DIVISIÓN DE POLÍTICA SOCIAL |
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GRUPOS
VULNERABLES
1. Sobre el fortalecimiento del Instituto Nacional de las Mujeres.
Proceso Legislativo:
Gaceta. Martes 27 de
abril de 2004.
4
Contenido:
La finalidad es fortalecer al INMUJERES a través de modificar la
Ley del Instituto Nacional de la Mujeres en cuanto a:
ü
Definir que el objeto de la Ley, es
establecer la integración, atribuciones, organización y competencia del
Instituto.
ü
Incorporar lo que debe entenderse por
Derechos de las Mujeres, y señalar la obligación de la Administración Pública
Federal, de adoptar las medidas que favorezcan a las mujeres en el ejercicio de
sus derechos, su pleno desarrollo y su efectiva participación en todos los
ámbitos de la vida del País.
ü
La redefinición en la Ley de los
conceptos asignados a los criterios de Transversalidad y Federalismo bajo los
cuales cumple con su objeto general el Instituto, en virtud de que el texto
propuesto por las iniciadoras, redimensiona la participación del Instituto con
las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y las
instancias responsables de la equidad de género y la igualdad de oportunidades
entre mujeres y hombres.
ü
Redefinir la Equidad y la Perspectiva de
Género, dándole mayor claridad a sus conceptos, incorporando además, el
significado de la igualdad entre mujeres y hombres, para una correcta
interpretación de la Ley en su aplicación.
ü
La redefinición de sus objetivos
específicos, poniendo mayor énfasis en la necesidad de vigilar y proponer
medidas para el cumplimiento de los Tratados Internacionales en materia de
igualdad de oportunidades, equidad de género y no discriminación hacia las
mujeres, así como en el diseño e incidencia en la ejecución de políticas,
programas y acciones en la materia.
ü
Replantear los objetivos específicos del Instituto
ü
Impulsar una visión federalista en la
organización y funcionamiento del Instituto Nacional de las Mujeres, para lo
cual es conveniente establecer expresamente disposiciones que permitan vincular
al Instituto Nacional de las Mujeres, con las Instancias de las mujeres en las
entidades federativas, para acordar mecanismos de coordinación y coadyuvancia
en todo el territorio nacional. En consecuencia, también se propone la
incorporación de una o un representante de dichas Instancias de mujeres en las
entidades federativas, como integrante en cada uno de los Consejos Consultivo y
Social. La decisión se tomó porque es necesaria la revisión y
modificaciones con el propósito de adecuar la integración, atribuciones,
organización y competencia del Instituto a las necesidades de desarrollo y
fortalecimiento de la propia entidad.
ü
Fortalecer el INMUJERES, conlleva el
impulso al desarrollo pleno de la potencialidad de las mujeres generando
condiciones favorables para participar plenamente en la vida política,
económica, social y cultural del país.
ü
Los avances logrados no son suficientes,
se requiere además impulsar disposiciones legales que tiendan a erradicar las
injustas desigualdades que aún subsisten en la sociedad en detrimento del nivel
de vida de las mujeres.
ü
Es urgente la necesidad de asegurar la
eficacia de la norma constitucional que establece el principio de igualdad
jurídica para que trascienda en beneficio de todas y cada una de las mujeres,
para poder vivir en armonía familiar y social con los hombres.
ü
El combate a la exclusión, la desigualdad
y la discriminación, sigue siendo una demanda legítima y justa de las mujeres
de México que debe impulsarse mejorando las posibilidades del INMUJERES, de
promover y apoyar el avance de las mujeres, superando desigualdades legales y
apoyando el proceso de mejoramiento de su condición de vida.
ü
Históricamente la lucha de las mujeres
mexicanas se ha circunscrito no solo al ámbito nacional, sino que ha
trascendido al plano internacional, haciendo visibles sus problemas, a través
de la manifestación permanente de las Organizaciones Civiles y del propio
Estado Mexicano.
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