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PRIMER
PERIODO
DE SESIONES
ORDINARIAS
DEL TERCER
AÑO DE
EJERCICIO |
Sesión
Núm. 30,
de Diciembre
11, 2008. |
7.
MINUTAS
a)
Con
proyecto de decreto.
No. |
ORIGEN |
MINUTA |
TURNO O TRÁMITE |
1 |
Que que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de
Sociedades Mercantiles.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de diciembre de 2008. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. José
Gildardo Guerrero Torres (PAN) el 14 de
diciembre de 2006.
Iniciativa presentada por el Dip. Juan
Francisco Rivera Bedoya (PRI) el 22 de
febrero de 2007.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 11
de marzo de 2008.
Dictamen a Discusión presentado el 27 de
marzo de 2008. Proyecto de decreto aprobado
por 254 votos, 70 en contra y 11
abstenciones. Pasó a la Cámara de Senadores
para los efectos del inciso a) del artículo
72 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida en la Cámara de Senadores el
1 de abril de 2008.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 9 de diciembre de
2008. Proyecto de decreto aprobado por 92
votos. Pasó a la Cámara de Diputados
para los efectos del inciso e) del
artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Crear la sociedad mercantil denominada
“Sociedad unipersonal” constituida con 1 ó
más socios o accionistas, pudiendo adoptar
esta modalidad las sociedades de
responsabilidad limitada y las sociedades
anónimas. Establecer las clases de
sociedades que se considerarán como tal, las
funciones del órgano de administración, de
su acta constitutiva e inscripción en el
Registro Público de Comercio y de la
constitución de sus participaciones sociales
o acciones. |
Comisión de Economía |
2 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley de
Transparencia y de Fomento a la Competencia
en el Crédito Garantizado.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de diciembre de 2008. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Sen. Federico
Döring Casar (PAN) el 4 de diciembre de
2007.
Iniciativa presentada por la Dip. Susana
Monreal Ávila (PRD), a nombre de la Sen.
Minerva Hernández Ramos y del Dip. Octavio
Martínez Vargas (PRD), el 9 de julio de
2008.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 4
de diciembre de 2008
Dictamen a Discusión presentado el 9 de
diciembre de 2008. Proyecto de decreto
aprobado por 82 votos, 2 en contra y 3
abstenciones. Pasó a la Cámara de Diputados
para los efectos del inciso a) del
artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Facultar a la Comisión Nacional Bancaria
para autorizar las cédulas profesionales de
postgrado en valuación de tal forma que ésta
ya no será de la Sociedad Hipotecaria
Federal (SHF). Incluir dentro de los
requisitos para ser valuador el contar con
cédula profesional de arquitecto, de
ingeniero o de alguna carrera afín a la
materia inmobiliaria expedida por la
Secretaría de Educación Pública, o con la
habilitación como corredor público por parte
de la Secretaría de Economía. Disminuir de
10 a 5 los valuadores con los cuales deberán
contar las unidades de valuación. Establecer
que las entidades tratándose de Créditos
Garantizados a la Vivienda, estarán
obligadas a otorgarlos en los términos y
condiciones establecidos en la oferta
vinculante, siempre y cuando, se compruebe
la identidad del solicitante, la veracidad y
autenticidad de los datos que hubiese
proporcionado el solicitante, la capacidad
crediticia del solicitante conforme a las
sanas prácticas y condiciones de mercado,
la realización de un avalúo practicado por
un valuador profesional autorizado, en caso
de ser autorizado, se deberá proporcionar a
la (SHF) toda lo documentación referente de
tal forma que dicha sociedad creará un
Centro de Información Estadística de la
Originación y Comportamiento de los Créditos
Garantizados a la Vivienda, la cual deberá
publicar mensualmente a través de su página
de internet. Asimismo, los delitos y
sanciones que se impondrán por el
incumplimiento de dicho crédito. |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito
Público y de Educación Pública y
Servicios Educativos |
3 |
Que reforma y adiciona la Ley General
del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de diciembre de 2008. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por los Sens. Antonio
Mejía Haro (PRD) y Francisco Javier Obregón
Espinoza (PT) el 21 de febrero de 2008.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 9 de diciembre de
2008. Proyecto de decreto aprobado por 95
votos. Pasó a la Cámara de Diputados
para los efectos del inciso a) del
artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Establecer el concepto de cambio climático y
que la formulación y ejecución de acciones
para su prevención serán consideradas de
utilidad pública. Facultar al Gobierno
Federal, las entidades federativas y los
municipios, para fomentar las
investigaciones científicas y promover
programas para el desarrollo de técnicas y
procedimientos para la prevención y control
del cambio climático. |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos
Naturales |
4 |
Que reforma y adiciona los artículos 2, 9 y
13 de la Ley de la Comisión Nacional
para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de diciembre de 2008. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Sen. Andrés
Galván Rivas (PAN) el 11 de diciembre de
2007.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 9 de diciembre de
2008. Proyecto de decreto aprobado por 91
votos y 1 abstención. Pasó a la Cámara de
Diputados
para los efectos del inciso a) del
artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Establecer que la Comisión Nacional para el
Desarrollo de los Pueblos Indígenas se
regirá bajo los criterios de
transversalidad de las políticas públicas
con las distintas dependencias y entidades
de la Administración Pública Federal, a
partir de la ejecución de programas y
acciones con enfoque pluricultural,
atendiendo criterios etnolingüísticos, usos
y costumbres y de asentamiento físico.
