No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma los artículos 7 y 7-A de la Ley Federal de Sanidad Vegetal.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
José Luis Flores Méndez
(PRI) |
Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego de la Cámara
de Diputados, para dictamen. |
Facultar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para divulgar y aplicar
ecotecnologías que disminuyan los riesgos de contaminación en la
producción primaria de los vegetales. |
2 |
Que adiciona el artículo 202 TER al Código Penal
Federal.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Sen.
Mariana Gómez del Campo Gurza (PAN) |
Comisión de Justicia de la Cámara de Senadores. |
Establecer que al que contacte a un menor de edad, a
través de Internet, teléfono móvil o cualquier tecnología de la
información y comunicación, con el objeto de concertar un encuentro o
acercamiento con éste, a fin de abusar sexualmente de él, se le impondrá
la pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días
multa. |
3 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del
Reglamento de la Cámara de Diputados.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
Trinidad Morales Vargas
(PRD) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Adicionar una sección al Reglamento a efecto de
considerar impedimentos, incompatibilidades y responsabilidades
parlamentarias. Sancionar con la pérdida de la condición de Diputado
Federal, aquél que desempeñe otra comisión o empleo durante su ejercicio
sin previa licencia. Establecer que el cargo de Diputado Federal, es
sujeto de responsabilidad política y penal, en los términos de diversas
legislaciones. |
4 |
Que adiciona un artículo 23 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
José Angelino Caamal Mena (NA) |
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de
Diputados, para dictamen. |
Facultar a la
Secretaría de Economía
en coordinación con el Instituto Nacional de las Personas Adultas
Mayores, para impulsar la participación de las personas adultas mayores
en el desarrollo de proyectos productivos; así como para contribuir al
desarrollo de sus habilidades y aptitudes empresariales. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
José Rangel Espinoza
(PRI)* |
Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, para
dictamen. |
Considerar que la
atención médica, preferentemente en beneficio de grupos vulnerables, sea
proporcionada por las instituciones públicas o privadas sin fines de
lucro.
Considerar en materia de salubridad general,
la discapacidad
intelectual. |
6 |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley
General de Educación
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
José Luis Oliveros Usabiaga
(PAN)* |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de
la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Incluir dentro de las
obligaciones del Estado, el registrar los estudios realizados en el
extranjero que cuenten con reconocimiento oficial en sus países de
origen. |
7 |
Que reforma el artículo 94 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
Ricardo Mejía Berdeja
(MC)* |
Comisión de Derechos de la Niñez de la Cámara de
Diputados, para dictamen. |
Establecer que
los sistemas nacional, estatales y municipales DIF,
acordarán las condiciones básicas para que los espacios de alojamiento o
albergues brinden la atención y cuidados adecuados, sin desatender las
necesidades de esparcimiento y juego propias a la edad y condiciones de
niñas, niños y adolescentes migrantes, evitando por todos los medios
posibles un impacto psicológico.
|
8 |
Que reforma el artículo 469 Bis de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Sen.
Cristina Díaz Salazar
(PRI)* |
Comisión de Salud de la Cámara de Senadores. |
Establecer sanción de dos a ocho años de prisión y multa
de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el
Distrito Federal. a quien por cualquier medio oculte información para la
salud o asiente como ciertos hechos falsos, que pudiera resultar en una
afectación grave al patrimonio o los intereses de la Secretaría de
Salud. |
9 |
Que reforma los artículos 49, 73 y 80 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Sen.
Ángel Benjamín Robles Montoya
(PRD)* |
Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de
Senadores. |
Eliminar el termino supremo en cuanto a los Poderes de la
Federación se Refiere. |
10 |
Que reforma los artículos 106 y 108 de la Ley Federal de Sanidad Animal.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
Salvador Barajas del Toro
(PRI)* |
Comisión de Ganadería de la Cámara de Diputados, para
dictamen. |
Identificar los términos y funciones de los médicos
veterinarios responsables autorizados u oficiales, para el cumplimiento
de las disposiciones de sanidad animal. |
11 |
Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
Adriana González Carrillo
(PAN)* |
Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de
Diputados, para dictamen. |
Establecer que el Secretario de Gobernación comparecerá
ante las comisiones de Gobernación y de Seguridad Pública del Senado de
la República y de la Cámara de Diputados, y ante la Comisión Bicameral
de Seguridad Nacional del Congreso de la Unión, dos veces al año, y los
funcionarios federales vinculados al tema de Seguridad Nacional, lo
harán cuando lo estime conveniente la Comisión Bicameral de Seguridad
Nacional. |
12 |
Que reforma el artículo 71 de la Ley General de Desarrollo Social.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
Yesenia Nolasco Ramírez
(PRD)* |
Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados,
para dictamen. |
Establecer como una de las funciones de la Contraloría Social, el
vigilar el ejercicio de los recursos públicos y la aplicación de los
programas de desarrollo social conforme a la ley y a las reglas de
operación, así como vigilar que los apoyos no se utilicen con fines de
lucro, políticos, electorales o con fines distintos a los objetivos de
los mismos.
|
13 |
Que reforma los artículos 3o. y 20 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 84 del
Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Sen.
Luz María Beristain Navarrete
(PRD)* |
Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de
Justicia de la Cámara de Senadores. |
Establecer que el estado contará con un sistema adecuado
para garantizar el acceso a la educación de los individuos que se
encuentran compurgando pena privativa de libertad, e incluir dentro de
los derechos de toda persona imputada el acceso a la educación.
Estableciendo la obligatoriedad de la asistencia a cursos de
alfabetización y educación primaria y secundaria será obligatoria para
los sentenciados que no han obtenido estos beneficios. |
14 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
Valentín Maldonado Salgado
(PRD)* |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de
Seguridad Social de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Definir el trabajo forzoso, obligatorio o esclavo, para
facilitar su erradicación; establecer como riesgo de trabajo las
afectaciones físicas y psicológicas que sufran los trabajadores a causa
de ello; determinar como prioritario, la detección y combate del trabajo
forzado; prever el trabajo forzoso como causa de rescisión de la
relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador. |
15 |
De decreto, para declarar el 14 de junio de cada
año como Día Nacional de la Seguridad Sanguínea y del Donante de Sangre.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Sen.
Luz María Beristain Navarrete
(PRD)* |
Comisión de Gobernación de la Cámara de Senadores. |
Establecer
el 14
de junio de cada año como Día Nacional de la Seguridad Sanguínea y del
Donante de Sangre. |
16 |
Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Dip.
Verónica Juárez Piña
(PRD)* |
Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de
Diputados, para dictamen. |
Extender al 31 de mayo, la fecha límite para la clausura
del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión.
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17 |
Que reforma los artículos 101 y 105 de la Ley de
Ahorro y Crédito Popular.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de enero de 2015. |
Sen.
Mario Delgado Carrillo
(PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de
Senadores. |
Incrementar el Fondo de protección de las sociedades
financieras populares estableciendo su integración mediante cuotas
ordinarias que deberán cubrir las Sociedades Financieras Populares.
Dicho fondo aplicará siempre que sea por causas imprevistas. Si se trata
de conducta dolosa se cubrirá la totalidad de los depósitos de dinero de
cada ahorrador. |