No. |
Iniciativa |
Origen |
Turno o Trámite |
Materia |
Propuesta |
1 |
Con proyecto de decreto que reforma el
párrafo primero del artículo 69 del
Código Fiscal de la Federación. |
Congreso del Estado de San
Luis Potosí |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y
Crédito Público. |
Fiscal |
Precisar que las autoridades fiscales
federales, el Congreso de la Unión, la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal,
los Congresos de los Estados y los órganos
de fiscalización, cuenten con datos
oportunos que les permitan mayor eficiencia
y eficacia en la fiscalización de recursos
públicos.
Determinar que el personal oficial que
intervenga en trámites relativos a la
aplicación de disposiciones tributarias esta
obligado a guardar absoluta reserva
concerniente a declaraciones y datos
suministrados por los contribuyentes o por
terceros con ellos relacionados, así como
los obtenidos en el ejercicio de las
facultades de comprobación, señalando que
tal reserva no comprenda el ejercicio de las
facultades de fiscalización de recursos
públicos que dentro de su competencia
realicen el Congreso de la Unión, la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal y
los Congresos de los estados, a través de
sus órganos de fiscalización. |
2 |
Con proyecto de decreto que reforma los
artículos 123, 124, 125, 127 a 136, 139 a
141, y 145 del Código Penal Federal. |
Diputado
Lázaro Arias Martínez
(PRI) |
Se turnó a la Comisión de Justicia y
Derechos Humanos. |
Penal |
Aumentar las sanciones de los delitos
cuya ejecución implique la realización de
actividades que atenten contra la
independencia, soberanía e integridad de la
Nación Mexicana.
1. Imponer pena de prisión de cinco a
cuarenta años y cinco mil días multa a quien
cometa traición a la patria; cuando los
nacionales sirvan como tropa, pena de
prisión de uno a nueve años y mil quinientos
días multa; quien solicite la intervención o
el establecimiento de un protectorado de un
Estado extranjero o solicite que aquél haga
la guerra a México; si no se realiza lo
solicitado, la prisión será de cuatro a ocho
años y mil días multa; quien invite a
individuos de otro Estado para que hagan
armas contra México o invadan el territorio
nacional, sea cual fuere el motivo que se
tome.
2. Aplicar pena de prisión de cinco a
veinte años y dos mil quinientos días multa
al extranjero que en tiempo de paz, con
objeto de guiar a una posible invasión del
territorio nacional o de alterar la paz
interior, tenga relación o inteligencia con
persona, grupo o gobierno extranjeros o dé
instrucciones, información o consejos;
sancionar con prisión de cinco a cuarenta
años y cinco mil días multa al extranjero
que, declarada la guerra o rotas las
hostilidades contra México, tenga relación o
inteligencia con el enemigo o proporcione
información, instrucciones o documentos o
cualquier ayuda que en alguna forma
perjudique o pueda perjudicar a la nación
mexicana; imponer prisión de cinco a veinte
años y dos mil quinientos días multa a
quien, teniendo en su poder documentos o
informaciones confidenciales de un gobierno
extranjero, los revele a otro gobierno, si
con ello perjudica a la nación mexicana, e
imponer de seis meses a cinco años prisión y
setecientos cincuenta días multa al que
teniendo conocimiento de actividades de un
espía y de su identidad, no lo haga saber a
las autoridades.
3. Aplicar de seis meses a ocho años de
prisión y mil días multa a los que en forma
tumultuaria sin uso de armas, resistan o
ataquen a la autoridad para impedir el libre
ejercicio de sus funciones; así como a
quienes dirijan, organicen, inciten,
compelan o patrocinen económicamente a otros
para cometer el delito de sedición, pena de
cinco a quince años de prisión y dos mil
días multa.
4. Aplicar pena de seis meses a siete
años de prisión y mil días multa a quienes
para hacer uso de un derecho o pretextando
su ejercicio o para evitar el cumplimiento
de una ley, se reúnan tumultuariamente y
perturben el orden público con empleo de
violencia en las personas o sobre las cosas,
o amenacen a la autoridad para intimidada u
obligarla a tomar alguna determinación;
quienes dirijan, organicen, inciten,
compelan o patrocinen económicamente a otros
para cometer el delito de motín, se aplicará
de diez años de prisión y mil quinientos
días multa.
|
3 |
Con proyecto de decreto que adiciona una
fracción III Bis, al artículo 73 de la
Ley General de Salud. |
Diputado
Jesús Emilio Martínez
Álvarez
(PC)
Nota: Sin intervención
en Tribuna |
Se turnó a la Comisión de Salud. |
Salud |
Señalar que la psicooncología se
encuentre contemplada como área prioritaria
en el ámbito de la salud mental, por parte
de las instituciones de salud, a fin de
brindar ayuda y terapia psicológica a la
población mexicana.
