DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIONES

a) De la Mesa Directiva.

b) De la Junta de Coordinación Política.

2. OFICIOS

a) Del Instituto Federal Electoral.

b) De puntos de acuerdo.

3. CONTESTACIÓN A PUNTOS DE ACUERDO

a) De la Comisión de Derechos Humanos del estado de Puebla.

4. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De licencia.

5. COMUNICACIÓN RELATIVA A MOVIMIENTO EN COMISIÓN

6. PROPOSICIÓN DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

7. MINUTAS

a) Con proyecto de decreto.

8. INICIATIVAS

9. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con proyecto de decreto.

10. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE TRÁMITES

a) Con proyecto de decreto.

11. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de decreto.

12. PROPOSICIONES

13. EXCITATIVAS

a) Para dictaminar minutas.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión Núm. 29, de Diciembre 09, 2008.

 

                10. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE TRÁMITES

                       a) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TURNO O TRÁMITE

1

Comisión de Justicia*

 

Publicación en GP:

Anexo IX.

9 de diciembre de 2008.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, del Código Penal Federal, de la Ley de la Policía Federal Preventiva, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 18 de septiembre de 2008.

Dictamen de Primera Lectura y puesto a discusión el 4 de diciembre de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos, 3 en contra y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 8 de diciembre de 2008.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 9 de diciembre de 2008.

 

Propuesta:

Adecuar la legislación secundaria del orden jurídico mexicano a la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación del 18 de junio de 2008, con relación al sistema de justicia penal y de seguridad pública en México, en el sentido de:

a) Establecer los lineamientos que deberá seguir la policía, bajo la conducción del Ministerio Público, para integrar debidamente una investigación, así como los relativos al registro de las detenciones.

b) Regular lo relativo a la presentación de denuncias anónimas.

c) Precisar los supuestos en los que se procederá por flagrancia y eliminar la presunción.

d) Adecuar los plazos durante los cuales se podrá hacer uso del arraigo y de la prohibición de abandonar una demarcación geográfica, delimitando su procedencia a los casos de delitos graves, hasta en tanto entre en vigor el sistema procesal acusatorio.

e) Regular y delimitar la actuación tanto de los particulares como de las autoridades en la obtención de comunicaciones privadas entre particulares para efectos probatorios, así como lo relativo al valor jurídico de las pruebas obtenidas con motivo de recompensa.

f) Establecer el recurso de inconformidad como medio de defensa para impugnar la resolución del Ministerio Público por la que no se admitan las pruebas aportadas o no se desahoguen las diligencias por considerarlas ilícitas o inconducentes.

g) Facultar a la autoridad para designar a los servidores públicos que participarán en el levantamiento del acta de cateo, con el fin de que otros servidores públicos presentes en el desarrollo de la diligencia funjan como testigos, aun cuando formen parte de la institución que practica el cateo, sin caer en conflicto de intereses.

h) Implementar medidas como la reclusión en centros especiales así como de vigilancia especial, tanto para indiciados o sentenciados por delitos de delincuencia organizada como para otros internos que requieran medidas especiales de seguridad.

i) Modificar y ampliar diversas hipótesis contenidas en los delitos de abuso de autoridad y contra la administración de justicia.

j) Establecer una sanción penal en los casos en que servidores públicos faciliten el desvío o la obstaculización de las investigaciones, así como la realización de cualquier otra conducta que conlleve el favorecimiento de las condiciones para que los inculpados puedan sustraerse a la acción de la justicia.

k) Incluir las hipótesis relacionadas con diversas obligaciones de las autoridades, así como sancionar la retención ilegal.

l) Establecer que si la autoridad jurisdiccional resolviere que la separación, remoción, baja, cese o cualquier otra forma de terminación de la relación del Estado con un servidor público fue injustificada, el primero sólo estará obligado a pagar la indemnización y demás prestaciones a que tengan derecho sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que hubiere promovido.

 

Asimismo, en materia de delincuencia organizada:

a) Actualizar el tipo penal.

b) Precisar los supuestos y plazos en que podrá obsequiarse por parte del órgano jurisdiccional la orden de arraigo.

c) Implementar la protección de agentes de la policía infiltrados, así como de aquéllos que participen en la ejecución de órdenes de aprehensión, detenciones en flagrancia y cateos, estableciendo las medidas de seguridad y los funcionarios facultados para preservar la confidencialidad de los datos de identidad del agente.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión:  Dip. César Octavio Camacho Quiroz (PRI)

 

Para fijar posición

Dip. José Manuel Del Río Virgen (Convergencia)

Dip. Luis Enrique Benítez Ojeda (PRI)

Dip. Claudia Lilia Cruz Santiago (PRD)

Dip. Violeta del Pilar Lagunes Viveros (PAN)

 

a) En votación económica se autorizó incluirlo en el Orden del Día y se consideró de urgente resolución.

b) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

c) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 314 votos y 4 en contra.

d) Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

2

Comisión de Hacienda y Crédito Público *

 

Publicación en GP:

Anexo X.

