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Comisión de Hacienda y Crédito Público
Publicación en GP:
Anexo IV.
15 de octubre de 2008. |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
(Relativo al Régimen Fiscal de Petróleos
Mexicanos).
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada
por el Ejecutivo Federal el 14 de mayo de
2008.
Iniciativas (2)
suscritas por Senadores de los Grupos
Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT el
27 de agosto de 2008.
Dictamen de Primera
Lectura presentado el 15 de octubre de 2008.
Propuesta:
- Eliminar
las previsiones de Proyectos de Inversión
con Impacto Diferido en el Registro del
Gasto (PIDIREGAS), asimismo, establecer que
la inversión en proyectos de infraestructura
productiva de largo plazo autorizados a
PEMEX seguirán realizándose o deberán
realizarse, según sea el caso, como
inversión presupuestaria, incorporándose al
presupuesto de inversión de dicha
paraestatal.
- Establecer
que los proyectos de inversión de Petróleos
Mexicanos (PEMEX) sea presupuestaria,
eliminando el esquema de Proyectos de
Inversión Productiva con Impacto Diferido en
el Registro del Gasto (PIDIREGAS), de manera
que se excluiría a la inversión de PEMEX de
la meta de balance presupuestario
establecida en el Presupuesto de Egresos de
la Federación. Asimismo, modificar el límite
máximo de la reserva del Fondo de
Estabilización de los Ingresos Petroleros,
del Fondo de Estabilización de los Ingresos
de las Entidades Federativas (FEIEF) y del
Fondo de Estabilización para la Inversión en
Infraestructura de Petróleos Mexicanos (FEIIPEMEX).
Establecer los criterios que las
dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal deberán
seguir en el ejercicio del gasto de
inversión y en el proceso de licitación de
proyectos de infraestructura.
- Establecer
la obligación a cargo de Petróleos Mexicanos
y sus organismos subsidiarios de enterar
anticipos diarios a cuenta del impuesto
especial sobre producción y servicios,
excepto cuando las tasas aplicables a la
enajenación de gasolinas y diesel resulten
negativas.
- Ajustar
el monto de los pagos a cuenta del impuesto
a los rendimientos petroleros.
- Destinar
la recaudación obtenida por el derecho sobre
hidrocarburos para el fondo de
estabilización para cubrir el costo de los
combustibles utilizados en la generación de
electricidad, en adición a los recursos
previstos en el presupuesto.
-
Incorporar un derecho anual por la
extracción de petróleo crudo y gas natural
de los campos en el Paleocanal de
Chicontepec y de los campos en aguas
profundas a cargo de PEMEX Exploración y
Producción, cuyo valor no se considere
dentro de la base del derecho sobre
hidrocarburos para el fondo de
estabilización.
- Facultar
al Ejecutivo Federal para fijar los precios
máximos del gas licuado de petróleo por
razones de interés público y para evitar
aumentos desproporcionados.
Intervenciones:
Para fijar su posición: |
Dip. Jesús
Cuauhtémoc Velasco Oliva
(Convergencia) |
Dip. Juan Nicasio Guerra Ochoa (PRD) |
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Para responder alusiones
personales: |
Dip. Juan Nicasio Guerra Ochoa (PRD) |
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a) En
votación económica se le dispensó la
Segunda Lectura.
b) En
votación económica, se aceptó
la propuesta de modificación de la Comisión
a los artículos 257 Bis, 257 Ter y 257
Quáter.
c) Aprobado
en lo general y en lo particular con las
modificaciones aceptadas, en votación
nominal por 357 votos y 2 abstenciones.
d)
Pasó a la Cámara de Senadores para sus
efectos constitucionales. |