DIVISIÓN DE ECONOMÍA Y COMERCIO |
D. REFORMAS
CONSTITUCIONALES Y A LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS.
1. Reforma a
la Fracción IV del Articulo 74 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Procedimiento Legislativo
Gaceta.
Jueves 15 abril de 2004. Anexo II
Contenido
En
el proceso presupuestario sobresale como uno de los principales obstáculos, el
plazo de que dispone la Cámara de Diputados para estudiar, discutir y aprobar
el presupuesto. Ello es consecuencia del plazo máximo con que cuenta el
Ejecutivo para la presentación de la Iniciativa de Ley de Ingresos y el
proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, a la consideración del
Legislativo.
Así,
los documentos antes enunciados se presentan a consideración del Legislativo,
para su estudio, discusión y eventual aprobación, cuando el periodo ordinario
de sesiones va muy avanzado. Ello tensa y desborda el proceso de negociación.
No hay tiempo suficiente para dar cauce al normal surgimiento de diferencias
que es necesario conciliar con una clara y sólida argumentación, con
retroalimentación de puntos de vista de las partes y bajo un espíritu de amplia
colaboración, en beneficio del interés nacional.
Lo
anterior implica que se requiere del tiempo suficiente para examinar la
documentación que sustenta las Iniciativas. Con el plazo actual de 30 días (el
más bajo en comparación a los que ejercen otros países latinoamericanos) en que
dichas iniciativas son entregadas a la Cámara de Diputados, no existe el tiempo
suficiente para su adecuado examen y discusión. Un mes de estudio, en un tema
tan importante como el que nos ocupa, trae como resultado insatisfacciones y
confrontaciones en los que pierde el desarrollo del país.
Además,
la cercanía del fin del proceso presupuestario, con el término del período de
sesiones ordinarias y del propio ejercicio fiscal, genera un alto grado de
incertidumbre que afecta el desarrollo de las diversas variables económicas,
causando volatilidad en el tipo de cambio y en la tasa de interés, en buena
medida por la percepción generada en los inversionistas, tanto nacionales como
extranjeros, en el desenvolvimiento de la economía.
Así,
de las experiencias en torno a la discusión del presupuesto, concluimos que el
tiempo es insuficiente para un examen adecuado; que existen presiones políticas
y económicas por la cercanía del término del ejercicio fiscal y que una
eventual falta de aprobación del mismo en el período ordinario de sesiones,
afecta al sistema económico y financiero del país.
Por
estas razones, se hace necesario modificar las fechas de presentación de las
Iniciativas de Ley de Ingresos y del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación
a esta Soberanía, así como determinar una fecha límite para su aprobación, de
tal manera que, su publicación y el inicio de su ejercicio en forma oportuna,
beneficie plenamente los grandes intereses nacionales. Asimismo, se facilitaría
la vinculación del examen relativo, a los resultados obtenidos por el Gobierno
Federal, con el examen y discusión del Presupuesto del siguiente ejercicio.
En
tal sentido, se aprobó adelantar al 8 de septiembre la fecha de entrega de la
Iniciativa de Ley de Ingresos y del proyecto de Presupuesto de Egresos de la
Federación al Poder Legislativo, por parte del Poder Ejecutivo, debiendo
comparecer el secretario de despacho correspondiente a dar cuenta de los
mismos. La Cámara de Diputados deberá aprobar el Presupuesto de Egresos de la
Federación a mas tardar el día 15 del mes de noviembre.
Cuando
inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, el Ejecutivo Federal
hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de
Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de
diciembre.
Con esta reforma:
a.
Se ampliará el tiempo
de que dispondría el Legislativo para estudiar, discutir, proponer, modificar y
en su caso aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación y Ley de
Ingresos.
b.
Se vinculará el examen
y la discusión del Informe de Gobierno con el examen y discusión del
Presupuesto.
c.
Disminuirá la
incertidumbre que genera la cercanía de las fechas de fin del período ordinario
de sesiones y de conclusión del ejercicio fiscal e inicio del nuevo ejercicio
sin Presupuesto aprobado.
d.
Permitirá que el
Ejecutivo Federal, el Congreso, los gobiernos locales y los sectores económico
y social interesados, conozcan el resultado final del Presupuesto aprobado, con
anticipación suficiente al inicio del ejercicio.
2. Reforma el artículo 49 de
la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Procedimiento Legislativo
Gaceta.
Martes 27 abril de 2004.
2
Contenido
El tratado de libre comercio y las políticas agroalimentarias aplicadas al interior del país han provocado un sensible déficit de la balanza comercial. Además, cuando alguna actividad agropecuaria deja de ser rentable, sufre una reducción del gasto público.
La
Cámara de Diputados, además orientar la política pública a través de la
creación de la ley, tiene la función de controlar y vigilar el cumplimiento de
los preceptos legales en materia rural establecidos tanto en el Decreto de
Presupuesto de Egresos de la Federación, como en las distintas normas en esa
materia, sin embargo, carece de los instrumentos y recursos necesarios para
realizar esta función.
Por
esta razón, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma al artículo 49
de la Ley Orgánica del Congreso General para crear un Centro de Estudios de
Desarrollo Rural e Investigaciones Parlamentarias, el cual deberá estar
funcionando sesenta días naturales después de la publicación de esta reforma en
el Diario Oficial de la Federación.
Con
las reformas al Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del
Servicio de Carrera de la Cámara de la Diputados, se establece que en el ámbito
de la Secretaría General y adscritos a la Secretaría de Servicios
Parlamentarios, la Cámara cuenta con los siguientes centros de estudios:
a.
De las Finanzas
Públicas,
b.
De Derecho e
Investigaciones Parlamentarias;
c.
Sociales y de Opinión
Pública; y
d. del Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria.
Estos
centros de estudios se articulan funcionalmente con los Servicios de
Bibliotecas, Comisiones y Comités y del Archivo.
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