Determinar que para la promoción de la salud
mental, la Secretaría de Salud,
instituciones de salud y los gobiernos de
las Entidades Federativas, en coordinación
con las autoridades competentes en cada
materia, fomenten y apoyen el desarrollo de
actividades educativas, socioculturales y
recreativas que contribuyan a la salud
mental, preferentemente de la infancia y de
la juventud; difundan orientaciones para la
promoción de la salud mental; la realización
de programas para la prevención del uso de
substancias psicotrópicas, estupefacientes,
inhalantes y otras substancias que puedan
causar alteraciones mentales o dependencia;
así como realicen programas por los que se
garantice la impartición de terapias a los
pacientes con cáncer, en cualquiera de sus
etapas, mediante la psicooncología, dentro
de las instituciones públicas de salud. |
4 |
Con proyecto de decreto que adiciona un
segundo párrafo a los artículos 41 y 62 del
Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal, para eliminar la
declaración de procedencia cuando los
diputados a la Asamblea Legislativa y el
jefe de Gobierno del Distrito Federal
soliciten licencia o durante el tiempo que
se encuentren separados de su encargo. |
Diputados integrantes del
Grupo Parlamentario del PAN
Nota: Sin intervención
en Tribuna |
Se turnó a la Comisión del Distrito
Federal. |
Parlamentario / Fuero
Constitucional |
Ajustar los supuestos normativos que
regulan el fuero constitucional referente a
diputados de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal y Jefe de Gobierno del
Distrito Federal.
1. Determinar que no deba requerirse la
declaración de procedencia de la Cámara de
Diputados cuando alguno de los diputados de
la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
solicite licencia o
durante el tiempo en que se encuentre
separado de su encargo.
2.
Señalar que no se requerirá declaración de
procedencia de la Cámara de Diputados cuando
el jefe de Gobierno del Distrito Federal
solicite licencia o durante el tiempo en que
se encuentre separado de su encargo.
|
5 |
Con proyecto de decreto que reforma
artículos 33 y 58 de la Ley General de
Salud. |
Diputado
Jesús Emilio Martínez
Álvarez
(PC)
Nota: Sin intervención
en Tribuna |
Se turnó a la Comisión de Salud. |
Salud |
Permitir que la población pueda contar
con el apoyo por parte de las instituciones
de salud, de prótesis para pacientes con
cáncer, que hayan sufrido pérdida de órgano,
extremidad o parte de ella.
1. Determinar como actividades de
atención médica, la adquisición de prótesis
para pacientes con cáncer, que han sufrido
la pérdida de un órgano, extremidad o parte
de ella, así como la correspondiente terapia
de rehabilitación, para el uso de las
mismas.
2.
Señalar que la población participe en los
servicios de salud de los sectores público,
social y privado a para la prestación del
servicio de prótesis para pacientes con
cáncer, que han perdido un órgano o
extremidad, o parte de ella. |
6 |
Con proyecto de decreto que reforma el
artículo 52, se reforma el párrafo segundo
del artículo 53, se reforma el párrafo
primero y las fracciones I, II y III del
artículo 54, todos preceptos de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. |
Diputado
José Antonio Cabello
Gil
(PAN) |
a) Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales.
b) Se instruyó su publicación en el
Diario de los Debates. |
Electoral |
Lograr un efectivo sistema electoral,
fortaleciendo el vínculo representativo de
los diputados plurinominales.
1. Determinar que la Cámara de Diputados
se encuentre integrada por 300 diputados
electos según el principio de votación
mayoritaria relativa, mediante el sistema de
distritos electorales uninominales, y 200
diputados electos según el principio de
representación proporcional, un cincuenta
por ciento de ellos sean electos mediante el
Sistema de Listas Regionales y el otro
cincuenta por ciento electo mediante el
Sistema de Porcentajes Mayores de la
Votación Válida de los candidatos de cada
partido político no electo bajo el principio
de mayoría relativa, basados en las
votaciones de circunscripciones
plurinominales y distritales de cada
circunscripción.
2. Señalar que para la elección de los
200 diputados según el principio de
representación proporcional y mediante los
sistemas de Listas Regionales y de Sistema
de Porcentajes Mayores de la Votación
Válida, se constituyan cinco
circunscripciones electorales plurinominales
en el país.