9 de diciembre de 2008.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

 

Proceso Legislativo:

1.- Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. José Eduardo Calzada Rovirosa (PRI), a nombre propio y de los Sens. Gustavo Enrique Madero Muñoz, José Isabel Trejo Reyes (PAN), Manlio Fabio Beltrones Rivera, María de los Ángeles Moreno Uriegas, Carlos Lozano de la Torre, Rogelio Humberto Rueda Sánchez, Carlos Aceves del Olmo, Ramiro Hernández García, Francisco Herrera León (PRI), Carlos Navarrete Ruiz, Minerva Hernández Ramos, René Arce Islas (PRD) y José Luis Lobato Campos (Convergencia), el 13 de noviembre de 2008.

2.- Iniciativas (2) presentadas en la Cámara de Senadores por el Sen Felipe González González (PAN) el 9 de octubre de 2008 y el 3 de abril de 2008.

3.- Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 17 de junio de 2008.

4.- Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Carlos Jiménez Macías (PRI) el 11 de junio de 2008.

5.- Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Rosalía Peredo Aguilar (PAN) el 18 de septiembre de 2007.

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentada el 4 de diciembre de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 8 de diciembre de 2008.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 9 de diciembre de 2008.

 

Propuesta:

Precisar los elementos que deberán contener los estados de cuenta tanto de operaciones pasivas como activas, así como aquellos que deberán incorporarse en las carátulas para los contratos de adhesión de operaciones de crédito respecto de comisiones, intereses, saldos, límites de crédito, advertencias sobre los riesgos en caso de pagos retrasados, de efectuar solamente los pagos mínimos, de endeudarse y el impacto en caso de incumplimiento. Sobre la información que deberá contener el formato de solicitud de tarjeta de crédito respecto a la contratación de seguros. Prever sanciones respecto al otorgamiento de crédito a menores de edad, y la entrega de tarjetas de crédito preaprobadas sin que hayan sido solicitadas. Permitir la terminación de un contrato de crédito al consumo antes de su finiquito. Como obligación de las instituciones de crédito, notificar a los clientes cuando se aumente la tasa de interés la entidad, a efecto de que los acreditados evalúen la conveniencia de seguir con una tarjeta de crédito. Establecer restricciones en los horarios en las ofertas que realicen la Entidades a los Clientes. Establecer un plazo de 10 días hábiles siguientes a la firma de un contrato para que el usuario de servicios financieros pueda cancelar una operación sin incurrir en alguna penalidad.  Ampliar el alcance del proceso de aclaración simplificado sobre las operaciones y servicios que las instituciones de crédito celebren masivamente con sus Clientes por medio de Contratos de Adhesión. Disminuir los requisitos para que un cliente se cambie de banco, incluso en paquete sobre diversos productos de una misma Entidad. Acotar las operaciones y servicios de clientes que gozarán de la representación y tutela de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), definiendo para tal efecto un monto hasta de 3 millones unidades de inversión (UDIS), o de 6 millones de UDIS cuando se trate de operaciones de seguros. Otorgar mayores facultades a la CONDUSEF en materia de implementación de programas educativos sobre cultura financiera, de regulación, de conciliación y para emitir regulación en la Ley de Instituciones de Crédito y en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en el ámbito de su competencia. Asimismo, establecer que en materia de supervisión de bancos las visitas de inspección se practicarán por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a petición de la CONDUSEF.

 

Intervenciones:

 

Para fijar posición:

Dip. Juan Nicasio Guerra Ochoa (PRD)

 

Para rectificación de hechos:

Dip. Othón Cuevas Córdova (PRD)

Dip. Jacinto Gómez Pasillas (Nueva Alianza)

Dip. José Luis Aguilera Rico (Convergencia)

Dip. José Gildardo Guerrero Torres (PAN)

 

Para hablar sobre los artículos reservados:

 

Dip. Carlos Alberto Puente Salas (PVEM)

Artículo 46 Bis 1 Ley de Instituciones de Crédito

Dip. Manuel Cárdenas Fonseca (Nueva Alianza)

Dip. Manuel Cárdenas Fonseca
(Nueva Alianza) *

Artículo 22 Bis, 24 y 68 bis1 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros

 

* Retiró sus reservas.

a) En votación económica se consideró de urgente resolución.

b) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

c) Aprobados en lo general y en lo particular, en votación nominal, los artículos no impugnados por 303 votos y 4 abstenciones.

d) En votación económica se desechó la propuesta del Dip. Puente Salas.

e) En votación económica se desechó la propuesta del Dip. Cárdenas Fonseca.

f) Aprobados los artículos reservados, en los términos del dictamen en votación nominal, por 268 votos, 12 en contra y 8 abstenciones.

g) Se devolvió a la Cámara de Senadores  para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

*Turnados a estas comisiones  por acuerdo de la Mesa Directiva el 4 de diciembre de 2008.

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