DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIÓN

a) De la Mesa Directiva.

2. CONTESTACIÓN A PUNTOS DE ACUERDO

a) De la Secretaría de Seguridad Pública.

3. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De licencia.

4. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES Y COMITÉS

5. PROPOSICIÓN DE ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO PARA LA ELECCIÓN DE INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE

a) De la Junta de Coordinación Política.

6. PROPOSICIONES DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

7. MINUTAS

a) Con proyecto de decreto.

8. MINUTAS CON DISPENSA DE TRÁMITES

a) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoraciones.

9. INICIATIVAS

10. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con proyecto de decreto.

11. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE TRÁMITES

a) Con proyecto de decreto.

12. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de decreto.

b) De permiso constitucional. Para aceptar y usar condecoraciones.

13. PROTESTAS DE LEY

14. COMISIONES PROTOCOLARIAS

15. DECLARATORIA

PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión Núm. 30, de Diciembre 11, 2008.

 

                ADENDA 1. INICIATIVAS REGISTRADAS EN EL ORDEN DEL DÍA

No.

INICIATIVA

ORIGEN*

TURNO O TRÁMITE**

SINOPSIS

B

Que expide el Código Procesal Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

12 de diciembre de 2008.

Dip.

César Octavio Camacho Quiroz

(PRI)

Comisión de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Regular el proceso penal acusatorio conforme a las reformas constitucionales publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008. Establecer los aspectos generales del proceso penal federal, las formalidades del proceso, los actos y resoluciones judiciales, las reglas para la competencia, la comunicación entre autoridades, sobre las notificaciones, los plazos y las nulidades procesales. De igual forma, lo relativo a los sujetos procesales y los demás que intervengan en el proceso, las etapas del proceso penal ordinario,  la adopción de mecanismos alternativos de solución de controversias de los conflictos sociales generados por el delito, así como los recursos que se podrán interponer.

1

Que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Adolfo Mota Hernández

(PRI)

Comisión de Gobernación, con opinión de la Comisión de  Presupuesto y Cuenta Pública

Regular el derecho a la autodeterminación informativa de las personas que permita la transferencia legítima, controlada e informada de los datos personales, así como la protección de la privacidad de datos sensibles y el tratamiento de éstos por parte de los sujetos responsables. Crear el Instituto de Protección de Datos Personales como un organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Economía, establecer sus facultades y los procesos que  podrá conocer. Asimismo, definir las sanciones que podrán aplicarse por violaciones a sus disposiciones.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Diego Cobo Terrazas

(PVEM)

 

 Y suscrita por los Dips. Jorge Emilio González Martínez y Beatriz Manrique Guevara (PVEM)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Prohibir la incineración de residuos peligrosos que sean o contengan compuestos orgánicos persistentes y bioacumulables, plaguicidas organoclorados, así como baterías y acumuladores usados que contengan metales tóxicos. Asimismo, que las entidades federativas y municipales, estarán obligadas a contemplar dicha prohibición en sus ordenamientos legales.

3

Que adiciona el artículo 400 del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Jacinto Gómez Pasillas

(Nueva Alianza)

Comisión de Justicia

Establecer los delitos en los cuales, no podrá operar la excluyente de responsabilidad prevista para los casos de ocultamiento y cuando, requerido por las autoridades, no dé auxilio para la investigación de los delitos o para la persecución de los delincuentes.

4

Que reforma la fracción I del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Silvia Luna Rodríguez

(Nueva Alianza)

Comisión de Puntos Constitucionales

Incluir como obligación de los mexicanos, hacer que sus hijos o pupilos concurran a las granjas escuela, en los términos que establezca la legislación secundaria.

5

Que adiciona una fracción VII al artículo 3 de la Ley General de Población.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Humberto Dávila Esquivel

(Nueva Alianza)

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Establecer que la Secretaría de Gobernación deberá promover la plena integración de los transmigrantes al desarrollo nacional, de acuerdo con los criterios que juzgue pertinentes.

6

Que reforma el artículo 77 y adiciona un tercer párrafo al artículo 79 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Jacinto Gómez Pasillas

(Nueva Alianza)

Comisión de Economía

Establecer que todo  bien o servicio que se ofrezca con garantía, deberá sujetarse también a las normas oficiales mexicanas aplicables en la materia. De igual forma, que el cumplimiento de la garantía  en materia vehicular, no podrá estar condicionado a los servicios exclusivos de mantenimiento en los talleres de la concesionaria o distribuidora, cuando implique un monopolio del servicio. Asimismo,  la obligación de la Secretaría de Economía de emitir las normas necesarias para impulsar la competitividad.

7

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

4 de noviembre de 2008.

Dip.

Carlos Navarro Sugich

(PAN)

Comisión de Justicia

Armonizar sus disposiciones conforme a las reformas constitucionales publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de junio de 2008. Redefinir el tipo penal de delincuencia organizada y establecer que procederá la suspensión de los plazos para la prescripción de la acción penal cuando el inculpado, una vez sujeto a proceso, evada la acción de la justicia o sea puesto a disposición de otro juez que lo reclame en el extranjero. Precisar los supuestos en los cuales el órgano jurisdiccional podrá decretar el arraigo de una persona. Implementar la protección de  víctimas, ofendidos y testigos, así como demás personas que intervengan en el procedimiento penal. Que los procesados y los sentenciados deberán ser recluidos en centros especiales de seguridad. Asimismo, facultar a la autoridad penitenciaria para restringir las comunicaciones de los inculpados.

8

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

4 de noviembre de 2008.

Dip.