3. Precisar que para obtener el registro
de sus listas de candidatos a diputados de
representación proporcional, los partidos
políticos deban acreditar la participación
con candidatos a diputados por mayoría
relativa en por lo menos doscientos
distritos uninominales. |
7 |
Con proyecto de decreto que adiciona un
párrafo al artículo 191 E de la Ley
Federal de Derechos. |
Diputado
Irma Sinforina
Figueroa Romero
(PRD) |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y
Crédito Público. |
Derechos |
Señalar la exención del pago de
derechos por pesca deportiva cuando se
contrate a través de prestador de servicios
cuando la embarcación sea dedicada
habitualmente para servicios de pesca
deportiva recreativa.
Establecer la exención del pago de derechos
a la pesca deportiva contratada a través de
un prestador de servicios cuando la
embarcación sea dedicada habitualmente para
la prestación de servicios de pesca
deportiva recreativa. |
8 |
Con proyecto de decreto que reforma diversas
disposiciones de la Ley General de
Salud. |
Diputado
Jorge Antonio Kahwagi
Macari
(PVEM)
Nota: Sin intervención
en Tribuna |
Se turnó a la Comisión de Salud. |
Salud |
Determinar que la efedrina y sus
derivados sea considerada dentro de la
clasificación como sustancia psicotropica
constitutiva de valor terapéutico, pero
constitutiva como grave para la salud
pública.
Señalar en la sustancia conocida como
efedrina y sus derivados sean considerados
dentro de la clasificación de sustancia
psicotropica constitutiva de valor
terapéutico, pero constitutiva grave para la
salud pública. |
9 |
Con proyecto de decreto que reforma los
párrafos primero y cuarto del artículo 34,
así como los párrafos sexto, séptimo y
octavo del artículo 35, del Código
Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales. |
Diputado
Jaime Miguel Moreno
Garavilla
(PC)
Nota: Sin intervención
en Tribuna |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Gobernación y de Participación
Ciudadana; con opinión de la Comisión
Especial de Reforma del Estado. |
Electoral |
Ampliar las prerrogativas de las
Agrupaciones Políticas Nacionales, a efecto
de dar cumplimiento con el objeto de su
creación.
1. Determinar que las agrupaciones
políticas nacionales participen en procesos
electorales federales mediante acuerdos de
participación con un partido político, o con
partidos coaligados, señalando que las
candidaturas surgidas de tales acuerdos sean
registradas por el partido político o
partidos coaligados y sean votadas con la
denominación, emblema, color o colores
acordados y expresos en el convenio de que
se trate.
2. Señalar que a las agrupaciones
políticas con registro, gocen del régimen
fiscal previsto para los partidos políticos;
tengan acceso a radio y televisión en
términos de proporcionalidad y equidad con
los partidos políticos nacionales, así como
el derecho a las franquicias postales y
telegráficas para apoyo de sus actividades.
3. Precisar que las agrupaciones
políticas con registro, gocen de
financiamiento público para apoyo de sus
actividades editoriales, educación y
capacitación política, investigación
socioeconómica y política, de organización,
representación y desarrollo orgánico,
señalando la constitución de un fondo
equivalente al 6% del monto que anualmente
reciban los partidos políticos para el
sostenimiento de sus actividades ordinarias
permanentes. |
10 |
Con proyecto de decreto que reforma artículo
180, de la Ley de la Propiedad
Industrial. |
Diputado
Francisco Javier Bravo
Carbajal
(PRI)
Nota: Sin intervención
en Tribuna |
Se turnó a la Comisión de Economía. |
Propiedad Industrial /
Procedimiento Administrativo |
Precisar que dentro de un proceso
administrativo ante el Instituto Mexicano de
la Propiedad Industrial deba ser firmada la
solicitud o promoción por el interesado o su
representante y de faltar tal requisito,
deba notificarse al promovente para
regularizar su promoción, y solo en caso de
que el particular no atienda el
apercibimiento, se le tenga por no
presentada tal solicitud o promoción.
Precisar que las solicitudes y promociones
presentadas ante el Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial deban ser firmadas por
el interesado o su representante y estar
acompañadas del comprobante de pago de la
tarifa correspondiente, señalando que de
faltar cualquiera de estos elementos, deba
notificarse al promovente en un plazo de
cinco días hábiles para regularizar su
promoción, y solo en caso de que el
particular no atienda el apercibimiento, se
le tenga por no presentada tal solicitud o
promoción. |
11 |
Con proyecto de decreto que reforma el
artículo 3-B de la Ley de Coordinación
Fiscal. |
Diputado
Tomás Antonio Trueba
Gracián
(PAN) |
a) Se turnó a la Comisión de Hacienda
y Crédito Público.
b) Se instruyó su publicación en
el Diario
de los Debates. |
Fiscal |
Recuperar la potestad tributaria de
las Entidades Federativas y Municipios,
otorgando facultades a éstos para dejar en
sus manos la recaudación del impuesto en
ámbitos locales.
