupos parlamentarios, el 24 de abril de 
										2008. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Irene Aragón 
										Castillo (PRD), el 30 de abril de 2008. 
										(LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Martha Hilda 
										González Calderón (PRI), el 30 de abril 
										de 2008. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Fidel Antuña 
										Batista (PAN), el 30 de abril de 2009. 
										(LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Claudia Lilia 
										Cruz Santiago (PRD), el 22 de julio de 
										2009. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. María de Jesús 
										Aguirre Maldonado (PRI), el 13 de 
										octubre de 2009. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Yolanda de la 
										Torre Valdez (PRI), el 9 de febrero de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Augusta Valentina 
										Díaz de Rivera (PAN), el 22 de abril de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de 
										Primera Lectura presentado el 7 de 
										octubre de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a 
										discusión presentado el 12 de octubre de 
										2010. Proyecto de decreto aprobado por 
										393 votos. Se turnó a la Cámara de 
										Senadores para los efectos del Apartado 
										A) del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 
										12 de octubre de 2010.  (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de 
										Primera Lectura presentado el 29 de 
										marzo de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a 
										discusión presentado el 31 de marzo de 
										2011. Proyecto de decreto aprobado por 
										81 votos y 1 en contra. Se turnó a la 
										Cámara de Diputados para los efectos del 
										Apartado E) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. 
										
										
										Minuta recibida el 
										05 de abril de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establece como obligación de Estado 
										velar y cumplir con el principio del 
										interés superior de la niñez, 
										garantizando de manera plena sus 
										derechos. Facultar al Congreso de la 
										Unión para expedir leyes que establezcan 
										la concurrencia de la Federación, los 
										Estados, el Distrito Federal y los 
										Municipios, en el ámbito de sus 
										respectivas competencias, en materia de 
										derechos de niñas, niños, adolescentes, 
										velando en todo momento por el interés 
										superior de los mismos y cumpliendo con 
										los tratados internacionales de la 
										materia, de los que México sea parte. |  
										| 
										
										
										8 | 
										
										
										Comisión de Puntos Constitucionales 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo II. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que reforma y adiciona diversas 
										disposiciones de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Juan de la Cruz 
										Alberto Cano Cortezano (PAN) el 26 de 
										noviembre de 2002. (LVIII Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. María Guadalupe 
										Morales Rubio (PRD) el 29 de abril de 
										2004. (LIX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Horacio Martínez 
										Meza (PRD) el 06 de diciembre de 2005. (LIX 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. José Rangel 
										Espinosa (PRI), a nombre propio y del 
										Dip. Fernando Alberto García Cuevas 
										(PRI), el 31 de mayo de 2006. (LIX 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Iván García Solís 
										(PRD) el 18 de enero de 2006. (LIX 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Congreso del Estado de 
										México el 14 de junio de 2006. (LIX 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Francisco Javier 
										Plascencia Alonso (PAN), a nombre propio 
										y del Dip. Carlos René Sánchez Gil 
										(PAN), el 22 de noviembre de 2007. (LX 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Jaime Espejel 
										Lazcano (PRD) el 12 de diciembre de 
										2007. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Arnoldo Ochoa 
										González (PRI) el 11 de diciembre de 
										2008. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Carlos Augusto 
										Bracho González (PAN), a nombre propio y 
										de  los integrantes de la Comisión de 
										Desarrollo Metropolitano, el 21 de enero 
										de 2009. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Daniel Gabriel 
										Ávila Ruíz (PAN) el 05 de noviembre de 
										2009. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Alejandro del 
										Mazo Maza (PVEM) el 16 de febrero de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Juan Carlos Natale 
										López (PVEM) el 13 de diciembre de 2010. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Alma Carolina 
										Viggiano Austria (PRI), suscrita por 
										diputados integrantes diversos Grupos 
										Parlamentarios, el 15 de diciembre de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Ovidio Cortazar 
										Ramos (PAN) el 24 de marzo de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Conseguir, por parte del Estado, el 
										desarrollo nacional de una forma 
										equilibrada y sustentable en las 
										diferentes regiones del país. La 
										Planeación además de democrática será 
										participativa, integral y de largo 
										plazo. El plan nacional de desarrollo 
										deberá impulsar el ordenamiento 
										territorial productivo, equitativo y 
										sustentable. Relativo al derecho de la 
										nación de imponer a la propiedad privada 
										modalidades de interés público, deberán 
										ser preservando su función social, 
										incluyendo desarrollo sustentable y 
										ordenamiento del territorio; preservando 
										el equilibrio ecológico en el medio 
										rural y urbano. 
										
