| 
        
        No. | 
        
        INICIATIVA | 
        
        PROMOVENTE (S) | 
        
        TURNO | 
        
        SINOPSIS | 
      
        | 
        
        1 | 
        
        Que reforman y adicionan diversas disposiciones de la
        Ley de Aguas Nacionales. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo I 
        
        04 de octubre de 2016 | 
        
        Congreso del Estado de Hidalgo | 
        
        Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen. | 
        
        Establecer que la explotación, uso o aprovechamiento de 
        aguas superficiales se podrá realizar por personas físicas o morales, 
        mediante solicitud de concesión ante la CONAGUA. Prever que se otorgará 
        la concesión bajo el principio de Aprovechamiento de Paso, para los usos 
        que no conlleve desvió de las aguas y afecte su calidad y cantidad. | 
      
        | 
        
        2 | 
        
        Que reforma la fracción I del artículo 8 de la Ley 
        Federal de Derechos. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo I 
        
        04 de octubre de 2016 | 
        
        Sen.  
        
        Félix González Canto, y suscrita por senadores los grupos 
        parlamentarios DEL PRI, PAN y PRD | 
        
        Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. | 
        
        Incrementar de $390 a $450, correspondiente al visitante 
        extranjero sin permiso para realizar actividades remuneradas  
         | 
      
        | 
        
        3 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de 29 ordenamientos 
        legales, para actualizar el término “Distrito Federal” por el de “Ciudad 
        de México”. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo III 
        
        29 de septiembre de 2016 | 
        
        Diputados Integrantes de la Comisión del Distrito 
        Federal* | 
        
        Comisión del Distrito Federal, para dictamen. | 
        
        Actualizar el término “Distrito Federal” con el de 
        “Ciudad de México”. | 
      
        | 
        
        4 | 
        
        Que reforma el artículo 126-Bis de la Ley del Impuesto 
        sobre la Renta. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
        
        Dip. 
        
         Cecilia Soto González 
        
        (PRD)* | 
        
        Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. | 
        
        Celebrar entre las entidades federativas y la Secretaría 
        de Hacienda y Crédito Público un anexo derivado del Convenio de 
        Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal para administrar 
        el cien por ciento de la recaudación que genere el régimen de 
        enajenación de inmuebles. | 
      
        | 
        
        5 | 
        
        Que adiciona el artículo 4o. de la Ley de Fiscalización y 
        Rendición de Cuentas de la Federación. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
        
        Dip. 
        
         Alfredo Ferreiro Velazco 
        
        (PES)* | 
        
        Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para 
        dictamen. | 
        
        Incluir el concepto de “Deuda Pública”. | 
      
        | 
        
        6 | 
        
        Que reforma el artículo 142 de la Ley de Instituciones de 
        Crédito. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
        
        Dip. 
        
         Waldo Fernández González 
        
        (PRD)* | 
        
        Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. | 
        
        Facultar a las autoridades hacendarias de las entidades 
        federativas para solicitar información fiscal a instituciones de 
        crédito, respecto de sus clientes o usuarios. | 
      
        | 
        
        7 | 
        
        Que expide el Reglamento de Transparencia y Acceso a la 
        Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de 
        Diputados. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
        
        Dip. 
        
        Marisol Vargas Bárcena 
        
        (PAN) 
        
          
        
        Suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario | 
        
        Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas 
        Parlamentarias, para dictamen, y Comisión de Presupuesto y Cuenta 
        Pública, para opinión. | 
        
        Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de 
        establecer los órganos, criterios y procedimientos institucionales para 
        garantizar a las personas el derecho de acceso a la información pública 
        y la protección de sus datos personales en posesión de la Cámara, en 
        términos de lo previsto en la Constitución y los tratados 
        internacionales sobre la materia de los que el Estado Mexicano sea 
        parte, la Ley General y la Ley Federal. Establecer los procedimientos 
        para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas para 
        fortalecer el escrutinio ciudadano sobre las funciones y el ejercicio de 
        recursos públicos de la Cámara. Fijar las bases para la implementación 
        de prácticas de parlamento abierto y transparencia proactiva en la 
        Cámara. | 
      
        | 
        
        8 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley de la 
        Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y de la Ley Federal para 
        Prevenir y Eliminar la Discriminación. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
        
        Dip. 
        