Neftalí Garzón Contreras

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que los trabajadores pensionados y jubilados conservarán su calidad de miembros del sindicato respectivo con plenitud de derechos, incluidos los de votar y ser votados. Asimismo, que tendrán derecho a las prestaciones contenidas en el contrato colectivo y a los mismos incrementos que reciban los trabajadores en activo, en cuanto sean pertinentes a su nueva condición, así como a las prestaciones contenidas en las condiciones generales de trabajo.

9

Que reforma el inciso d) del artículo 2 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

4 de noviembre de 2008.

Dip.

 Christian Martín Lujano Nicolás

(PAN)

Comisión de Gobernación

Establecer que ninguna persona podrá ser inducida, condicionada o presionada de forma alguna a prestar servicios personales ni a contribuir con dinero o en especie al sostenimiento de una asociación, iglesia o cualquier otra agrupación religiosa.

10

Que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

4 de noviembre de 2008.

Dip.

Neftalí Garzón Contreras

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Facultar a las federaciones y confederaciones de trabajadores para iniciar leyes o decretos. Asimismo, que dichos proyectos pasarán desde luego a las comisiones  respectivas de las cámaras del Congreso de la Unión.

11

Que adiciona la fracción XVI al  artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

6 de noviembre de 2008.

Dip.

Adriana Díaz Contreras

(PRD)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Crear la Comisión Financiera de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

12

Que adiciona un párrafo octavo al artículo 47 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

4 de noviembre de 2008.

Dip.

Carlos Ernesto Zatarain González

(PRI)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Incluir dentro de los planes de estudio elaborados por la Secretaría de Educación Pública, la enseñanza teórico-práctica, mediante la experimentación y la observación, tanto en las asignaturas biológicas, físicas y matemáticas como en las sociales y de humanidades, propiciando el desarrollo de la infraestructura informática, material y de capacitación necesarias por parte de la autoridad educativa.

13

Que adiciona un inciso h) a la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

6 de noviembre de 2008.

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Facultar al procurador de la Defensa del Contribuyente para promover acciones de inconstitucionalidad en materia fiscal, en contra de leyes federales, estatales y del Distrito Federal, cuando sea solicitada por el 30% de los empadronados en el Registro Federal de Contribuyentes por el impuesto de que se trate.

14

Que reforma los artículos 2 y 3 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

6 de noviembre de 2008.

Dip.

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez

(PRI)

Comisiones Unidas de Justicia y de Derechos Humanos

Establecer que será obligación de los órganos encargados de la procuración de justicia dependientes del Ejecutivo Federal, instituir programas de capacitación y actualización permanente en materia de derechos humanos, a fin de disminuir los casos de violación y otorgar un trato conforme a derecho. Asimismo, eliminar los supuestos de excepción respecto de la que se debe considerar como tortura.

15

Que reforma los artículos 64, 84 y 130 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

21 de octubre de 2008.

Dip.

Holly Matus Toledo

(PRD)

Comisión de Seguridad Social

Eliminar la situación de dependencia económica como requisito para que el  viudo o concubinario del trabajador asegurado pueda ser beneficiado con el otorgamiento de la pensión.

16

Que adiciona un párrafo a la fracción VII del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

6 de noviembre de 2008.

Dip.

Ramón Barajas López

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Facultar al comisariado ejidal o de bienes comunales, para actuar en representación del núcleo agrario como apoderado para realizar trámites de gestión administrativa, en lo relativo a los permisos de siembra y uso del agua, pleitos, cobranzas y las demás que le sean encomendadas por la asamblea general.

17

Que reforma el artículo 167 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

21 de octubre de 2008.

Dip.

Beatriz Manrique Guevara

(PVEM)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Establecer los términos para las etapas del procedimiento de inspección y vigilancia que realiza la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

18

Que reforma el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y expide la Ley General de Archivos.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

23 de octubre de 2008.

Dip.

Fernando Enrique Mayans Canabal

(PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Regular el funcionamiento de los archivos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial de la federación, así como de los órganos constitucionales autónomos. Establecer que el Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados, en el ámbito de su competencia, deberán instituir organismos responsables de concentrar, conservar y resguardar los documentos de los sujetos obligados por la ley, a fin de preservar el patrimonio documental histórico, cultural y social de la nación. Establecer que el Archivo General de la Nación, será un órgano constitucional autónomo, encargado de regular el funcionamiento de los archivos antes señalados. Definir sus facultades, objetivos y su forma de integración. Asimismo, establecer los supuestos considerados como delitos y las penas y multas que les corresponda.

19

Que reforma el inciso h) a la fracción I del artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dips.

Javier Guerrero García, Horacio Garza Garza e Ismael Ordaz Jiménez

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Exentar del pago del Impuesto al Valor Agregado, a la enajenación de artículos de plata, cuyo contenido mínimo de dicho material sea de 80%, siempre que su enajenación no se efectúe en ventas al menudeo con el público en general.

20

Que expide la Ley del Impuesto sobre Emisiones de Vehículos Particulares.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Alan Notholt Guerrero

(PVEM)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer los lineamientos para la aplicación de un impuesto sobre emisiones de vehículos particulares, los sujetos obligados a su cumplimiento, las tasas para realizar el cálculo del pago de dicho impuesto, así como las atribuciones que tendrán las secretarías de Economía y de Medio Ambiente y Recursos Naturales en esta materia.

21

Que reforma el artículo 34 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Claudia Lilia Cruz Santiago

(PRD)

 

A nombre propio y  de  diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisión de Función Pública

Aumentar de 3 a 10 años posteriores a la separación del cargo el lapso durante el cual se puede sancionar a los funcionarios y servidores públicos que hubieren cometido alguna infracción durante su encargo. Asimismo, de 5 a 10 años cuando dicha infracción hubiere sido grave.

22

Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dips.