										
										El Congreso tendrá la facultad de 
										expedir leyes que establezcan la 
										concurrencia del Gobierno Federal, de 
										los estados y de los municipios, en 
										materia de planeación del desarrollo 
										nacional y regional. | 
										
										
										a) Se cumple con la declaratoria (art. 87 
										RCD) 
										
										
										b) Se sometió a discusión de inmediato. |  
										| 
										
										
										9 | 
										
										
										Comisión de Puntos Constitucionales 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que reforma y adiciona el artículo 4 de 
										la Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Gloria Lavara 
										Mejía (PVEM), el 7 de diciembre de 2006. 
										(LX Legislatura) 
										
										
										iniciativa 
										presentada por la Dip. Aleida Alavez 
										Ruíz (PRD), el 12 de abril de 2007. (LX 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip Jaime Fernando 
										Cárdenas Gracia (PT), el 01 de octubre 
										de 2009. (LXI legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										Presentada por la Dip. Claudi Edith 
										Anaya Mota (PRD), el 10 de diciembre de 
										2009. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Carlos Samuel 
										Moreno Terán (PVEM), el 2 de marzo de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. Laura Arizmendi 
										Campos (CONV), el 29 de abril de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Emiliano 
										Velázquez Esquivel (PRD), el 29 de abril 
										de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Dip. Guillermo Cueva 
										Sada (PVEM), el 19 de enero de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que toda persona tiene 
										derecho a un medio ambiente sano para su 
										desarrollo y bienestar. El estado 
										garantizará el respeto a este derecho. 
										El daño y deterioro ambiental generará 
										responsabilidad para quein lo provoque n 
										términos de lo dispuesto por la ley. 
										Incluir como derecho de toda persona, el 
										acceso, disposición y saneamiento de 
										agua para consumo personal y doméstico 
										en forma suficiente, salubre aceptable y 
										asequible. El Estado garantizará este 
										derecho y la ley definirá las bases, 
										apoyos y modalidades para el acceso y 
										uso equitativo y sustentable de los 
										recursos hídricos, estableciendo la 
										participación de la Federación, las 
										entidades federativas y los municipios, 
										así como la participación de la 
										ciudadanía para la consecución de dichos 
										fines. | 
										
										Se 
										cumple con la declaratoria (art. 87 RCD) |  
										| 
										
										
										10 | 
										
										
										Comisión de Turismo 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que reforma el artículo 38 de la Ley 
										General de Turismo. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Dip. Jorge Antonio 
										Kahwagi Macari (NA) el 13 de diciembre 
										de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Incluir dentro de las atribuciones de la 
										Secretaría de Turismo el impulsar, 
										fomentar y promover la imagen del país, 
										tanto al interior como al exterior, sus 
										atractivos patrimoniales, naturales, 
										culturales e históricos, de cualquier 
										otro con valor turístico, generado con 
										ello una continua inserción en los 
										mercados internacionales, considerando 
										objetivos estratégicos de 
										diversificación de la oferta. |  
										| 
										
