| 
											
											No. | 
											
											ORIGEN | 
											
											DICTAMEN | 
											
											TRÁMITE | 
									
									
										| 
										
										1 | 
										
										
										Comisión de Educación Pública y 
										Servicios Educativos 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de septiembre de 2011. | 
										
										
										
										Que reforma el 
										artículo 7 de la Ley General de 
										Educación. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										Iniciativa suscrita por las diputadas 
										Ma. de Lourdes Reynoso Femat y Kenia 
										López Rabadán (PAN), el 29 de abril de 
										2010. (LXI Legislatura) 
										
										Iniciativa presentada por el Dip. José 
										Alberto González Morales (PRI) el 5 de 
										abril de 2011.(LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de publicidad el 8 de 
										septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Incluir en la educación que impartan el 
										Estado, sus organismos descentralizados 
										y los particulares con autorización o 
										con reconocimiento de validez oficial, 
										la promoción de la práctica de los 
										valores humanos universales. Agregar 
										como fin de la educación que imparta el 
										Estado, el de desarrollar la 
										inteligencia, creatividad, la 
										sensibilidad, los valores y el aprecio 
										por las bellas artes de manera integral 
										y universal. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												Para hablar en contra: 
												
												
												Dip. Jaime Fernando Cárdenas 
												Gracia (PT) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en pro: |  
												| 
												
												
												Dip. Pedro Vázquez González (PT) |  
												| 
												
												
												Dip. Víctor Manuel Castro Cosío 
												(PRD) |  
												| 
												
												
												Dip. Ma. de Lourdes Reynoso 
												Femat (PAN) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Dip. Jaime Fernando Cárdenas 
												Gracia (PT) (desde su curul) 
												(dos ocasiones) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para rectificar 
												hechos: |  
												| 
												
												
												Dip. Víctor Manuel Castro Cosío 
												(PRD) (desde su curul) |  
												| 
												
												
												Dip. Feliciano Rosendo Marín 
												Díaz (PRD) (desde su curul) |  
												| 
												
												
												Dip. Ramón Jiménez López (PRD) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Por la Comisión: 
												
												
												Dip. Trinidad Padilla López 
												(propuso modificación) |    | 
										
										
										a) 
										En votación 
										económica se aceptó la 
										modificación propuesta por la Comisión. 
										
										
										b) 
										Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal 
										
										por unanimidad de 389 votos con la modificación 
										aceptada. 
										
										
										c) 
										Pasa al Ejecutivo,  
										para los efectos constitucionales. | 
									
										| 
										
										2 | 
										
										
										Comisión de Turismo 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de septiembre de 2011. | 
										
										
										
										Que reforma los 
										artículos 2, fracción VI; 18 y 19 primer 
										párrafo de la Ley General de Turismo. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										Iniciativa presentada por el Dip. Víctor 
										Manuel Báez Ceja (PRD) el 1 de marzo de 
										2011. (LXI Legislatura)  
										
										
										Declaratoria de publicidad el 8 de 
										septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Facilitar a las personas adultas mayores 
										las oportunidades para el uso y disfrute 
										de las instalaciones destinadas a la 
										actividad turística, así como su 
										participación dentro de los programas de 
										turismo accesible. Establecer que la 
										Secretaría, con el apoyo y en 
										coordinación de las dependencias y 
										entidades competentes; así como los 
										prestadores de servicios turísticos 
										deberán promover y proveer lo necesario 
										para que la población con alguna 
										discapacidad y las personas adultas 
										mayores cuenten con accesibilidad a los 
										servicios en condiciones adecuadas. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												  
												
												
												Para hablar en pro: 
												
												
												Dip. Lizbeth García Coronado (PRD) |  
												| 
												
												
												  | 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en contra: 
												
												
												Dip. Juan José Cuevas García 
												(PAN) |    | 
										
										
										a) 
										
										Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal 
										
										por unanimidad de 
										
										 390 votos. 
										
										
										b) 
										
										Pasa a la Cámara de Senadores 
										para los efectos constitucionales. | 
									
										| 
										
										3 | 
										
										Comisiones Unidas de 
										Comunicaciones, y de Transportes 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de septiembre de 2011. | 
										
										
										
										Por el que se 
										garantizan los derechos de los usuarios 
										de Compañía Mexicana de Aviación y sus 
										filiales con relación a la venta de 
										boletos anterior al inicio del proceso 
										de quiebra. 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por el Sen. Tomás 
										Torres Mercado (PRD) el 2 de septiembre 
										de 2010. (LXI Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 7 de diciembre de 2010. (LXI 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 9 de 
										diciembre de 2010. Proyecto de decreto 
										aprobado por 93 votos. Se turnó a la 
										Cámara de Diputados para los efectos del 
										
										
										Apartado A del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. 
										
