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										Por el que se instruye la creación de un 
										grupo de trabajo para investigar los 
										permisos otorgados a los casinos y 
										centros de apuestas. 
										
										
										  
										
										
										Acuerdo: 
										
										
										PRIMERO.- 
										Se instruye la integración de un grupo 
										de trabajo conformado por diputadas y 
										diputados, preferentemente miembros de 
										las Comisiones de la Función Pública, 
										Gobernación, Justicia, Trabajo y 
										Previsión Social y de Turismo para 
										investigar los permisos otorgados a los 
										casinos y centros de apuestas.La 
										convocatoria para la integración de 
										dicho grupo de trabajo será otorgada por 
										las Juntas Directivas de las citadas 
										comisiones y se conformará con un 
										integrante de cada grupo parlamentario 
										representado en la Cámara de Diputados, 
										designado por su respectivo Coordinador. 
										
										
										SEGUNDO.- 
										La coordinación del grupo de trabajo 
										será rotatoria entre los integrantes, en 
										periodos de dos meses en orden 
										decreciente, de acuerdo a la 
										representación de su grupo 
										parlamentario. 
										
										
										TERCERO.- 
										El grupo de trabajo tomará sus 
										decisiones por consenso o en su caso por 
										mayoría mediante el sistema de voto 
										ponderado, según el cual cada diputado 
										representa tantos votos como integrantes 
										tenga el correspondiente grupo 
										parlamentario. 
										
										
										CUARTO.- 
										El grupo de trabajo deberá presentar de 
										manera periódica y mensual un informe de 
										actividades ante el Pleno de la Cámara 
										de Diputados o, en su caso, ante la 
										Comisión Permanente del Congreso de la 
										Unión. 
										
										
										QUINTO.- 
										El grupo de trabajo no contará con 
										recursos técnicos, administrativos o 
										financieros para el desarrollo de sus 
										actividades. 
										
										
										SEXTO.- 
										Los trabajos del grupo concluirán una 
										vez que se hayan cumplido los objetivos 
										para los que fue creado. 
										
										
										SÉPTIMO.- 
										Comuníquese y publíquese en la Gaceta 
										Parlamentaria. |