										
										11 | 
										
										
										Comisión de Defensa Nacional 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que reforma y adiciona diversas 
										disposiciones de la Ley Orgánica del 
										Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de 
										la Ley de Ascensos y Recompensas del 
										Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										suscrita por el Ejecutivo Federal el 18 
										de noviembre de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de 
										Primera Lectura presentado el 5 de abril 
										de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 12 de abril de 
										2011. Proyecto de decreto aprobado por 
										86 votos. Pasa a la Cámara de Diputados 
										para los efectos del Apartado A) del 
										artículo 72 de la Constitución Política 
										de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 
										14 de abril de 2011 (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que el personal militar en 
										activo de las Fuerzas Armadas, sea 
										reclasificado de personal de “servicio” 
										a personal de “arma”. Facultar al 
										Secretario de la Defensa Nacional para 
										disponer la reclasificación en sus 
										distintas modalidades, valorando las 
										cualidades y la especialización del 
										personal requerido, que por urgencia de 
										una situación de emergencia no cuente 
										con el tiempo suficiente para agotar el 
										proceso de selección por concurso, para 
										el caso de que la reclasificación sea 
										por concurso en el que el interesado 
										haya satisfecho los requisitos 
										establecidos en la convocatoria 
										respectiva, se concederá siempre que 
										exista vacante, y la nueva patente o 
										nombramiento deberá expedirse con la 
										fecha en que se verifique la 
										reclasificación. |  
										| 
										
										
										12 | 
										
										
										Comisión de Justicia 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que reforma y adiciona diversas 
										disposiciones de la Ley Orgánica del 
										Tribunal Federal de Justicia Fiscal y 
										Administrativa. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										presentada en la Cámara de Senadores por 
										los Sens. Rogelio Humberto Rueda 
										Sánchez, Tomás Torres Mercado y José 
										Isabel Trejo Reyes (PRI) el 05 de abril 
										de 2011, (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de 
										Primera Lectura presentado el 13 de 
										abril de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a 
										Discusión presentado el 14 de abril de 
										2011. Proyecto de decreto aprobado por 
										90 votos. Se remitió a la Cámara de 
										Diputados para los efectos del Apartado 
										A) del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 
										14 de abril de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Adoptar al interior del Tribunal Federal 
										de Justicia Fiscal y Administrativa un 
										esquema similar al de los órganos 
										jurisdiccionales auxiliares del Poder 
										Judicial de la Federación, creando salas 
										auxiliares del Tribunal Federal de 
										Justicia Fiscal y Administrativa. Que el 
										Tribunal se integre por la Sala 
										Superior, las salas regionales y la 
										Junta de Gobierno y Administración. 
										Fijar legalmente la finalidad de estas 
										salas, dejando al Reglamento Interior la 
										determinación del número y sedes de las 
										salas auxiliares. 
										
										
										Incluir entre las facultades del Pleno 
										de la Sala Superior la determinación, en 
										sesión privada, de aquellos asuntos en 
										los que las salas regionales o 
										especializadas sean auxiliadas por los 
										nuevos órganos jurisdiccionales, 
										atendiendo, las cargas de trabajo de las 
										salas regionales. | 
										
										
										
										a)
										Se cumple con la declaratoria (art. 87 
										RCD) 
										
										
										
										b)
										Se sometió a discusión de inmediato. |  
										| 
										
										
										13 | 
										
										
										Que reforma y adiciona el artículo 366 
										Ter del Código Penal Federal. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por la Dip. María Joann Novoa 
										Mossberger (PAN), el 8 de diciembre de 
										2009. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Sancionar la sustracción del menor sin 
										causa justificada de la custodia o 
										guarda de quien legítimamente la tenga. 
										Aumentar la sanción prevista en una 
										mitad cuando la sustracción, traslado o 
										entrega del menor sea realizada por 
										médicos, enfermeras o en general 
										personal que labore en hospitales 
										públicos o privados, y además se les 
										sancionará con la destitución e 
										inhabilitación para desempeñar otro 
										empleo, cargo o comisión y suspensión en 
										el ejercicio de la profesión por el 
										tiempo que dure la pena de prisión. | 
										
										Se 
										cumple con la declaratoria (art. 87 RCD) |  
										| 
										
										
										14 | 
										
										
										Comisión de Gobernación 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que reforma y adiciona diversas 
										legislaciones de carácter federal, con 
										el objeto de actualizar la denominación 
										de diversas secretarías de Estado, así 
										como la del Gobierno del Distrito 
										Federal y derogar los departamentos 
										administrativos que han perdido 
										vigencia. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Sen. Jorge Andrés 
										Ocejo Moreno (PAN) el 17 de septiembre 
										de 2008. (LX Legislatura) 
										
										
										Dictamen de 
										Primera Lectura presentado el 22 de 
										abril de 2010. 
										
