|  | 
                      
                        
                          
                            
                              
                              
                                
                                  |  |  
                                  | 
Segundo
Período de Sesiones Ordinarias delTercer Año de Ejercicio
 |  
                                  | 
                                    
                                    
                                     Sesión  
									30,  
                                    
                                    
                                    del 26 de Abril de 2012. |  
                            
                                
                              
                              
                                           
                              
                              
  
                                                             
                              
								
								8. 
								
									
								
								
                
									
DECLARATORIA DE 
								PUBLICIDAD DE DICTÁMENES 
                              
                              
								                           
								b)
								Con proyecto de decreto. 
									
										| 
										
										
										No. | 
										
										
										ORIGEN | 
										
										
										DICTAMEN | 
										
										
										TRÁMITE |  
										| 
										
										
										1 | 
										
										
										Comisión de Relaciones Exteriores 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo IV. 
										
										
										26 de abril de 2012. | 
										
										
										Que reforma, adiciona y deroga diversos 
										artículos de la Ley del Servicio 
										Exterior Mexicano. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por el Dip. 
										Heliodoro Carlos Díaz Escárraga (PRI) y 
										suscrita por los Dips. Carlos Flores 
										Rico y Beatriz Elena Paredes Rangel 
										(PRI) el 4 de enero de 2012. (LXI 
										Legislatura)  
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que los miembros del Servicio 
										Exterior Mexicano, además de prestar sus 
										servicios en el extranjero, conforme los 
										programas de rotación, también prestarán 
										sus servicios en la Secretaría de 
										Relaciones Exteriores y en las oficinas 
										de asuntos internacionales de las 
										dependencias del Ejecutivo Federal. 
										Definir las siglas ASEM como Asociación 
										del Servicio Exterior Mexicano, AC. Los 
										nombramientos del personal temporal no 
										rebasarán una cuota máxima del 3% de las 
										plazas ocupadas por el Servicio Exterior 
										de Carrera y el plazo de adscripción 
										será renovado anualmente. Asignar un 
										puesto de responsabilidad acorde con su 
										rango en la estructura de la Secretaría 
										al personal de carrera trasladado a 
										México con plaza homologada. Prever que 
										los cónyuges o parejas estables de los 
										miembros de carrera del SEM (Servicio 
										Exterior Mexicano) tendrán derecho a 
										capacitarse en idiomas para apoyar las 
										labores de representación del país. 
										Crear la tabla de equivalencias en la 
										estructura de mando de la Secretaría de 
										Relaciones Exteriores. 
										
										
										En caso de que los titulares de misiones 
										diplomáticas y representaciones 
										consulares no formen parte del personal 
										de carrera, la designación se sujetará a 
										una cuota máxima de 6% del total de 
										puestos de esos rangos en las misiones 
										de México en el exterior. Incluir en la 
										Comisión de Personal del Servicio 
										Exterior un miembro de la Mesa Directiva 
										de la ASEM. Eliminar el llamado Examen 
										de Media Carrera, que se aplica a los 
										primeros secretarios; así como, la 
										evaluación quinquenal a los funcionarios 
										del Servicio Exterior. Adicionar dos 
										capítulos sobre medios de impugnación, 
										que prevén la solución de controversias 
										ante el Tribunal Federal de Justicia 
										Fiscal y Administrativa. Establecer que 
										los Embajadores y Ministros se jubilen 
										forzosamente a los 70 años de edad; los 
										demás miembros de la rama 
										diplomático–consular y los de la rama 
										técnico- administrativa a los 68. 
										Reconocer el derecho de asociación del 
										personal de carrera del SEM. Los 
										miembros del Servicio Exterior gozarán 
										entre otros derechos y prestaciones de 
										un aguinaldo o gratificación anual por 
										la cantidad de cuarenta días de salario 
										integrado. Constituir un fondo 
										complementario de jubilación a fin de 
										otorgar al personal jubilado una pensión 
										que ascienda al 70% de la suma del 
										sueldo base más la compensación 
										garantizada neta de homologación en el 
										activo. Difundir cada año, a través del 
										Instituto Matías Romero las becas, 
										seminarios, estudios de postgrado, o 
										cursos superiores, para los cuales se 
										postularán como candidatos los miembros 
										del servicio exterior. | 
										