Asimismo, de federalismo en lo que se
refiere al desarrollo de programas y
actividades para el fortalecimiento
institucional de las dependencias
responsables del desarrollo de los pueblos
indígenas en los estados y municipios. |
Comisión de Asuntos Indígenas |
5 |
Que reforma y adiciona los artículos 20, 26,
60, 61 y 68 de la Ley para Regular las
Sociedades de Información Crediticia.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de diciembre de 2008. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Sen. Fernando
Castro Trenti (PRI) en la
Cámara de Senadores, el 2 de septiembre de
2008.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 9 de diciembre de
2008. Proyecto de decreto aprobado por 91
votos y 1 abstención. Pasó a la Cámara de
Diputados
para los efectos del inciso a) del
artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 11 de diciembre de 2008.
Propuesta:
Establecer que se deberá incluir dentro de
la base de datos de las sociedades de
información crediticia los documentos que
acrediten la relación contractual del
usuario con el cliente, así como de la
existencia del incumplimiento que constituye
la cartera vencida, los pagos oportunos,
anticipados o el pago total que se haya
efectuado respecto del mismo crédito. Que
éste se diera por medio de programas de
recuperación de créditos de entidades
financieras, empresas comerciales o
Sociedades Financieras de Objeto Múltiple
de Entidades No Reguladas (SOFOMES E.N.R.)
los usuarios deberán reportar los créditos
como saldados, en caso de que hayan sido
finiquitados. Que la falta de la
documentación antes referida podrá ser
sancionada según corresponda por la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, la
Procuraduría Federal del Consumidor y por la
Comisión Nacional para la Protección y
Defensa de los Usuarios de Servicios
Financiero. Asimismo, prohibir a las
personas físicas el utilizar dicha
información para efectos laborales del
cliente, salvo por mandamiento judicial o
legal que así lo amerite. |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
6 |
Que reforma el artículo 72 de la Ley
de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
Publicación en GP:
Anexo I.
11 de diciembre de 2008. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por los Sens. Javier
Orozco Gómez (PVEM), José Isabel Trejo
Reyes, Martha Leticia Rivera Cisneros (PAN),
Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (PRI) y
José Luís Máximo García Zalvidea (PRD), el
23 de julio de 2008.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 9 de diciembre de
2008. Proyecto de decreto aprobado por 83
votos. Pasó a la Cámara de Diputados
para los efectos del inciso a) del
artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Establecer que el Premio Nacional de la
Juventud se otorgará en dos categorías de
edad, de 12 años hasta menos de 18 años y de
18 años hasta 29 años. Modificar las
distinciones por las que se otorgará, mismos
que serán logro académico; expresiones
artísticas y artes populares; compromiso
social; fortalecimiento a la cultura
indígena; protección al ambiente; ingenio
emprendedor; derechos humanos; discapacidad
e integración; aportación a la cultura
política y a la democracia y ciencia y
tecnología. |
Comisión de Gobernación |
7 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley de
Instituciones de Crédito, de la
Ley para la Transparencia y Ordenamiento
de los Servicios Financieros y de la
Ley de Protección y Defensa al Usuario
de Servicios Financieros.