										
										Minuta recibida el 14 de diciembre de 
										2010. (LXI Legislatura)
										 
										
										
										Declaratoria de publicidad el 13 de 
										septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Expedir un decreto específico para 
										garantizar los derechos de los usuarios 
										de Compañía Mexicana de Aviación y sus 
										filiales que adquirieron boletos antes 
										del inicio del proceso de quiebra. 
										Establece que la Procuraduría General de 
										la República recibirá las denuncias 
										penales que le presente la Procuraduría 
										Federal del Consumidor y conforme a sus 
										atribuciones de investigación, en caso 
										de ser procedente, solicitará a la 
										autoridad competente que se determinen 
										las medidas que sean jurídicamente 
										aplicables, para garantizar los derechos 
										de los usuarios que adquirieron boletos 
										a la Compañía Mexicana de Aviación. 
										Asimismo, faculta a la Secretaría de 
										Economía, a la Procuraduría Federal del 
										Consumidor y a la Procuraduría General 
										de la República, para imponerse y 
										compulsar documentos e información de lo 
										que conste en el procedimiento de 
										quiebra y suspensión de pagos y en 
										general de los procedimientos derivados 
										del Concurso. La Secretaría de Economía 
										conforme a los procedimientos 
										aplicables, determinará el monto a 
										resarcir a los usuarios que adquirieron 
										boletos así como el procedimiento para 
										hacer efectivo el reembolso o la 
										utilización o intercambio de dichos 
										boletos con la propia compañía o con 
										otra compañía de transportación aérea, 
										en coordinación con la Procuraduría 
										Federal del Consumidor. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												  
												
												
												Por las Comisiones: 
												
												
												Dip. José Adán Ignacio Rubí 
												Salazar |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en pro: |  
												| 
												
												
												Dip. Mario Di Costanzo Armenta 
												(PT) |  
												| 
												
												
												Dip. José Gerardo Rodolfo 
												Fernández Noroña (PT) |  
												| 
												
												
												Dip. Alejandro Carabias Icaza (PVEM) |    | 
										
										
										a) 
										
										Aprobado en lo general y en lo 
										particular, en votación nominal 
										por 
										
										390 votos y 2 abstenciones. 
										
										
										b) 
										
										Pasa al Ejecutivo para sus 
										constitucionales. | 
									
										| 
										
										4 | 
										
										Comisiones Unidas de Defensa 
										Nacional, y de Equidad y Género
										 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de septiembre de 2011. | 
										
										
										
										Que adiciona un 
										párrafo segundo a los artículos 10 y 
										122, y reforma el 132 de la Ley Orgánica 
										del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
										 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. 
										Cristina Portillo Ayala  (PRD), a nombre 
										propio y de diputados federales 
										integrantes de los Grupos Parlamentarios 
										del PRI y PAN, 
										
										
										el 8 de marzo de 2005. (LIX Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura con dispensa 
										de trámites presentado el 30 de abril de 
										2008. Proyecto de decreto aprobado por 
										332 votos y 2 abstenciones. Se turnó a 
										la Cámara de Senadores para los efectos 
										del Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos. (LX Legislatura) 
										
										
										Minuta recibida en la Cámara de 
										Senadores el 7 de mayo de 2008.(LX 
										Legislatura) 
										
										
										Dictamen de Primera Lectura presentado 
										el 17 de marzo de 2009.(LX Legislatura) 
										
										
										Dictamen a discusión presentado el 19 de 
										marzo de 2009. Proyecto de decreto 
										aprobado por 92 votos. Se devolvió a la 
										Cámara de Diputados para los efectos del 
										
										
										Apartado A) del artículo 72 de la 
										Constitución Política de los Estados 
										Unidos Mexicanos.(LX Legislatura) 
										 
										
										
										Minuta recibida el 24 de marzo de 2009. 
										(LX Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de publicidad el 13 de 
										septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Precisar que sin distinción de género, 
										los miembros del Ejército y Fuerza Aérea 
										Mexicanos podrán acceder a todos los 
										niveles de mando, incluyendo a los 
										órganos del Alto Mando del Ejército y la 
										Fuerza Aérea, y que en los sistemas de 
										selección no podrán existir más 
										diferencias por razón de sexo, que las 
										derivadas de las distintas condiciones 
										físicas que, en su caso, puedan 
										considerarse en el cuadro de condiciones 
										exigibles para el ingreso. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												  
												
												
												Para fundamentar: 
												
