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                                  |  |  
                                  | 
Segundo
Período de Sesiones Ordinarias delTercer Año de Ejercicio
 |  
                                  | 
                                    
                                    
                                     Sesión  
									23,  
                                    
                                    
                                    del 10 de Abril de 2012. |  
                            
                                
                              
                              
                                           
                              
                              
  
                                                             
                              
                				
								
								9. 
								
									
								
								
								
                
									
DECLARATORIA DE 
								PUBLICIDAD DE DICTÁMENES 
                              
                              
								                           
                              a)
								Con proyecto 
								
								de decreto. 
									
										
											| 
											
											No. | 
											
											ORIGEN | 
											
											DICTAMEN | 
											
											TRÁMITE |  
										| 
										
										1 | 
										
										Comisión de 
										Agricultura y Ganadería 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										10 de abril de 2012. | 
										
										
										Que reforma y adiciona diversas 
										disposiciones de la Ley Federal de 
										Sanidad Animal y de la Ley General de 
										Salud. 
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por los Senadores Heladio 
										Ramírez López, Francisco Arroyo Vieyra, 
										Alfonso Elías Serrano y Adolfo Toledo 
										Infanzón (PRI), Antonio Mejía Haro y 
										Alfonso Abraham Sánchez Anaya (PRD) y 
										por el Senador J. Jesús Dueñas Llerenas 
										(PAN), el 29 de abril de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 13 de octubre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 20 de 
										octubre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 74 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados 
										
										
										Unidos Mexicanos (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 8 de noviembre de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										Propuesta: 
										
										
										Fomentar la certificación en 
										establecimientos dedicados al sacrificio 
										de animales y procesamiento de bienes de 
										origen animal para consumo humano tales 
										como rastro y unidades de sacrificio, 
										coordinadamente con la Secretaría de 
										Salud de acuerdo al ámbito de 
										competencia de cada Secretaría. La 
										inspección, verificación y certificación 
										en establecimientos, dedicados al 
										sacrifico de animales y procesamiento de 
										bienes de origen animal de competencia 
										municipal, estatal o del Distrito 
										Federal, se realizará a través de la 
										Secretaría de Agricultura, Ganadería, 
										Desarrollo rural, Pesca y Alimentación o 
										de la Secretaría de Salud, a petición de 
										los Ayuntamientos, de los gobiernos de 
										los estados y del Gobierno del Distrito 
										Federal, de acuerdo al ámbito de 
										competencia. Facultar a la SAGARPA para 
										determinar, en disposiciones de salud 
										animal y de inocuidad de bienes de 
										origen animal, aquellas buenas prácticas 
										pecuarias, buenas prácticas de 
										manufactura y actividades de sanidad y 
										bienestar animal, que deberán observar 
										los establecimientos de sacrificios de 
										animales y de procesamiento de bienes de 
										origen animal. Se establece que a quien 
										sacrifique u ordene el sacrificio de 
										animales para consumo humano fuera de 
										los establecimientos autorizados por la 
										autoridad competente, para su 
										comercialización de manera habitual y 
										reiterada, se le impondrá la pena de 
										seis meses a un año de prisión y multa 
										de cien a quinientos días de salario 
										mínimo general vigente en la zona 
										económica donde se llevó a cabo el 
										hecho. Duplicándose la pena y la multa 
										en caso de reincidencia. No se aplicará 
										la pena prevista cuando las condiciones 
										geográficas impidan el sacrificio de 
										animales en los establecimientos 
										autorizados. | 
										
										Se cumple con la 
										declaratoria de publicidad (art. 87 RCD)
										 |  
										| 
										
										2 | 
										
										
										Que reforma, adiciona y deroga diversas 
										disposiciones de la Ley Federal de 
										Variedades Vegetales. 
										 
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Senador Alfonso Elías 
										Serrano (PRI) el 22 de febrero de 2007. 
										(LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por los Senadores Rubén 
										Fernando Velázquez López, Antonio Mejía 
										Haro y José Luis García Zalvidea, (PRD), 
										el 22 de septiembre de 2009. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Senador Adolfo Toledo 
										(PRI) , el 26 de noviembre de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 8 de noviembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a Discusión presentado el 10 de 
										noviembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 72 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados 
										
										
										Unidos Mexicanos (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 17 de noviembre de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que la Ley Federal de 
										Variedades Vegetales será de interés 
										público y de observancia general en toda 
										la República. Introduce los significados 
										de “guía”,  producto de la variedad”, “SNICS”, 
										“variedad esencialmente derivada”. Crear 
										el Servicio Nacional de Inspección y 
										Certificación de Semillas (SNICS), 
										especificando 
										
										
										sus atribuciones. Aumentar de 18 a 25 
										años y de 15 a 20 años los derechos que 
										otorga la Ley a los obtentores de 
										variedades vegetales, para especies 
										perennes. 
										
