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										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Marco 
										Antonio García Ayala (PRI) el 8 de abril 
										de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de Publicidad emitida el 22 
										de septiembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 22 de 
										septiembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por 339 votos en pro, 16 en 
										contra y 5 abstenciones. Pasa a la 
										Cámara de Senadores para los efectos del 
										Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 27 de septiembre de 
										2012. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de primera lectura presentado 
										el 11 de abril de 2012. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 12 de 
										abril de 2012. Proyecto de decreto 
										aprobado por 69 en pro, 21 en contra y 1 
										abstención. Pasa a la Cámara de 
										Diputados para los efectos del Apartado 
										E) del artículo 72 de la Constitución 
										Política de los Estados Unidos 
										Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										Propuesta: 
										
										
										Sancionar de 6 meses a 3 años de prisión 
										y de 50 a 200 días multa a quien 
										adultere o falsifique bebidas 
										alcohólicas; de 3 a 7 años de prisión y 
										de 250 a 500 días multa a quien altere 
										bebidas alcohólica; y de 5 a 9 años de 
										prisión y de 500 a 100 días multa cuando 
										se trate de bebidas alcohólicas 
										contaminadas. |