DIVISIÓN DE POLÍTICA SOCIAL |
· EQUIDAD Y GÉNERO
1. Sobre el Parlamento de Mujeres de México.
Proceso Legislativo:
Gaceta.
Martes 27 de abril de 2004.
Contenido:
La
finalidad fue retomar y adicionar la Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos para otorgar a la Comisión de Equidad y Género
facultades para:
ü
Realizar estudios a la legislación nacional vigente,
a efecto de detectar la existencia de disposiciones que pudieran ser
violatorias de la garantía de igualdad de género.
ü
Elaborar y dictaminar proyectos de ley o de decreto
en los que se propongan nuevos ordenamientos, reformas o adiciones a los ya
existentes en materia de equidad y género.
ü
Ejecutar tareas de información y control evaluatorio.
ü
Organizar conjuntamente con la Comisión homóloga de
la colegisladora, el "Parlamento de Mujeres de México" y dar
seguimiento a sus resolutivos en concordancia con las reglas e instrumentos que
para el efecto sean establecidos.
La decisión fue
porque se consideró importante para la
perspectiva de género y otras acciones tendientes a la no discriminación, la
celebración del "Parlamento de Mujeres" que se ha convertido en el
espacio ideal para la deliberación e intercambio de experiencias sobre la
agenda legislativa que permita la eliminación de toda forma de discriminación
de género y para el desarrollo de acciones tendientes al aseguramiento de la
participación activa de las mujeres en los ámbitos político, social, económico
y cultural de México.
Se
regresó al Senado para la reformulación de la iniciativa en el sentido de
establecer en un inciso, dentro de las facultades de la Comisión de Equidad y
Género de cada Cámara, la facultad de organizar el Parlamento de Mujeres en
México.
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