										
										Establece que se requerirá autorización 
										expresa del obtentor, respecto de la 
										propia variedad vegetal protegida y su 
										material de propagación, o de una 
										variedad  sencialmente derivada. 
										Adiciona tres artículos para señalar el 
										tipo de sanción en caso de actos u 
										omisiones a la Ley, que serán 
										sancionados por la SAGARPA a través del 
										SNICS.  |  
										| 
										
										3 | 
										
										Comisión de Recursos 
										Hidráulicos 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										10 de abril de 2012. | 
										
										
										Que adiciona diversas disposiciones a la 
										Ley de Aguas Nacionales. 
										 
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. José 
										Manuel Marroquín Toledo (PAN) 9 de 
										febrero de 2012. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										Propuesta: 
										
										
										Crear un Comité Técnico de Operación de 
										Obras Hidráulicas de la Comisión 
										Nacional del Agua, el cual será 
										presidido por la Comisión, su 
										integración, estructura, organización y 
										funcionamiento se ajustará a la reglas 
										de operación que para tal efecto emita 
										el Director General de la misma, el cual 
										podrá establecer Comités Técnicos de 
										Operación de Obras Hidráulicas 
										Regionales, cuando por las 
										características o circunstancias 
										hídricas de alguna o algunas regiones 
										hidrológicas lo requiera. Establecer que 
										no se otorgarán las concesiones cuando 
										se determine técnicamente que las mismas 
										representan o pueden representar un 
										riesgo para la vida de las personas o 
										para la seguridad de sus bienes, afecten 
										o puedan afectar a los ecosistemas, al 
										régimen hidráulico o a la correcta 
										operación de la infraestructura 
										hidráulica de propiedad nacional. |  
										| 
										
										4 | 
										
										Comisión de Salud 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										10 de abril de 2012. | 
										
										
										Que reforma diversas disposiciones de la 
										Ley General de Salud, en materia de 
										discapacidad.  
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Senador Juan Fernando 
										Perdomo Bueno (CONV) el 28 de julio de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por los senadores Guillermo 
										Tamborrel Suarez y Ernesto Saro Boardman 
										(PAN), el 10 de noviembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 8 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 74 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados 
										
										
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 1 de febrero de 2012. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										Propuesta: 
										
										
										Modificar los términos de “invalidez” y 
										“minusválidos” por el de 
										“discapacitados” o “personas con 
										discapacidad”. Inserta como materia de 
										Salubridad General a la prevención de la 
										discapacidad; rehabilitación y 
										habilitación de las personas con 
										discapacidad. Modificar en la Ley el 
										término de “Secretaría de Comercio y 
										Fomento Industrial” por el de 
										“Secretaría Economía”. |  
										| 
										
										5 | 
										
										
										Que reforma y adiciona diversas 
										disposiciones de la Ley General para el 
										Control del Tabaco. 
										 
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por la Dip. María 
										del Pilar Torre Canales (NA) el 21 de 
										febrero de 2012. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										Propuesta: 
										
										
										Facultar a la Secretaría de Salud para 
										diseñar y operar el sistema Nacional de 
										monitoreo de la epidemia del Tabaquismo, 
										con el fin de identificar las tendencias 
										relacionadas con el consumo de productos 
										de tabaco en la población; el 
										comportamiento de la oferta de los 
										productos de tabaco y sus variaciones 
										resultado de las políticas públicas de 
										control del tabaco. Establecer los 
										espacios 100 % libres de humo de tabaco. |  
										| 
										
										6 | 
										
										
										Que reforma los artículos 72 y 73 de la 
										Ley General de Salud, en materia de 
										salud mental.  
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por las senadoras Margarita 
										Villaescusa Rojo, Norma Esparza Herrera, 
										Carmen Guadalupe Fonz Sáenz, María del 
										Socorro García Quiroz, Rosario Green 
										Macías, Amira Gricelda Gómez Tueme y 
										
										
										María Elena Orantes López (PRI) el 17 de 
										noviembre de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 8 de Diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 14 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 71 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados 
										
										
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 1 de febrero de 2012. 
										(LXI Legislatura)   
										
										Propuesta: 
										
