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										Que reforma los 
										artículos 25 y 147 de la Ley del 
										Seguro Social. 
										
										  
										
										
										Publicación en GP: 
										
										
										Anexo I. 
										
										
										8 de diciembre de 2011. | 
										
										Senadores Rogelio Rueda Sánchez, 
										María de los Ángeles Moreno Uriegas y 
										Raúl Mejía González 
										
										
										(PRI) 
										* | 
										
										Se turnó a las Comisiones Unidas de 
										Hacienda y Crédito Público y de 
										Seguridad Social, 
										para dictamen | 
										
										
										Incrementar la cuota que aportarán los 
										patrones, los trabajadores y el estado 
										para cubrir las prestaciones en especie 
										del seguro de enfermedades y maternidad 
										de los pensionados y sus beneficiarios, 
										en los seguros de riesgos de trabajo, 
										invalidez y vida, así como retiro, 
										cesantía en edad avanzada y vejez de 1.5 
										por ciento a dos punto veinticinco por 
										ciento sobre el salario base de 
										cotización; de dicha cuota, 
										corresponderá al patrón pagar el uno 
										punto quinientos setenta y cinco por 
										ciento, a los trabajadores el cero punto 
										cinco mil seiscientos veinticinco por 
										ciento y al Estado el cero punto mil 
										ciento veinticinco por ciento.  
										Incrementar al uno punto doscientos 
										veinticinco y el cero punto cuatro mil 
										trescientos setenta y cinco por ciento 
										sobre el salario base de cotización, la 
										cuota que le corresponde cubrir a los 
										patrones y a los trabajadores. |