Datos
de la
LXI Legislatura

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIONES DE LA MESA DIRECTIVA

a) Relativa a iniciativas no dictaminadas.

b) De cumplimiento al artículo octavo transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados.

c) Dictámenes en sentido negativo de proposiciones.

2. COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA, CON MODIFICACIÓN DE TURNO

a) De iniciativa.

3. OFICIOS

4. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

5. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

6. MOVIMIENTO DE C. DIPUTADO

a) De solicitud de licencia.

7. PERMISO CONSTITUCIONAL

a) De particular. Para aceptar y usar condecoración.

8. MINUTAS

a) Con proyecto de decreto.

b) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoraciones.

9. INICIATIVAS

10. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

11. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

c) Con puntos de acuerdo.

12. PROPOSICIONES

13. PROTESTA DE LEY

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 30, del 23 de Noviembre de 2011.

 

                8. MINUTAS

                           a) Con proyecto de decreto.

No.

MINUTA

CONTENIDO

TURNO

1

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 1347 del Código de Comercio.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

23 de noviembre de 2011.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Felipe González González (PAN), el 21 de abril de 2009. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 17 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 81 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que cuando se pida la ejecución de sentencia o convenio, si no hay bienes embargados, al proceder al embargo, las partes podrán solicitar el auxilio del Centro de Mediación del Poder Judicial o del Colegio de Corredores Públicos de la entidad federativa o del Distrito Federal donde se substancie la instancia.

Comisión de Economía, para dictamen.

2

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Comercio Exterior.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

23 de noviembre de 2011.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Antonio Mejía Haro, Claudia Sofía Corichi García, Rubén Fernando Velázquez López y José Luis García Zalvidea (PRD), el 5 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Jesús María Ramón Valdés, a nombre propio y de diversos senadores (PRI) el 23 de marzo de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 17 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 77 votos en pro y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

Propuesta:

Establecer precisiones a la obligación del Ejecutivo Federal de informar en torno al ejercicio de las atribuciones que el Ejecutivo tiene en materia arancelaria.

Crear un organismo desconcentrado, especializado y con autonomía técnica denominado Comisión Mexicana de Prácticas Comerciales Internacionales (COMEPCI por sus siglas) dependiente de la Secretaría de Economía.

Crear dos consejos consultivos, integrados mayoritariamente por representantes del sector privado y social, para dar mayor participación a los particulares en el proceso de información y evaluación previa de las decisiones en la materia. Estos consejos serían el Consejo Consultivo de Comercio Exterior (Consejo COCEX) y el Consejo Consultivo de Prácticas Comerciales Internacionales (Consejo CPCI).

Eliminar la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales.

En materia de sanciones y medios de impugnación, se propone que el recurso de revocación, aplicable en contra de las resoluciones dictadas por la autoridad competente en materia de comercio exterior, sea optativo para el particular y que este pueda elegir, entre interponerlo o bien acudir directamente al juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativo.

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