										
										Se cumple con la declaratoria de 
										publicidad (art. 87 RCD) |  
										| 
										
										
										2 | 
										
										
										Comisiones Unidas de Medio Ambiente y 
										Recursos Naturales, y de Hacienda y 
										Crédito Público 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo IV. 
										
										
										26 de abril de 2012. | 
										
										
										Que reforma y adiciona diversas 
										disposiciones de la Ley General del 
										Equilibrio Ecológico y la Protección al 
										Ambiente, en materia de evaluación 
										ambiental estratégica. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Armando 
										Ríos Piter (PRD) a nombre propio y de 
										diversos diputados de su Grupo 
										Parlamentario, el 13 de octubre de 2011. 
										(LXI Legislatura) 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Facultar a la Federación para la 
										evaluación ambiental estratégica de los 
										programas de las dependencias y 
										entidades de la Administración Pública 
										Federal y que en la formulación de 
										dichos programas se hará efectiva la 
										transversalidad de las políticas 
										públicas para la sustentabilidad 
										ambiental, a través de la Evaluación 
										Ambiental Estratégica; definiendo está 
										como el proceso mediante el cual se 
										incorporá el análisis y evaluación de la 
										dimensión ambiental, el análisis 
										consistirá en la evaluación de los 
										requerimientos de aprovechamiento, uso o 
										explotación de los recursos naturales y 
										sus servicios ambientales asociados, que 
										se estimen necesarios para la ejecución 
										de los programas. Asimismo, se analizan 
										los impactos sinérgicos y acumulativos 
										que se generarían sobre los ecosistemas, 
										para establecer las medidas eficaces que 
										impidan o limiten la degradación del 
										ambiente. Establecer los principios para 
										el procedimiento de la Evaluación 
										ambiental Estratégica de los programas, 
										los ejes rectores, los programas sujetos 
										a evaluación, la atribución de la 
										Secretaría, la participación de los 
										sectores involucrados y los elementos 
										que deberá de contener dicho 
										procedimiento. |  
										| 
										
										
										3 | 
										
										
										Comisión de Educación Pública y 
										Servicios Educativos 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo IV. 
										
										
										26 de abril de 2012. | 
										
										
										Que modifica la denominación de la 
										Sección 3 del Capítulo IV y adiciona el 
										artículo 53 Bis a la Ley General de 
										Educación, en materia de escuelas de 
										tiempo completo. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. Ma. de 
										Jesús Aguirre Maldonado (PRI) el 4 de 
										noviembre de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa presentada por el Dip. 
										Rodolfo Lara Lagunas (PRD) el 5 de abril 
										de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa presentada por el Dip. Jesús 
										Alberto Cano Vélez (PRI) el 13 de 
										septiembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Modificar la denominación de la sección 
										3 del Capítulo IV, para quedar como “Del 
										calendario y la jornada escolar”. 
										
										
										Poner como duración de la jornada 
										escolar para educación primaria y 
										secundaria un mínimo de 6 horas y un 
										máximo de 8 horas diarias. | 
										
										
										Se cumple con la declaratoria de 
										publicidad (art. 87 RCD) 
										
										
										  
										
										
										Se sometió a discusión de inmediato |  
										| 
										
										
										4 | 
										
										
										Comisión del Distrito Federal 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo XV. 
										