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez y Gerardo Octavio Vargas Landeros

(PRI)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Incluir dentro de las atribuciones de la autoridad educativa federal el elaborar las versiones de los libros de texto gratuito en sistema braille, macro tipo y de audio, así como, el garantizar la producción de éstos para toda la población que los necesite.

23

Que adiciona el artículo 31 del Código Penal Federal.

  

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Claudia Lilia Cruz Santiago

(PRD)

 

A nombre propio y  de  diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisión de Justicia

Establecer que el juez deberá  fijar la reparación del daño, cuando se trate de delitos que afecten la vida, la integridad corporal o aquellos que sean cometidos por imprudencia, conforme a las disposiciones contenidas en el Titulo Noveno, “Riesgos de Trabajo” de la Ley Federal del Trabajo y no podrá ser menor a las cantidades calculadas en dicha ley.

24

Que reforma el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Precisar la jerarquía de normas dentro del orden jurídico mexicano.

25

Que adiciona el artículo 1004 bis a la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Claudia Lilia Cruz Santiago

(PRD)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer que al patrón que realice actos u omisiones, en materia de seguridad e higiene y prevención de riesgos de trabajo que pongan en grave riesgo la integridad física y psíquica de los trabajadores, se le impondrá de 1 a 17 años de  prisión  y  multa de mil a 100 mil días, independientemente de las sanciones que correspondan por diversa materia. Asimismo, que a los servidores públicos implicados en dichos delitos  se les incrementará la pena aplicable en una mitad y se les inhabilitará de su encargo por el mismo lapso de privación de la libertad.

26

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica y del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

  

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Narcizo Alberto Amador Leal

(PRI)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Armonizar sus disposiciones conforme al decreto publicado el 15 de agosto de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, en materia de solicitud de información mediante pregunta por escrito dirigida al Ejecutivo Federal, secretarios de Estado, Procurador  General de la República o directores de las entidades paraestatales. Eliminar el procedimiento para la asistencia y presentación del Informe de Gobierno del Presidente de la República, a la apertura del Primer Periodo Ordinario de Sesiones del Congreso de la Unión. Establecer el procedimiento y la forma en que deberán formularse las preguntas parlamentarias, así como la sanción por omisión de respuesta en tiempo por parte del Presidente de la República a la pregunta que le sea formulada por cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión. De igual forma, lo relativo a las comparecencias de funcionarios, enviados por el titular del Poder Ejecutivo o llamados por acuerdo de alguna de las Cámaras, así como la supletoriedad de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos en la aplicación de sanciones por falsead de declaraciones.

27

Que reforma diversas disposiciones de las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social.

  

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Claudia Lilia Cruz Santiago

 (PRD)

 

A nombre propio y  de  diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

Aumentar de 730 a 1095 días de salario la cantidad equivalente al importe que se le otorgará, por la indemnización de la muerte del trabajador, a las personas que éste haya designado. Asimismo, del 40 al 90% la pensión que se le otorgará a la viuda/o del asegurado, de la que le hubiese correspondido a éste, tratándose de incapacidad permanente o total.

28

Para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la Leyenda “Federación de Chiapas a México”.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Arnulfo Elías Cordero Alfonzo

(PRI)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda “Federación de Chiapas a México”.

29

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Claudia Lilia Cruz Santiago

(PRD)

 

A nombre propio y  de  diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisión de Seguridad Social

Establecer que se presumirá el riesgo de trabajo a favor del trabajador, salvo prueba en contrario, pudiendo acceder a las prestaciones que en materia de riesgos de trabajo se apliquen hasta el momento en que, por laudo ejecutoriado, se determine que se trata de una enfermedad general, en cuyo caso se procederá al descuento de las cantidades que en demasía se le hubieran otorgado al trabajador sobre el saldo de su cuenta individual.

30

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social.

  

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Claudia Lilia Cruz Santiago

 (PRD)

 

A nombre propio y  de  diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

Establecer que los patrones que utilicen en sus empresas los servicios de trabajadores proporcionados por otro patrón, serán responsables solidarios en las obligaciones contraídas con estos. Que dichos trabajadores deberán prestar sus servicios en las mismas condiciones de trabajo y tendrán los mismos derechos que los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa o establecimiento, así como ser considerados empleados del patrón que reciba directamente sus servicios o beneficios derivados de su trabajo, por lo que podrán formar parte del sindicato titular del contrato colectivo en dicha empresa. Asimismo, establecer un nuevo caso para la presunción de la relación de trabajo y la penalización por la simulación de una relación jurídica o contrato de otra índole legal.

31

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Ana Yurixi Leyva Piñón

(PRD)

 

A nombre propio y  de  diversos diputados de su Grupo Parlamentario

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Prohibir a los patrones efectuar descuentos al salario de los trabajadores por el incumplimiento de las promociones establecidas por los mismos. Asimismo, facultar a los inspectores del trabajo para vigilar su cumplimiento, así como para asegurar que se respete la seguridad e higiene, riesgos de trabajo, capacitación y adiestramiento de los trabajadores.

32

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Neftalí Garzón Contreras

(PRD)

Comisión de Seguridad Social

Establecer que los trabajadores informales podrán incorporarse al esquema de aseguramiento del régimen obligatorio, incluyendo los servicios de  guarderías. Asimismo, definir los requisitos para su inscripción y la base para realizar los pagos de las cuotas obrero patronales.

33

Que reforma los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3, 6 y 22 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

 Dip.

Fernando Enrique Mayans Canabal

(PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Seguridad Pública

Considerar a la seguridad pública como un derecho fundamental de toda persona,  garantizada por el Estado a través de la función de los tres órdenes de gobierno y del Distrito Federal. Establecer que la conducta de los miembros de las instituciones policiales deberán seguir los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad, así como atender y dar respuesta pronta a toda petición o solicitud ciudadana de auxilio o apoyo urgente para proteger la vida, familia, propiedades, patrimonio o derechos propios o de terceros.