												
												Dip. Lorena Corona Valdés |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para fijar postura: |  
												| 
												
												
												Dip. Elsa María Martínez Peña (NA) |  
												| 
												
												
												Dip. Ma. Teresa Rosaura Ochoa 
												Mejía (Convergencia) |  
												| 
												
												
												Dip. Dolores de los Ángeles 
												Nazarez Jerónimo (PRD) |  
												| 
												
												
												Dip. Laura Elena Estrada 
												Rodríguez (PAN) |  
												| 
												
												
												Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo 
												(PRI) |  
												| 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en pro: 
												
												
												Dip. Francisco Alejandro Moreno 
												Merino (PRI) |    | 
										
										
										a) 
										
										Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal 
										
										por unanimidad de 
										
										352 votos. 
										
										
										b) 
										
										Pasa al Ejecutivo para los 
										efectos constitucionales. | 
									
										| 
										
										5 | 
										
										Comisión de Recursos Hidráulicos
										 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de septiembre de 2011. | 
										
										
										
										Que adiciona tres 
										párrafos al artículo 82 de la Ley de 
										Aguas Nacionales. 
										 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. 
										Lourdes Alonso Flores (PRD) el 21 de 
										febrero de 2008. (LX Legislatura) 
										
										
										Iniciativa presentada por el Dip. Ramón 
										Merino Loo (PAN) el 29 de abril de 2010. 
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de publicidad el 13 de 
										septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Obligar a los concesionarios de la 
										explotación, uso o aprovechamiento de 
										las aguas nacionales a que la descarga 
										de aguas residuales a cuerpos receptores 
										no cauce un daño a los mismos, de lo 
										contrario deberán restaurarlos y serán 
										sancionados conforme a la Ley. 
										Igualmente estarán obligados a utilizar 
										de manera eficiente el agua y procurar 
										el reúso de la misma. Asimismo, la 
										Comisión Nacional del Agua determinará 
										las medidas que deberán tomar los 
										concesionarios que causen contaminación 
										para preservar la salud humana y el 
										medio ambiente. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												  
												
												
												Para hablar en contra: 
												
												
												Dip. Jaime Fernando Cárdenas 
												Gracia (PT) |  
												| 
												
												
												  | 
												
												
												  |  
												| 
												
												
												Para hablar en pro: 
												
												
												Dip. José María Valencia Barajas 
												(PRD) |    | 
										
										
										a) 
										
										Aprobado en lo general y en lo 
										particular, en votación nominal 
										por 345 votos y 3 en contra. 
										
										
										b) 
										
										Pasa a la Cámara de Senadores 
										para los efectos constitucionales. | 
									
										| 
										
										6 | 
										
										Comisión de Desarrollo Rural 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo III. 
										
										
										27 de septiembre de 2011. | 
										
										
										
										Que reforma y 
										adiciona diversas disposiciones de la 
										Ley de Desarrollo Rural Sustentable 
										
										
										  
										
										
										Proceso Legislativo: 
										
										
										Iniciativa presentada por la Dip. María 
										del Carmen Izaguirre Francos (PRI) el 17 
										de marzo de 2011.
										
										
										(LXI Legislatura) 
										
										
										Declaratoria de publicidad el 13 de 
										septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
										 
										
										  
										
										
										Propuesta: 
										
										
										Incluir dentro de los propósitos de la 
										política de comercialización el difundir 
										permanentemente la información sobre las 
										fluctuaciones de los precios de los 
										productos básicos y estratégicos, así 
										como la información de intencionalidad 
										de siembras y expectativas de producción 
										de cosechas a nivel nacional e 
										internacional. Asimismo, el Sistema 
										Nacional de Información para el 
										Desarrollo Rural Sustentable integrara a 
										las personas físicas y morales 
										nacionales, dedicadas a cualquiera de 
										las actividades económicas de la 
										sociedad rural. 
										
										
										  
										
										
										Intervenciones: 
											
												| 
												
												
												  
												
												
												Para hablar en pro: |  
												| 
												
												
												Dip. Avelino Méndez Rangel (PRD) |  
												| 
												
												
												Dip. Alberto Esquer Gutiérrez 
												(PAN) |  
												| 
												
												
												Dip. Julián Nazar Morales (PRI) |  
												| 
												
												
												Dip. Emilio Serrano Jiménez (PRD |    | 
										
										
										a) 
										
										Aprobado 
										en lo general y en lo particular, en 
										votación nominal 
										
										por unanimidad de 
										
										330 votos. 
										
										
										b) 
										
										Pasa a la Cámara de Senadores 
										para los efectos constitucionales. |