										
										26 de abril de 2012. | 
										
										
										Que reforma el artículo 39 del Estatuto 
										de Gobierno del Distrito Federal. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por el Dip. 
										Ezequiel Rétiz Gutiérrez (PAN) el 7 de 
										abril de 2010. (LXI Legislatura) 
										 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Modificar las fechas de inicio de los 
										periodos de sesiones ordinarias de la 
										Asamblea Legislativa del Distrito 
										Federal, teniendo un primer periodo del 
										3 de septiembre, al 31 de diciembre de 
										cada año y un segundo periodo del 1º de 
										febrero, al 30 de abril de cada año. | 
										
										
										a) 
										
										En votación económica se autorizó 
										modificar el Orden del Día. 
										
										
										b) 
										
										Se cumple con la declaratoria de 
										publicidad (art. 87 RCD) 
										 |  
										| 
										
										
										5 | 
										
										
										Comisión del Distrito Federal 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo XV. 
										
										
										26 de abril de 2012. | 
										
										
										Que reforma el artículo 50 del Estatuto 
										de Gobierno del Distrito Federal. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por los Senadores Federico 
										Döring Casar (PAN) y Ma. De los Ángeles 
										Moreno Uriegas (PRI), el 28 de octubre 
										del 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 8 de noviembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 15 de 
										noviembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 64 votos en pro, 2 en 
										contra, 19 abstenciones. Pasa a la 
										Cámara de Diputados para los efectos del 
										Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos (LXI Legislatura) 
										
										Minuta recibida el 
										17 de noviembre de 2011. (LXI 
										Legislatura)
										 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Modificar la integración de la Comisión 
										de Gobierno de la Asamblea Legislativa 
										del Distrito Federal; que será  
										instalada durante el primer periodo 
										ordinario del primer año de ejercicio en 
										términos de su Ley Orgánica y que será 
										integrada por los coordinadores de los 
										grupos parlamentarios, más dos diputados 
										del grupo parlamentario con mayor número 
										de integrantes y uno del grupo 
										parlamentario que constituya la segunda 
										fuerza numérica en la Asamblea. 
										
										
										Será presidente de la Comisión de 
										Gobierno el coordinador del grupo 
										parlamentario que por sí mismo cuente 
										con, al menos, la mitad más uno del 
										número total de diputados a la asamblea; 
										y si ningún grupo parlamentario cumple 
										lo dispuesto en el párrafo anterior, la 
										Comisión de Gobierno será presidida de 
										forma anual y alternada por los 
										coordinadores de los tres grupos 
										parlamentarios que cuenten mayor número 
										de diputados. El orden anual será 
										determinado por el coordinador del grupo 
										parlamentario de mayor número de 
										diputados. |  
										| 
										
										
										6 | 
										
										
										Comisión del Distrito Federal 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo XV. 
										
										
										26 de abril de 2012. | 
										
										
										Que reforma y adiciona los artículos 67 
										y 42 del Estatuto de Gobierno del 
										Distrito Federal. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por la Asamblea 
										Legislativa del Distrito Federal, el 6 
										de noviembre de 2007. (LX Legislatura)
										 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Facultar a la Asamblea Legislativa del 
										Distrito Federal, o en sus recesos, a la 
										Diputación Permanente para autorizar al 
										jefe de Gobierno del Distrito Federal 
										ausentarse del territorio nacional 
										cuando su ausencia fuere mayor a cinco 
										días naturales; no podrá ausentarse por 
										más tiempo sin previa autorización del 
										pleno de la Asamblea o de la Diputación 
										Permanente, debiendo acompañar a su 
										solicitud la agenda de trabajo, el 
										nombre de los funcionarios que en su 
										caso lo acompañaran, así como las metas 
										que se proponen para el evento. 
										Asimismo, establecer que a su regreso, 
										aún y cuando el viaje haya sido menor a 
										los cinco días antes citados, deberá 
										presentar un informe a la Asamblea 
										Legislativa en el que se incluya las 
										actividades realizadas, así como las 
										metas alcanzadas durante la visita. |  
 
                              
                              
                              
                  			
                              Regresar 
                                |