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DIVISIÓN DE POLÍTICA INTERIOR

 

·        COMISION DE EQUIDAD Y GENERO.

 

1.-  Reestructuración de la organización y función del Instituto Nacional de las Mujeres.

 

Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

 

Proceso Legislativo

Iniciativa presentada por la Dip. Josefina Hinojosa Herrera (PRI), en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 28 de noviembre de 2002, LVIII Legislatura.

Iniciativa presentada por la Dip. Blanca Eppen Canales (PAN) suscrita por diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 4 de diciembre de 2003, LIX Legislatura.

Iniciativa presentada por la Dip. Angélica de la Peña Gómez (PRD) suscrita por diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del PRD en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 9 de diciembre de 2003, LIX Legislatura.

Iniciativa presentada por la Dip. Consuelo Muro Urista (PRI) en Sesión de la Comisión Permanente del 21 de enero de 2004, LIX Legislatura.

En votación económica se le dispensó la segunda lectura, se aceptan las modificaciones propuestas por la Comisión y se consideró suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

Fecha de aprobación: 27 de abril 2004

Votación: 408 en pro, 0 en contra, 1 abstención

Se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

Gaceta. Martes 27 de abril de 2004.   4

 

Contenido

 

En materia de la Ley del  Instituto Nacional de la Mujer fueron presentadas varias propuestas, señalándose que a pesar de los avances significativos que han logrado las mujeres, persisten esquemas discriminatorios que conllevan inequidades a las mujeres. Que México se ha comprometido con diferentes instrumentos internacionales y que el compromiso que implica dichos instrumentos, va encaminado a crear mecanismos institucionales apropiados, con  recursos y autoridad suficiente para asegurar que las políticas y los programas de desarrollo en todos los sectores, reconozcan la contribución de las mujeres al desarrollo y a la construcción de la democracia.

 

Por lo que para cumplir con ese compromiso y ante la insuficiencia y vacíos legales que presenta la ley en la materia, han surgido diversas propuestas encaminadas a fortalecer al Instituto de manera integral.

 

Ante la necesidad de una revisión y modificaciones de la Ley del Instituto Nacional de la Mujer, con el propósito de adecuar la integración, atribuciones, organización y competencia del Instituto a las necesidades de desarrollo y fortalecimiento de la propia entidad, fue aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados una reforma integral a la misma. Entre las modificaciones aprobadas destacan las siguientes:

 

Se define el objeto de la Ley que consiste en establecer la integración, atribuciones, organización y competencia del Instituto Nacional de las Mujeres.

 

Se incorporan como Derechos de las Mujeres, los establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y consagrados en los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Así como los contenidos en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y de los Tratados Internacionales celebrados por México y aprobados por el Senado de la República.

 

Se señala la obligación de la Administración Pública Federal, de adoptar las medidas que favorezcan a las mujeres en el ejercicio de sus derechos, su pleno desarrollo y su efectiva participación en todos los ámbitos de la vida del País.

 

Se redefinen los conceptos asignados a los criterios de Transversalidad y Federalismo. Para darles un mejor orden y claridad se replantean y reestructuran los objetivos específicos y las atribuciones del Instituto.

 

Con relación a los Órganos de Administración del Instituto, se señala que la Junta de Gobierno es el máximo órgano y lo presidirá el Presidente de la República. Asimismo se establecen nuevas facultades entre otras la de designar y remover, a propuesta de la Presidencia del Instituto, a las y los Servidores Públicos de los niveles administrativos inferiores al de aquélla.

 

De igual forma se reestructuran y organizan otros órganos del Instituto como la Secretaría Técnica de la Junta de Gobierno, la Secretaría Ejecutiva, El Consejo Consultivo y el Consejo Social.

 

Se establece la aplicación supletoria de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, el Código Civil Federal y los principios generales del Derecho en lo que no se opongan a la propia Ley.

 


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