34

Que reforma el artículo 6 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Comisión de Seguridad Pública

Establecer que todo centro penitenciario, deberá contar con servicio médico- quirúrgico que permita a los internos la atención y resolución de sus problemas de salud, así como servicios ginecológicos en el caso de los centros de reclusión para mujeres, a efecto de brindar una atención especializada durante el embarazo, parto, puerperio y para los recién nacidos.

35

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Rosario Ignacia Ortiz Magallón

(PRD)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público

Incorporar el  “rendimiento mínimo” como objetivo del régimen de inversión de los recursos de los trabajadores

36

Que reforma los artículos 39, 40 y 41 de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Fernando Enrique Mayans Canabal

(PRD)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Aumentar de 0.814% a 1.0% de la recaudación federal participable, el monto destinado para el Fondo de Aportaciones Múltiples. Establecer que los recursos con cargo al fondo antes mencionado que reciban los estados de la federación y el Distrito Federal, deberán destinarse, en materia de rehabilitación de infraestructura física, a todos los niveles educativos, así como a la creación de nuevos centros educativos a nivel medio y medio superior. Asimismo, establecer las reglas para la distribución de dicho fondo.

37

Que expide la Ley para la Protección de los Deudores de la Banca Comercial.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Víctor Hugo García Rodríguez

(PRD)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer los mecanismos y la forma en la cual los deudores de la banca comercial que acrediten que el monto de los pagos mensuales de la deuda contraída, son superiores al 20% de su ingreso mensual o bien, que se hubieren quedado sin empleo o fuente de ingresos, puedan celebrar convenios con sus acreedores a fin de reestructurar sus adeudos. Establecer las atribuciones que tendrá en esta materia la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, así como los actos que estarán prohibidos para la banca comercial.

38

Que reforma los artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Rafael Villicaña García

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que los estados y municipios deberán definir los casos en que deberán excusarse, abstenerse o prohibirse, habiendo o no una relación jerárquica de por medio, la intervención directa o indirecta, de cualquier servidor público en la selección de personal, así como establecer una sanción para el servidor público que  tenga un interés personal, beneficio económico, familiar o de negocios en dicha selección.

39

Que reforma los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 7 y 133 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de noviembre de 2008.

Dip.

Joaquín Conrado De los Santos Molina

(PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social

Establecer como obligación de los patrones, observar los principios de igualdad de oportunidades y perspectiva de género en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesional, así como en las condiciones de trabajo, conforme a los tratados internacionales suscritos por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, en materia de derechos humanos. 

40

Que reforma el primer párrafo del artículo 22 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

25 de noviembre de 2008.

Dip.

María Soledad Limas Frescas

(PAN)

Comisión de Gobernación

Establecer que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, deberá elaborar los indicadores clave, a partir de la información básica, de manera desagregada por sexo.

41

Que reforma el artículo 4 de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

25 de noviembre de 2008.

Dip.

Ana Yurixi Leyva Piñón

(PRD)

 

Y suscrita por el Dip. Víctor Gabriel Varela López  (PRD)

Comisión de Desarrollo Social

Incluir a los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal para aplicar las disposiciones contenidas en la Ley General de Desarrollo Social. Precisar que le compete de acuerdo a sus atribuciones al Poder Legislativo federal  la aplicación de la misma, así como incluir a los poderes legislativos de las entidades federativas.

42

Que adiciona el párrafo séptimo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

25 de noviembre de 2008.

Dip.

Carlos Ernesto Zataráin González

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer como un derecho fundamental de toda persona, el acceso a una alimentación suficiente y nutricionalmente adecuada que le permita un óptimo desarrollo físico y mental, en todas las etapas de la vida. Asimismo, la obligación del Estado de orientar sus programas gubernamentales en materia de alimentación a fin de alcanzar dicho objetivo.

43

Que adiciona las fracciones XXX, XXXI y XXXII al artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

25 de noviembre de 2008.

Dip.

Marcela Cuen Garibi

(PAN)

Comisión de Atención Grupos Vulnerables

Facultar al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores para   coordinar y concertar acciones con organizaciones o instituciones sociales y privadas que realicen acciones en beneficio de las personas adultas mayores, así como para estimular la coordinación entre dichas organizaciones y las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los gobiernos estatales y municipales y del Distrito Federal.

44

Que reforma el artículo 7 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

25 de noviembre de 2008.

Dip.

Ana Yurixi Leyva Piñón

(PRD)

Comisión de Atención Grupos Vulnerables

Precisar que serán el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), los sistemas estatales, municipales y del Distrito Federal los encargados de la protección del ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, así como para la toma de medidas necesarias para su bienestar. Establecer que el DIF deberá promover y adoptar un programa nacional para la atención de los derechos de la infancia y adolescencia, en el cual concurran  las entidades federativas y municipales, así como los sectores privado y social.

45

Que reforma el artículo 15 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

25 de noviembre de 2008.

Dip.

Arnoldo Ochoa González

(PRI)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que las autoridades educativas federales y locales, deberán promover, en los convenios respectivos el traslado a las autoridades educativas municipales de las funciones de administración, mantenimiento, propuesta de contenidos regionales en los planes y textos de estudio, selección, contratación y evaluación de docentes, admisión de alumnos, reconocimiento de estudios cursados y toda otra atribución que permita el impulso a la descentralización educativa municipal en el nivel básico. Que para tal efecto, dichas autoridades deberán prever los aspectos reglamentarios y las transferencias de recursos presupuestales, materiales y humanos necesarios.

