Datos
de la
LXI Legislatura

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIONES DE LA MESA DIRECTIVA

a) Relativa a iniciativas no dictaminadas.

b) De cumplimiento al artículo octavo transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados.

c) Dictámenes en sentido negativo de proposiciones.

2. COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA, CON MODIFICACIÓN DE TURNO

a) De iniciativa.

3. OFICIOS

4. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

5. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

6. MOVIMIENTO DE C. DIPUTADO

a) De solicitud de licencia.

7. PERMISO CONSTITUCIONAL

a) De particular. Para aceptar y usar condecoración.

8. MINUTAS

a) Con proyecto de decreto.

b) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoraciones.

9. INICIATIVAS

10. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

11. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

c) Con puntos de acuerdo.

12. PROPOSICIONES

13. PROTESTA DE LEY

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 30, del 23 de Noviembre de 2011.

 

                10. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

                           b) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Justicia

 

Publicación en GP:

Anexo III.

23 de noviembre de 2011.

Que adiciona el Artículo 225 Bis al Código Penal Federal.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. J. Eduardo Yáñez Montaño (PRI) el 4 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Sancionar al servidor público del sistema de procuración e impartición de justicia que por culpa o negligencia ejecute actos o incurra en omisiones y que por ello se retenga a una o más personas o se instruya a un proceso penal que concluya en una sentencia definitiva que absuelva al procesado, con pena de prisión de 2 a 4 años y multa de 2 mil a 4 mil días de salario, que serán entregados al sentenciado.  Cuando la conducta sea dolosa, además de la sanción pecuniaria señalada, la prisión será de cuatro a diez años. En este delito, además de las penas de prisión y multa previstas, el servidor público será destituido e inhabilitado de 3 a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos; delito que será perseguible sólo por querella de la parte ofendida.

Se cumple con la declaratoria (art. 87 RCD)

2

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

 

Publicación en GP:

Anexo III.

23 de noviembre de 2011.

Que adiciona un Capítulo Cuarto que se denominará “Establecimiento y Manejo de las Concesiones Marinas Voluntarias para la Restauración” al Título Segundo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Agustín Torres Ibarrola (PAN) el 13 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Adicionar un capítulo a la Ley que regule las concesiones marinas voluntarias para la restauración.

3

Comisión de Vivienda

 

Publicación en GP:

Anexo III.

23 de noviembre de 2011.

Que reforma los artículos 43, 44 y 47 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Octavo Transitorio del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997”.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Vivienda el 8 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

Iniciativa suscrita por el Dip. Luis Carlos Campos Villegas (PRI) el 15 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

Iniciativa suscrita por las Dips. Telma Guajardo Villarreal y Juanita Cruz Cruz (PRD) el 1 de junio de 2011. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que los recursos excedentes por concepto de aportaciones para vivienda, deberán invertirse en los valores que determine el Consejo de Administración, garantizando en todo momento que el Instituto cuente con los recursos requeridos para atender las necesidades de vivienda de los trabajadores. El Instituto también otorgará créditos en pesos o indexados a otros indicadores diferentes al salario mínimo, conforme a las reglas que al efecto determine su Consejo de Administración.  El trabajador tendrá derecho a recibir un crédito del Instituto, y una vez que lo haya liquidado podrá acceder a un nuevo financiamiento por parte del Instituto en coparticipación con entidades financieras.  Prever que los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda a partir del cuarto bimestre de 1997 y sus rendimientos serán entregados en una sola exhibición a los trabajadores.

Regresar