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Que
adiciona una fracción XXIX-A al artículo 73 y
una fracción VIII al artículo 116
de la
Constitución
Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Abril 11, 2007. |
Sen.
Ricardo Olivares Sánchez
(PRI)
Nota:
sin intervención en
tribuna. |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Facultar al Congreso de la Unión para legislar
en materia de coordinación y colaboración
hacendaria, integrándose un Sistema Nacional
de Coordinación y Colaboración Hacendaria
representado por el Presidente de la
República, por los gobernadores de los estados
y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal.
Asimismo, incluir el impuesto sobre la renta a
personas físicas dentro de las contribuciones
que podrán establecer los congresos locales. |