46

Que reforma el segundo y tercer párrafos del artículo 21 de la Ley del Banco de México.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

25 de noviembre de 2008.

Dip.

Javier Martín Zambrano Elizondo

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Modificar la forma en que habrán de ser presididas las sesiones de la Comisión de cambios. Asimismo, eliminar el requisito del voto favorable de por lo menos uno de los representantes de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para poder emitir alguna resolución.

47

Que reforma los artículos 1, 15, 41, 53, y adiciona el 14 Bis a la Ley del Servicio Militar.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

25 de noviembre de 2008.

Dip.

Fernel Arturo Gálvez Rodríguez

(PRD)

Comisión de Defensa Nacional

Establecer que los individuos que deban incorporarse al activo, podrán ser asignados a cualquiera de los programas implantados por la Secretaría de la Defensa Nacional para el Servicio Militar Nacional. Que la oficina de reclutamiento de la zona, deberá tomar en cuenta el lugar de residencia del conscripto, para determinar su asignación al programa de restauración de bosques. Asimismo, estipular los casos para la prestación del servicio militar en dicho programa.

48

Que adiciona la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

25 de noviembre de 2008.

Dip.

Arnoldo Ochoa González

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que para la coordinación y asociación de los municipios, se crearán los Consejos de Desarrollo Metropolitano, para atender las problemáticas específicas que requieran de la atención conjunta de los municipios. Definir su forma de integración, la manera de presidir sus reuniones, así como establecer la finalidad de  los fondos mixtos que para tal efecto se constituyan.

49

Que reforma la fracción XIV del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

25 de noviembre de 2008

Dip.

Marco Antonio Peyrot Solís

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales

Sustituir la denominación de “Marina de Guerra” por el de “Armada”.

50

Que reforma los artículos 49, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

27 de noviembre de 2008

Dip.

Carlos Madrazo Limón

(PAN)

 

A nombre propio y  de  diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que  la calidad, el profesionalismo, la objetividad y la imparcialidad  serán los principios rectores para el desempeño de las funciones de los servidores públicos de los  tres órdenes de gobierno.

51

Que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código de Justicia Militar.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

27 de noviembre de 2008

Dip.

Érick López Barriga

(PRD)

Comisiones Unidas de Justicia y de Defensa Nacional

 

Considerar como agravantes para la aplicación de las penas y multas relativas a los delitos de  allanamiento de morada, robo, lesiones y homicidio,  cuando en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, los  servidores públicos, miembros de las fuerzas armadas o de cualquier corporación policíaca, o por quien se haga pasar como miembro de ellas o se ostente como tal sin serlo, incurran en dichas conductas.

 

52

Que  reforma los artículos 7, 32 y 35 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

27 de noviembre de 2008

Dip.

Narcizo Alberto Amador Leal

(PRI)

Comisión de Seguridad Pública

Precisar que habrá de aplicarse supletoriamente el Código Penal Federal, en vez del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común, y para toda la República en Materia de Fuero Federal.

53

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

27 de noviembre de 2008

Dip.

Emilio Ramón Ramiro  Flores Domínguez

(PAN)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Sancionar la conducta de los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, que sean contrarias a la disciplina y orden de las sesiones legislativas. Precisar los actos que serán considerados contrarios a lo antes mencionado, así como el procedimiento que habrá de seguirse para estos casos. Asimismo, establecer las atribuciones que tendrá el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores  en la materia.

 

54

Que reforma el artículo 370 del Código Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

27 de noviembre de 2008

Dip.

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez

(PRI)

Comisión de Justicia

Establecer que el tribunal que dictó la resolución apelada, deberá enviar los autos del proceso al tribunal de apelación correspondiente para su sustanciación, en vez de admitir o desechar de plano el recurso antes citado.

55

Que reforma los artículos 12, 13 y 18 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

27 de noviembre de 2008

Dip.

Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco

(PAN)

Comisión de Gobernación

Aumentar la penalidad de diversos actos considerados como violatorios a las disposiciones que regulan los juegos y sorteos, así como prohibir la presencia o participación de menores de edad en los juegos prohibidos o con apuestas. Asimismo, establecer como obligación de los establecimientos donde se realicen juegos o sorteos con apuestas, colocar en sus accesos una leyenda que diga "El juego excesivo perjudica tu salud y crea adicción. Si te consideras afectado por él, acude a tu médico".

56

Que reforma el artículo 42 de la Ley Aduanera.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

27 de noviembre de 2008

Dip.

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer como obligación de los agentes o apoderados aduanales para el despacho de mercancías que se deban realizar al presentar ante la aduana un pedimento de importación o exportación, examinar las características de las mercancías cuando las ignoren.

57

Que  adiciona un párrafo segundo al artículo 2, una fracción XIII al artículo 7, y un párrafo segundo al artículo 18, de la Ley del Banco de México.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

2 de diciembre de 2008

Dip.

Alejandro Sánchez Camacho

(PRD)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que el Banco de México podrá otorgar un crédito de hasta el 20% del total de las reservas internacionales al gobierno federal, cuando la situación económica y financiera  así lo permita, con el objeto de financiar los proyectos productivos de obra pública.

58

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Población.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

2 de diciembre de 2008

Dip.

Raúl Ríos Gamboa

(PRD)

 

A nombre propio  y de los Integrantes de la Comisión Especial de Estudios de las Políticas para la Migración Interna

 

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Definir la “migración interna”, así como establecer la concurrencia de la Secretaría de Gobernación y de las instituciones y organismos de la Administración Pública Federal en la atención de los problemas derivados de este fenómeno.

59

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

2 de diciembre de 2008

Dip.