Determinar que los municipios de los Estados
y Distrito Federal no deban participar con
el 80% de la recaudación que se obtenga de
los contribuyentes a la Federación.
|
12 |
Con proyecto de decreto que reforma el
artículo 82 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Diputado
Hugo Rodríguez Díaz
(PRI) |
a) Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales.
b) Se instruyó su publicación en
el Diario de los Debates. |
Requisitos de Elegibilidad |
Precisar como requisito de
elegibilidad para ser Presidente de la
República no ser Jefe de Gobierno del
Distrito Federal.
Señalar como requisito para ser Presidente
no ser Secretario o Subsecretario de Estado,
Jefe o Secretario General de Departamento
Administrativo, Procurador General de la
República, Jefe de Gobierno del Distrito
Federal, o Gobernador de algún Estado, a
menos que se separe de su puesto doce meses
antes del día de la elección. |
13 |
Con proyecto de decreto que reforma el
artículos 5 y reforma y adiciona el artículo
7 de la Ley para la Protección de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. |
Diputado
José Juan Bárcenas
González
(PAN) |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Justicia y Derechos Humanos y de
Atención a Grupos Vulnerables; con
opinión de la Comisión Especial de la
Niñez, Adolescencia y Familia. |
Grupos Vulnerables |
Señalar que el Estado Mexicano deba
proteger los derechos de las niños y
adolescentes, en nuestro país.
1. La Federación, el Distrito Federal,
los Estados y los Municipios, implementen
mecanismos para impulsar una cultura de
protección de los derechos de la infancia.
2. Asegurar a niñas, niños y
adolescentes la protección y el ejercicio de
sus derechos, a ser protegidos contra
cualquier forma de abandono, maltrato,
explotación y abuso intencional o
negligente.
3. Establecer que la Federación,
Distrito Federal, Estados y Municipios
definan presupuestos y partidas específicas
para el desarrollo social y humano integral
de la infancia. |
14 |
Con proyecto de decreto que reforma el
artículo 149 de la Ley General de
Bienes Nacionales. |
Diputada
Jacqueline Guadalupe
Argüelles Guzmán
(PVEM) |
a) Se turnó a la Comisión de Gobernación.
b) Se instruyó su publicación en el
Diario de los Debates. |
Bienes Nacionales |
Ampliar las sanciones para el caso del
vencimiento de concesión, permiso o
autorización otorgados para la explotación,
uso o aprovechamiento de un bien sujeto al
régimen de dominio público de la Federación.
Sancionar con prisión de 2 a 12 años y multa
de 300 a 50 mil veces el salario mínimo
vigente en el Distrito Federal al momento de
imponer la sanción a quien, vencido el
término señalado en la concesión, permiso o
autorización que se haya otorgado para la
explotación, uso o aprovechamiento de un
bien sujeto al régimen de dominio público de
la Federación no lo devolviere a la
autoridad correspondiente dentro del término
de 30 días naturales siguientes a la fecha
de la notificación del requerimiento
administrativo que le sea formulado. |
15 |
Con proyecto de decreto que reforma el
segundo párrafo de la fracción II del
artículo 124 de la Ley de Amparo. |
Diputado
Héctor Humberto Gutiérrez
de la Garza
(PRI) |
Se turnó a la Comisión de Justicia y
Derechos Humanos. |
Amparo |
Señalar que procede la negativa de
conceder la suspensión provisional para el
caso de que el acto reclamado evite que se
produzca un daño grave o irreversible al
equilibrio ecológico, medio ambiente, o se
ponga en peligro real e inminente la salud
de las personas, porque sean rebasados los
límites y condiciones establecidos en las
disposiciones legales o normativas
aplicables.
