DIVISIÓN DE POLÍTICA INTERIOR |
1.-
Otorgar la facultad de iniciativa al
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en materias afines a la
misma.
Proceso Legislativo
Gaceta.
Jueves 15 de abril de 2004.
Contenido
Se
pretende reformar el Artículo 71 constitucional a fin de otorgar la facultad de
iniciativa a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo que concierne a
la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, sin embargo, se estimó
pertinente modificar la propuesta del Senado, otorgando dicha facultad al Pleno
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en las materias relativas al
ejercicio de las funciones del Poder Judicial de la Federación, en virtud de
que es en el Pleno donde se podrán formular aquellas iniciativas que reflejen
los cambios necesarios para que el órgano jurisdiccional federal alcance los
principios de justicia expedita, completa e imparcial contenidos en el artículo
17 constitucional.
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