Alberto Amaro Corona

(PRD)

 

Comisión de Relaciones Exteriores

Establecer que la evaluación realizada por la Comisión de Personal del Servicio Exterior Mexicano a sus miembros deberá considerar el desempeño en el cargo, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas, logros, cumplimiento de metas, obtención de resultados, satisfacción de indicadores, omisiones, faltas e irregularidades realizadas por el miembro del servicio exterior evaluado. De igual forma, lo relativo al procedimiento y lineamientos que deberán tomarse en cuenta para la imposición de sanciones.

60

Que reforma el artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

2 de diciembre de 2008

Dip.

Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui

(PRI)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Establecer nuevos casos de excepción a la prohibición para realizar obras en las zonas de manglar. De igual forma, lo relativo a las atribuciones que tendrá la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la materia, así como precisar que dichas obras estarán sujetas a la evaluación del impacto ambiental.

61

Que reforma el artículo 1155 del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

2 de diciembre de 2008.

Dip.

Neftalí Garzón Contreras

(PRD)

Comisión de Justicia

Eliminar la figura de posesión de mala fe y establecer que la posesión adquirida por la comisión de un delito no se tendrán en cuenta para la prescripción.

62

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Turismo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de diciembre de 2008.

Dip.

Christian Martín Lujano Nicolás

(PAN)

Comisión de Turismo

Armonizar sus disposiciones con lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en relación al turismo de bajo impacto. Definir “turismo de bajo impacto” y facultar a las secretarías de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales para elaborar un padrón sobre dichas áreas, así como los lineamientos generales para su desarrollo y manejo, tomando en cuenta la  declaratoria del área, su categoría, el programa de manejo correspondiente, y zonificaciòn.

63

Que reforma el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, expide la Ley que regula los Servicios de Paquetería y Mensajería y deroga diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de diciembre de 2008.

Dip.

Silvia Oliva Fragoso

(PRD)

Comisiones Unidas de Gobernación y de Comunicaciones y Transportes, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Regular la prestación de los servicios de mensajería y paquetería en territorio nacional. Establecer el procedimiento y los requisitos para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) pueda otorgar el permiso para realizar dicha actividad y para la revalidación del mismo. De igual forma, lo relativo a las obligaciones y limitaciones de los prestadores de los servicios antes  mencionados, así como los derechos de los prestatarios y destinatarios. Crear  la Dirección General de Registro y Supervisión de Empresas y Servicios de Mensajería y Paquetería dependiente de la SCT, encargada de regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente y la cobertura social amplia de los servicios de mensajería y paquetería en México. Crear  el Registro Nacional de Empresas de Servicios de Mensajería y Paquetería. Asimismo, establecer los casos en que se podrán aplicar sanciones por actos contrarios o violatorios a las disposiciones en la materia y para interponer el recurso de revisión.

64

Que  adiciona un artículo 13 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de diciembre de 2008.

Dip.

Juana Leticia Herrera Ale

(PRI)

Comisiones Unidas de Justicia y de Derechos Humanos

Establecer diversas medidas a favor de la igualdad de oportunidades para las personas que padezcan enfermedades mentales, las cuales deberán ser instrumentadas por los órganos públicos y las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia.

65

Que  expide la Ley para la Protección de los Portadores y la Prevención del VIH-Sida.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de diciembre de 2008.

Dip.

Juan Abad de Jesús

(Convergencia)

Comisión de Salud, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer diversos mecanismos, bases, lineamientos y acciones a cargo del Estado tendientes a respetar, promover, garantizar y proteger a todas las personas contra el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (sida). Las obligaciones para todas las personas físicas y morales y los derechos para las personas que se encuentran infectadas con el VIH y el sida. Asimismo, establecer la concurrencia del Poder Legislativo junto con diversas Dependencias Federales en la realización de los objetivos antes mencionados.

66

Que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal y adiciona una fracción XV al artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de diciembre de 2008.

Dip.

Mónica Arriola

(Nueva Alianza)

 

Comisiones Unidas de Justicia y de Asuntos Indígenas

Establecer como obligación del juez del registro civil, en su caso, asentar en las actas de nacimiento, los nombres y apellidos con caracteres pertenecientes a las lenguas indígenas. Asimismo, que corresponderá al Estado en sus 3 ordenes de gobierno, instituir las normas y procedimientos necesarios que permitan garantizar el derecho a la identidad de los pueblos y comunidades indígenas.

67

Que reforma los artículos 27, 42 y 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de diciembre de 2008.

Dip.

Marco Antonio Peyrot Solís

(PAN)

 

Comisión de Puntos Constitucionales

Considerar al Golfo de California como parte del territorio nacional.

68

Que  reforma los artículos 27 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de diciembre de 2008.

Dip.

Mónica Arriola

(Nueva Alianza)

 

 

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer que la información de los beneficiarios de todos los programas gubernamentales, deberá estar desagregada por sexo, edad y etnia.

69

Que  adiciona la fracción XIX al artículo 29 de la Ley Federal de Pesca y Acuacultura Sustentables.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de diciembre de 2008.

Dip.

Christian Martín Lujano Nicolás

(PAN)

 

Comisión de Pesca

Facultar al Instituto Nacional de Pesca para realizar estudios de vulnerabilidad de las diferentes pesquerías ante el cambio climático, así como para proponer las medidas que estime más adecuadas para mitigar los impactos del mismo.

70

Que  adiciona un segundo párrafo a la fracción VIII del artículo 17 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de diciembre de 2008.

Comisión de Pesca

Incluir como parte de los principios generales para la formulación y conducción de la Política Nacional de Pesca y Acuacultura Sustentables, impulsar mecanismos de mitigación y adaptación ante los fenómenos del cambio climático para asegurar la sustentabilidad de los recursos pesqueros.