Negar la suspensión provisional cuando se
considere que de concederse ésta se continúe
el funcionamiento de centros de vicio,
lenocinios, producción y comercio de drogas
enervantes; se permita la consumación o
continuación de delitos o de sus efectos, o
alza de precios con relación a artículos de
primera necesidad o bien de consumo
necesario; se impida la ejecución de medidas
para combatir epidemias de carácter grave,
el peligro de invasión de enfermedades
exóticas en el país, o la campaña contra el
alcoholismo y la venta de sustancias que
envenenen al individuo o degeneren la raza;
se permita el incumplimiento de las órdenes
militares; o se produzca un daño grave o
irreversible al medio ambiente, o se ponga
en peligro real e inminente el equilibrio
ecológico o la salud de las personas, porque
sean rebasados los límites y condiciones
establecidos en las disposiciones legales o
normativas aplicables. |
16 |
Con proyecto de decreto que adiciona dos
párrafos al artículo 107 de la Ley
Federal del Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores al
Servicio del Estado. |
Diputado
Moisés Jiménez Sánchez
(PRI) |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Trabajo y Previsión Social y de
Seguridad Social. |
Vivienda |
Obligar al Fondo de Vivienda a
entregar semestralmente un estado de cuenta
al beneficiario, independientemente de la
Institución que maneje los recursos
económicos en la compra a terceros, así como
señalar que el Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores al
Servicio del Estado, a través del Fondo de
Vivienda, sea deudor solidario de los
trabajadores.
1. Señalar que el Fondo de Vivienda deba
ser deudor solidario de los trabajadores que
reciban créditos financiados con recursos
distintos o cofinanciados entre el Fondo ,
bancos, sociedades hipotecarias o
particulares.
2. Precisar que el trabajador tenga
derecho a recibir del Fondo de la Vivienda
cada seis meses un estado de cuenta
desglosado a partir del momento que reciba
un crédito. |
17 |
Con proyecto de decreto que crea la
Ley para el Registro de Vehículos Usados de
Procedencia Extranjera Provenientes de
Estados Unidos de América y Cánada,
que adiciona un artículo 53 Bis y reforman
el artículo 74 de la Ley Federal de
Derechos y que adicionan el insiso
106, adiciona los artículos 137 Bis, 137 Ter,
137 Quater, 137 Quinquenios, la fracción III
del artículo 15, y una fracción v al
articuki 183-Ar la Ley Aduanera. |
Diputado
Ricardo Alegre Bojórquez
(PAN)
A nombre propio y del Dip.
Miguel Ángel Toscano Velasco (PAN) |
Se turnó a las Comisiones Unidas de
Economía y de Hacienda y Crédito
Público. |
Vehicular |
Promover el registro por única vez de
los vehículos usados provenientes de los
Estados Unidos de Norteamérica y Canadá que
se encuentren internados en el territorio
nacional.
Permitir el registro de Vehículos Usados de
Procedencia Extranjera Provenientes de los
Estados Unidos de Norteamérica y Canadá, que
circulan en el territorio nacional y. con
ello, para ser censados mediante un
registro, aunado al pago de un derecho
denominado "Derecho para el Registro de
Vehículos usados de Procedencias Exranjera". |
18 |
Con proyecto de decreto que reforma la
fracción XII del artículo 73 y reformar el
artículo 118 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Diputado
José Porfirio Alarcón
Hernández
(PRI) |
Se turnó a la Comisión de Puntos
Constitucionales. |
Parlamentario |
Precisar que el Congreso de la Unión
tenga la facultad de autorizar a algún
Estado a declarar la guerra a otro país.
1. Señalar que el Congreso de la Unión deba
emitir la Ley para declarar la guerra a otro
país, con base al informe presentado por el
Presidente de la República.
2. Determinar que los Gobernadores de los
Estados en caso de invasión o agresión
material de otro país a su Estado, den aviso
inmediato al Presidente de la República, y
si no fuere posible, al Secretario de
Gobernación, a fin de tomar las medidas
necesarias entre servidores públicos y
civiles para rechazar tal agresión. |
19 |
Con proyecto de decreto que adiciona el
inciso XVII al artículo 9 de la Ley de
Aguas Nacionales. |
Diputada
Marcela Guerra Castillo
(PRI) |
Se turnó a la Comisión de Recursos
Hidráulicos. |
Recursos Hidráulicos
|
Establecer que la Comisión Nacional
del Agua cree un área central de enlace con
las Comisiones legislativas Estatales para
trabajar en conjunto los programas y
acciones respectivas para proveer de forma
equitativa a cada región del país de agua y
garantizar el abastecimiento.
Precisar como atribuciones de la Comisión
Nacional del Agua, la creación,
actualización y reportes del Sistema de
Seguimiento permanente de demandas sociales
a través del Área de Enlace Central de la
Comisión y sus Delegaciones Estatales, en
coordinación con las Comisiones de Recursos
Hidráulicos de cada Congreso local. |