										
										Establecer que se entenderá por salud 
										mental, el estado de bienestar que una 
										persona experimenta como resultado de su 
										buen funcionamiento en los aspectos 
										cognoscitivos, afectivos y conductuales 
										y, en última instancia el despliegue 
										optimo de sus potencialidades 
										individuales para la convivencia, el 
										trabajo y la recreación. Asimismo, la 
										prevención y atención de los trastornos 
										mentales y del comportamiento, deberá 
										brindarse con un enfoque comunitario, de 
										reinserción psicosocial y con estricto 
										respeto a los derechos humanos de los 
										usuarios de estos servicios, en los 
										sectores público, privado y social. 
										Establece que la Secretaría de  Salud, 
										las instituciones de salud y los 
										gobiernos de las entidades federativas, 
										en coordinación con las autoridades 
										competentes en cada materia, fomentarán 
										y apoyarán la implementación estratégica 
										y gradual de servicios de salud mental 
										ambulatorios e interdisciplinarios,  en  
										establecimientos de la  red del Sistema 
										Nacional de Salud, que permita abatir la 
										brecha de atención; las acciones y 
										campañas de prevención y detección de 
										trastornos mentales y del comportamiento 
										en áreas educativas, en coordinación con 
										las instancias e instituciones 
										correspondientes; la investigación 
										multidisciplinaria materia de salud 
										mental; la participación de observadores 
										externos para vigilar el pleno respeto 
										de los derechos humanos de las personas 
										con trastornos mentales y del 
										comportamiento, que son atendidas en los 
										establecimiento de la red del Sistema 
										Nacional de Salud; la coordinación de un 
										Sistema Nacional de Información y 
										Vigilancia, con el objeto de identificar 
										los principales trastornos mentales y 
										del comportamiento que afectan a la 
										población; la coordinación y promoción 
										con instancias de la Secretaría del 
										Trabajo y Previsión Social, de 
										dispositivos laborales que garanticen el 
										trabajo semi y protegido, y la 
										capacitación para personas con 
										trastornos mentales y del 
										comportamiento; así como la coordinación 
										y promoción con instancias de desarrollo 
										y asistencia social, de dispositivos 
										sociales vinculados a la salud mental 
										como programas que garanticen 
										residencias asistidas y subsidiadas. |  
										| 
										
										7 | 
										
										
										Que adiciona una fracción I Bis al 
										Artículo 61 de la Ley General de Salud.
										 
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por los senadores Guillermo 
										Tamborrel Suárez, Felipe González 
										González, Alfredo Rodríguez y Pacheco, 
										José Antonio Badía San Martín, Martha 
										Leticia Sosa Govea, Minerva Hernández 
										
										
										Ramos, Beatriz Zavala Peniche, Juan 
										Bueno Torio y Héctor Pérez Plazola el 1 
										de marzo de 2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 1 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 8 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 77 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados 
										
										
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 1 de febrero de 2012. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										Propuesta: 
										
										
										Incluir como acción de los servicios de 
										salud materno‐infantil, la atención de 
										la transmisión del VIH/Sida y otras 
										infecciones de Transmisión Sexual, en 
										mujeres embarazadas a fin de evitar la 
										transmisión perinatal. |  
										| 
										
										8 | 
										
										Comisión de Población, 
										Fronteras y Asuntos Migratorios 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										10 de abril de 2012. | 
										
										
										Que reforma el artículo 112 de la Ley de 
										Migración.  
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada en la Cámara de 
										Senadores por el Sen. Alejandro Moreno 
										Cárdenas (PRI) el 20 de septiembre de 
										2011. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 6 de diciembre de 2011. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 8 de 
										diciembre de 2011. Proyecto de decreto 
										aprobado por unanimidad de 69 votos. 
										Pasa a la Cámara de Diputados para los 
										efectos del Apartado A) del artículo 72 
										de la Constitución Política de los 
										Estados 
										
										
										Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida el 1 de febrero de 2012. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										Propuesta: 
										
										
										La Comisión Nacional de Derechos Humanos 
										y los Comités Estatales del Sistema 
										Nacional de Seguimiento y Vigilancia de 
										la Aplicación de la Convención sobre los 
										Derechos del niño y del Distrito 
										Federal, coadyuvarán en la garantía y 
										protección de los derechos de niñas, 
										niños y adolescentes migrantes 
										extranjeros. Corresponderá al Sistema 
										Nacional para el Desarrollo Integral de 
										la Familia, coordinar y coadyuvar con 
										los Sistemas Estatales DIF y del 
										Distrito Federal que corresponda, el 
										retorno asistido de la niña, niño o 
										adolescente migrante nacional no 
										acompañado con sus familiares, 
										atendiendo en todo momento el interés 
										superior de aquellos y su situación de 
										vulnerabilidad. |  
										| 
										
										9 | 
										
										
										Que reforma los artículos 109 y 110 de 
										la Ley de Migración. 
										 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa suscrita por el Dip. Jaime 
										Oliva Ramírez (PAN) el 7 de febrero de 
										2012. (LXI Legislatura) 
										
										
										  
										
										Propuesta: 
										
										
										Incluir en los derechos de los migrantes 
										el de recibir verbalmente información 
										sobre sus derechos y obligaciones, así 
										como de las instancias donde pueden 
										presentar sus denuncias y quejas, en 
										caso de que el migrante no sepa leer ni 
										escribir. Establecer que el personal 
										médico que realice sus funciones en las 
										áreas de estancia migratoria de mujeres 
										será exclusivamente del sexo femenino. |  
 
                              
                              
                              
                  			
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