71

Que reforma la fracción I del artículo 39 de la Ley del Banco de México.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Javier Martín Zambrano Elizondo

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Aumentar de 65 a 75 años el límite máximo de edad que se requiere para ser designado como miembro de la Junta de Gobierno del Banco de México.

72

Que  adiciona un inciso d) a la fracción III del artículo 5 de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Alejandro Sánchez Camacho

(PRD)

 

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Facultar al Comité Técnico del Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos para actualizar el monto del apoyo social que se otorga a los ex trabajadores migratorios mexicanos, tomando como base la cantidad otorgada en el ejercicio fiscal de 2005 y ajustarla, considerando la inflación acumulada al nivel de precios del ejercicio fiscal en que se entregue al beneficiario el recurso correspondiente, asegurando que el trabajador no pierda capacidad en su poder adquisitivo.

73

Que reforma el artículo 29 Bis 3 de la Ley de Aguas Nacionales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Yerico Abramo Masso

(PRI)

Comisión de Recursos Hidráulicos

Incluir la compra de agua tratada  dentro de los casos en que no se aplicará la extinción por caducidad parcial o total.

74

Que reforma el artículo 52 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Juan de Dios Castro Muñoz

(PAN)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Prohibir a las autoridades educativas pagar remuneración adicional  monetaria o en especie, cuando se interrumpan las clases sin causa justificada.

75

Que adiciona el artículo 31 Bis de la Ley Federal de Cinematografía.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Octavio Martínez Vargas

(PRD)

Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía

Establecer como obligación de las aerolíneas nacionales así como de las líneas de autobuses foráneos, incluir cuando menos un 20% de las transmisiones de producciones cinematográficas mexicanas, a fin de promover las riquezas naturales, históricas y culturales de nuestro país.

76

Que  reforma y adiciona los artículos 41, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Lorena Martínez Rodríguez

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer la figura de revocación de mandato para los servidores públicos de elección popular de los 3 órdenes de gobierno y los facultados para ejercer este derecho. Asimismo, las facultades que tendrá el Instituto Federal Electoral en la materia.

77

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley Aguas Nacionales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Ernesto Oviedo Oviedo

(PAN)

Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Recursos Hidráulicos

Facultar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para verificar y sancionar la operación de plantas de tratamiento de aguas residuales municipales, estatales, industriales y de servicios. Incluir al gobierno del Distrito Federal dentro de los obligados a realizar acciones para la prevención y control de la contaminación del agua, así como las atribuciones que tendrá la Comisión Nacional del Agua en esta materia.

78

Que  reforma y adiciona los artículos 8 Bis, 13 y 128 Ter de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez

(PRI)

Comisión de Economía

Facultar a la Procuraduría Federal del Consumidor para  realizar por sí, o  mediante la coordinación con dependencias y entidades de la administración pública federal, así como con los gobiernos estatales y municipales u organismos de carácter privado, estudios e investigaciones, incluidos aquellos sobre los efectos de los productos y servicios que se ofrecen al consumidor y que pudieran representar un riesgo a la salud o al medio ambiente ya sea a corto, mediano y largo plazo, haciéndolos del conocimiento de las empresas oferentes y de las autoridades competentes en materia sanitaria o ambiental para el establecimiento de las medidas precautorias o las sanciones correspondientes, en  cuyo caso serán consideradas como casos graves.

79

Que reforma la fracción XXI del artículo 3 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

José Gildardo Guerrero Torres

(PAN)

 

Y suscrita por diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisión de Salud

Incluir  como parte de la salubridad general, la prevención, orientación, control y vigilancia de las enfermedades y accidentes atribuibles al consumo de alcohol.

80

Que  adiciona un último párrafo al  artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Neftalí Garzón Contreras

(PRD)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público

Prohibir a las administradoras de fondos para el retiro, realizar el cobro de comisiones sobre cuentas individuales inactivas.

81

Que  reforma el artículo 343 Bis del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Ernesto Oviedo Oviedo

(PAN)

Comisión de Justicia

Establecer que el tratamiento psicológico especializado a que se sujetarán, en su caso, las personas que cometen el delito de violencia familiar, no podrá exceder del tiempo impuesto en pena de prisión, independientemente de las sanciones que correspondan por cualquier otro delito. Aumentar la pena que corresponda hasta en una tercera parte en su mínimo y en su máximo, cuando la víctima sea menor de 18 años o cuente con alguna discapacidad. Asimismo, precisar que no se justifica en ningún caso el ejercicio de la violencia hacia los menores  como forma de educación o formación.

82

Que  reforma el segundo párrafo del artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

9 de diciembre de 2008.

Dip.

Felipe Borrego Estrada

(PAN)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer que si en el juicio correspondiente, el patrón no comprueba la causa  de rescisión de la relación laboral, el trabajador tendrá derecho al pago de salarios vencidos hasta por 6 meses contados a partir de la fecha en que se configuró su despido.

83

Que adiciona el Título Vigésimo Séptimo y el artículo 430 del Código Penal Federal y el artículo 116 del Código Federal de Procedimientos Penales, así como el artículo 50, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

 

Publicación en GP:

28 de noviembre de 2008

Integrantes de la Comisión Especial para dar Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación

Comisión de Justicia

Tipificar diversos actos como delitos cometidos en contra de la libertad de expresión, así como establecer las sanciones correspondientes. Facultar a los jueces federales penales para conocer este tipo de delitos y definir el procedimiento y las atribuciones del Ministerio Público en la materia.

84

Que adiciona el artículo 84 Bis al Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008

Dip.

Francisco Antonio Fraile García

(PAN)

Comisión de Justicia

Establecer los requisitos para que el condenado mayor de 70 años, que presente alguna discapacidad o padezca de una enfermedad en fase terminal, pueda gozar del beneficio de la libertad preparatoria.

