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                                    1 | 
                                    
                                    
                                    Congreso de Chihuahua | 
                                    
                                    
                                    Presidente | 
                                    
                                    
                                    PRIMERO.- 
                                    La Sexagésima Tercera Legislatura del 
                                    Congreso de Chihuahua atentamente solicita a 
                                    la Cámara de Diputados del Congreso de la 
                                    Unión que reforme el artículo primero 
                                    transitorio del decreto por medio del cual 
                                    se expide la Ley General para prevenir y 
                                    sancionar los Delitos en materia de 
                                    Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI 
                                    del Artículo 73 de la Constitución Política 
                                    de los Estados Unidos Mexicanos; y se 
                                    reforman, adicionan y derogan diversas 
                                    disposiciones del Código Federal de 
                                    Procedimientos Penales, del Código Penal 
                                    Federal, de la Ley Federal contra la 
                                    Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica 
                                    del Poder Judicial de la Federación, de la 
                                    Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal 
                                    de Telecomunicaciones y de la Ley General 
                                    del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 
                                    con el objeto de ampliar la vacatio legis de 
                                    éste en 180 días, que permita al Congreso de 
                                    la Unión entrar en el estudio de la presente 
                                    y analizar el efecto que tendrá en las 
                                    entidades federativas. 
                                    
                                    
                                    SEGUNDO.- 
                                    Remítase copia del presente acuerdo, así 
                                    como de la iniciativa y dictamen que le dan 
                                    origen, al Congreso de la Unión, a efecto de 
                                    analizar el efecto que tendrá en las 
                                    entidades federativas la entrada en vigor de 
                                    la Ley Reglamentaria de la Fracción XXI del 
                                    Artículo 73 de la Constitución Política de 
                                    los Estados Unidos Mexicanos y demás 
                                    reformas, adiciones y derogaciones. 
                                     | 
                                    
                                    
                                    Comisiones de Justicia y Seguridad 
                                    Pública, para su atención |