Publicación en GP:
Pendiente |
Proceso Legislativo:
1.- Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. José Eduardo Calzada
Rovirosa (PRI), a nombre propio y de los
Sens. Gustavo Enrique Madero Muñoz, José
Isabel Trejo Reyes (PAN), Manlio Fabio
Beltrones Rivera, María de los Ángeles
Moreno Uriegas, Carlos Lozano de la Torre,
Rogelio Humberto Rueda Sánchez, Carlos
Aceves del Olmo, Ramiro Hernández García,
Francisco Herrera León (PRI), Carlos
Navarrete Ruiz, Minerva Hernández Ramos,
René Arce Islas (PRD) y José Luis Lobato
Campos (Convergencia), el 13 de noviembre de
2008.
2.- Iniciativas (2) presentadas en la Cámara
de Senadores por el Sen Felipe González
González (PAN) el 9 de octubre de 2008 y el
3 de abril de 2008.
3.- Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón
(PRI) el 17 de junio de 2008.
4.- Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Carlos Jiménez Macías
(PRI) el 11 de junio de 2008.
5.-
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por la Sen.
Rosalía Peredo Aguilar (PAN) el 18 de
septiembre de 2007.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentada el 4 de diciembre de
2008. Proyecto de decreto aprobado por 83
votos. Pasó a la Cámara de Diputados
para los efectos del inciso a) del artículo
72 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 8 de diciembre de 2008.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 9 de diciembre de
2008. Proyecto de decreto aprobado por 268
votos, 12 en contra y 8 abstenciones. Pasó a
la Cámara de Senadores
para los efectos del inciso e) del artículo
72 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida en el Senado el 11 de
diciembre de 2008.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 11 de diciembre de
2008. Proyecto de decreto aprobado por 99
votos. Pasó a la Cámara de Diputados
para los efectos del inciso e) del artículo
72 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Precisar los elementos que deberán contener
los estados de cuenta tanto de operaciones
pasivas como activas, así como aquellos que
deberán incorporarse en las carátulas para
los contratos de adhesión de operaciones de
crédito respecto de comisiones, intereses,
saldos, límites de crédito, advertencias
sobre los riesgos en caso de pagos
retrasados, de efectuar solamente los pagos
mínimos, de endeudarse y el impacto en caso
de incumplimiento. Sobre la información que
deberá contener el formato de solicitud de
tarjeta de crédito respecto a la
contratación de seguros. Prever sanciones
respecto al otorgamiento de crédito a
menores de edad, y la entrega de tarjetas de
crédito preaprobadas sin que hayan sido
solicitadas. Permitir la terminación de un
contrato de crédito al consumo antes de su
finiquito. Como obligación de las
instituciones de crédito, notificar a los
clientes cuando se aumente la tasa de
interés la entidad, a efecto de que los
acreditados evalúen la conveniencia de
seguir con una tarjeta de crédito.
Establecer restricciones en los horarios en
las ofertas que realicen la Entidades a los
Clientes. Establecer un plazo de 10 días
hábiles siguientes a la firma de un contrato
para que el usuario de servicios financieros
pueda cancelar una operación sin incurrir en
alguna penalidad. Ampliar el alcance del
proceso de aclaración simplificado sobre las
operaciones y servicios que las
instituciones de crédito celebren
masivamente con sus Clientes por medio de
Contratos de Adhesión. Disminuir los
requisitos para que un cliente se cambie de
banco, incluso en paquete sobre diversos
productos de una misma Entidad. Acotar las
operaciones y servicios de clientes que
gozarán de la representación y tutela de la
Comisión Nacional para la Protección y
Defensa de los Usuarios de Servicios
Financieros (CONDUSEF), definiendo para tal
efecto un monto hasta de 3 millones unidades
de inversión (UDIS), o de 6 millones de UDIS
cuando se trate de operaciones de seguros.
Otorgar mayores facultades a la CONDUSEF en
materia de implementación de programas
educativos sobre cultura financiera, de
regulación, de conciliación y para emitir
regulación en la Ley de Instituciones de
Crédito y en la Ley para la Transparencia y
Ordenamiento de los Servicios Financieros,
en el ámbito de su competencia. Asimismo,
establecer que en materia de supervisión de
bancos las visitas de inspección se
practicarán por la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores, a petición de la
CONDUSEF. (Modificaciones del Senado de la
República pendientes de considerarse en la
Sinopsis). |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
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