85

Que reforma el artículo 4 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008

Dip.

Claudia Lilia Cruz Santiago

(PRD)

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Establecer que las normas aplicables a niñas, niños y adolescentes, tendrán como propósito fomentar sus capacidades y garantizar el respeto a la dignidad y el ejercicio pleno de sus derechos. Que el Estado en sus 3 órdenes de gobierno, tendrá la obligación de aplicar criterios, disposiciones, políticas, acciones y decisiones que busquen el beneficio del infante y del adolescente. Asimismo, que las instituciones de bienestar social, públicas y privadas, los tribunales, las autoridades administrativas y los órganos legislativos, en la actuación de sus atribuciones y funciones, deberán otorgar prioridad a los intereses de este sector de la población.

86

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil.

 

Publicación en GP:

Anexo VII. 11 de diciembre de 2008

Dip.

Óscar Gustavo Cárdenas Monroy

(PRI)

Comisiones Unidas de Transportes y de Comunicaciones

Establecer que en los procesos de licitación para servicios aéreos o adquisición de aeronaves que pretendan realizar el Poder Legislativo, Judicial, los órganos autónomos y las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo federal, así como las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, se deberá contar con un dictamen favorable emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Las atribuciones que tendrá la Secretaría de la Función Pública en esta materia. Asimismo, definir las obligaciones y responsabilidades de los concesionarios, permisionarios u operadores aéreos.

87

Que reforma y adiciona los artículos 3, 61, 64, 66, 139 y 144 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Ariel Castillo Nájera

(Nueva Alianza)

Comisión de Salud

Establecer que la desparasitación microbiana o parasitaria, serán obligatorias en los términos que fije la Secretaría de Salud, la cual determinará qué sectores de la población deberán ser desparasitados y las condiciones en las que se llevará a cabo, conforme a los programas que para tal efecto establezca y cuya observancia será obligatoria para todas las instituciones de salud. Asimismo, considerar a la desparasitación como materia de salubridad general.

88

Que expide la Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos.

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Armando García Méndez

 (Alternativa)

 

A nombre propio y de los integrantes de la Subcomisión de Juegos y Sorteos de la Comisión de Turismo

Comisión de Gobernación, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

 

Por acuerdo de la Mesa Directiva del 8 de enero de 2009 (GP:13/01/09), se modifico el turnó a la Comisión de Turismo, con opinión de las comisiones de Gobernación y de Presupuesto y Cuenta Pública

 

Por acuerdo de la Mesa Directiva del 19 de febrero de 2009 (GP:26/02/09), se modifico el turnó a las Comisiones Unidas de Turismo,, de Gobernación y de Hacienda y Crédito Público con opinión de la comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Regular los juegos con apuestas y sorteos en todas sus variables y modalidades, a los sujetos que los operen y los establecimientos en que se realicen. Establecer la supletoriedad de diversas leyes en esta materia y los requisitos para obtener el permiso para realizar dicha actividad. Crear la Comisión Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, así como definir sus facultades y forma de integración. Asimismo, establecer las medidas de seguridad, las acciones para la prevención y combate a las adicciones y los supuestos contemplados para la aplicación de infracciones y sanciones por violaciones u omisiones a sus disposiciones.

89

Que reforma los artículos 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los  Estados Unidos Mexicanos y 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Dolores de María Manuell Gómez Angulo

(PAN)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Aumentar de 20 a 45 días hábiles, el plazo que tiene el presidente de la Mesa Directiva  de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión, para poder excitar a las comisiones a presentar ante el pleno el dictamen correspondiente del asunto que se les hubiere turnado. Asimismo, que si este plazo no fuese suficiente, deberá emplazarlas para que lo presenten en un término de 10 días posteriores  al mismo.

90

Que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Mario Enrique del Toro

(PRD)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Incluir como parte de los derechos de las mujeres trabajadoras, que en caso  de alumbramiento doble, recibirán el doble de salario durante el periodo establecido de descanso para el parto, y en caso de alumbramiento triple o mayor, recibirán el triple de salario.

91

Que reforma los artículos 25, 26, 35, 36 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Salvador Ruiz Sánchez

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Crear el Consejo Económico y Social, como un órgano consultivo de los poderes  Ejecutivo y Legislativo, con autonomía técnica, presupuestaria y de gestión, el cual emitirá informes, opiniones y recomendaciones, en materia económica y social, que permitan diseñar e instrumentar la planeación nacional y las políticas públicas para el desarrollo del país. Establecer su forma de integración. Asimismo, como obligación de los ciudadanos, participar en los trabajos de los Consejos Económicos y Sociales, cuando éstos les confieran la representación o comisión respectiva.

92

Que  reforma los artículos 27, 55, 56 y 57 de la Ley Minera.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Javier Martín Zambrano Elizondo

(PAN)

Comisión de Economía

Establecer que los informes estadísticos, técnicos y contables, a los que están obligados a rendir los titulares de concesiones y asignaciones mineras a la Secretaría de Economía, deberán realizarlos de manera mensual, trimestral y anual. De igual forma, contemplar diversas sanciones por la omisión a esta  disposición.

93

Que reforma el artículo 219 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que el estímulo fiscal que se otorga a los proyectos de investigación y desarrollo de tecnología, deberá contemplar el diseño industrial.

94

Que reforma el artículo 66 de la Ley de Instituciones de Crédito.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

11 de diciembre de 2008.

Dip.

Luis Xavier Maawad Robert

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Incluir al contrato de crédito simple celebrado por las instituciones de crédito, como uno de los que deberán sujetarse a lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y Operaciones de Crédito.

*    Sin intervención en tribuna.

**  Turnadas por acuerdo de la Mesa Directiva.

 

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