										
										Dictamen a 
										discusión presentado el 28 de abril de 
										2010. Proyecto de decreto aprobado por 
										81 votos. Se turnó a la Cámara de 
										Diputados para los efectos del inciso a) 
										del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. 
										
										
										Minuta recibida el 
										7 de septiembre de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Actualizar todos aquellos artículos de 
										diversas Leyes Federales, que hacen 
										referencia a las Secretarías de Estado 
										cuya denominación fue modificada y al 
										Gobierno del Distrito Federal en lo 
										conducente, así como eliminar la mención 
										de los departamentos administrativos que 
										ya no tienen vigencia. |  
										| 
										
										
										15 | 
										
										
										Comisiones Unidas de Justicia y de 
										Economía 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de abril de 2011. | 
										
										
										Que reforma y adiciona el Código Federal 
										de Procedimientos Civiles, Código Civil 
										Federal, Ley Federal de Competencia 
										Económica, Ley Federal de Protección al 
										Consumidor, Ley Orgánica del Poder 
										Judicial de la Federación, Ley General 
										de Equilibrio Ecológico y la Protección 
										al Ambiente y la Ley de Protección y 
										Defensa al Usuario de Servicios 
										Financieros. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa 
										presentada por el Sen. Jesús Murillo 
										Karam (PRI) el 07 de septiembre de 2010. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de 
										Primera Lectura presentado el 07 de 
										diciembre de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a 
										discusión presentado el 09 de diciembre 
										de 2010. Proyecto de decreto aprobado 
										por 72 votos. Se turnó a la Cámara de 
										Diputados para los efectos del Apartado 
										A del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. 
										
										
										Mediante oficio 
										número LXI/ST-PDM/00163/11 los 
										integrantes de la presidencia de la Mesa 
										Directiva informa que acordarón 
										modificar el turno de la minuta para que 
										las comisiones unidas de Justicia, 
										Economía con opinión de las comisiones 
										de Medio Ambiente y Recursos Naturales y 
										de Hacienda y Crédito Público. 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establece que la acción colectiva será 
										procedente para la tutela de las 
										pretensiones cuya titularidad 
										corresponda a una colectividad de 
										personas, así como para el ejercicio de 
										las pretensiones individuales cuya 
										titularidad corresponda a los miembros 
										de un grupo de personas. Asimismo, el 
										procedimiento especial colectivo será 
										procedente cuando tenga por finalidad 
										proteger los derechos de los 
										consumidores, lo que incluye a todos los 
										usuarios de servicios financieros, 
										reconocidos en la Ley Federal de 
										Protección al Consumidor y en la Ley de 
										Protección y Defensa al Usuario de 
										Servicios Financieros; derechos en 
										materia de protección al ambiente y 
										equilibrio ecológico, previstos en la 
										Ley General del Equilibrio Ecológico y 
										la Protección al Ambiente, así como en 
										materia de competencia económica, 
										reconocidos en la Ley Federal de 
										Competencia Económica. Tendrán 
										legitimación activa para ejercitar 
										acciones colectivas, los organismos, 
										dependencias y entidades federales cuyo 
										objeto sea la protección o tutela de los 
										derechos e intereses de la materia del 
										litigio, en los términos de las leyes 
										aplicables. También podrán promover la 
										demanda de acción colectiva las 
										asociaciones civiles sin fines de lucro 
										legalmente constituidas. |  
                                
                              
                              
                              
                  			
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