         José Hernán Cortés Berumen 
        
        (PAN)* | 
        
        Comisión del Distrito Federal, para dictamen. | 
        
        Armonizar el texto de las Leyes con el cambio de 
        denominación del “Distrito Federal” por “Ciudad de México”. | 
      
        | 
        
        9 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley de la 
        Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y de la 
        Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
        
          
        
          
        
          
        
          
        
          
        
          
        
          
        
          
        
        Dip. 
        
         José Hernán Cortés Berumen 
        
        (PAN)* 
        
          | 
        
          
        
          
        
          
        
          
        
          
        
          
        
          
        
        Comisión del Distrito Federal, para dictamen. 
        
          |   
        
          
        
          
        
          
        
          
        
          
        
           
        
        Armonizar el texto de la Ley con el cambio de 
        denominación del “Distrito Federal” por “Cuidad de México”.       
         
        
          | 
      
        | 
        
        10 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones del Código de 
        Comercio; y de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del 
        Sector Público, de la Ley de Cámaras Empresariales y sus 
        Confederaciones, Federal de Competencia Económica, de la Ley 
         
        
        Federal de Protección al Consumidor, de la Ley Orgánica 
        de Nacional Financiera, y de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras 
        y Servicios Públicos. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        11 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas 
        Nacionales. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        12 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de 
        Cultura Física y Deporte. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        13 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Fomento 
        para la Lectura y el Libro, de la Ley del Instituto Nacional para la 
        Evaluación de la Educación, de la Ley General de Educación, de la Ley 
        General del Servicio Profesional Docente, y de la Ley Orgánica del 
        Instituto Politécnico Nacional. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        14 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley de 
        Hidrocarburos, de la Ley de la Ley Agencia Nacional de Seguridad 
        Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, 
        de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, de la Ley de la 
        Industria Eléctrica, de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en 
        Materia Energética, de la Ley de Petróleos Mexicanos, y de la Ley 
        Transición Energética. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        15 | 
        
        Que reforma los artículos 29 y 112 de la Ley de 
        Migración. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        16 | 
        
        Que reforma los artículos 7o., 118 y 127 de la Ley de 
        Vías Generales de Comunicación. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        17 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley del 
        Instituto Nacional de las Mujeres, de la Ley General de Acceso de las 
        Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y de la Ley General para la 
        Igualdad entre Mujeres y Hombres. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        18 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones del Código de Justicia 
        Militar; de la Ley del Servicio Militar, Orgánica del Ejército y la 
        Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley Federal de Armas de Fuego y 
        Explosivos. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        19 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de 
        las Entidades Paraestatales, de Asociaciones Religiosas y Culto Público, 
        de la Ley de Expropiación, de Firma Electrónica Avanzada, de la Ley de 
        Uniones de Crédito, de la Ley del Diario Oficial de la Federación y 
        Gacetas Gubernamentales, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera 
        en la Administración Pública Federal, de la Ley del Sistema Nacional de 
        Información Estadística y Geográfica, de la Ley General de Bienes 
        Nacionales, de la Ley General en materia de Delitos Electorales, de la 
        Ley Orgánica de la 
        
        Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica de la 
        Lotería Nacional para la Asistencia Pública, de la Ley sobre Delitos de 
        Imprenta, y de la Ley General de Partidos Políticos. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        20 | 
        
        Que reforma los artículos 17 y 40 de la Ley General de 
        Desarrollo Social. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        21 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del 
        Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de 
        Desarrollo Forestal Sustentable, de la Ley General de Vida Silvestre, y 
        de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        22 | 
        
        Que reforma diversos artículos de las Ley General de los 
        Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y de la Ley General de 
        Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral 
        Infantil. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        23 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley para el 
        Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, 
        y para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad de la Ley 
        General de la Ley General la Competitividad de la Economía Nacional. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        04 de octubre de 2016 | 
      
        | 
        
        24 | 
        
        Que adiciona el capítulo V Bis a la Ley General para la 
        Inclusión de las Personas con Discapacidad. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo IV 
        
        13 de septiembre de 2016 | 
        
        Diputada  
        
        Ana María Boone Godoy 
        
        (PRI) | 
        
        Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. | 
        
        Establecer que los gobiernos de las entidades federativas 
        crearán afiches vehiculares de discapacidad, que garanticen el acceso de 
        las personas con discapacidad a los estacionamientos. | 
      
        | 
        
        25 | 
        
        Que adiciona el artículo 190 Bis a la Ley del Impuesto 
        sobre la Renta. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo III 
        
        13 de septiembre de 2016 | 
        
        Diputado Santiago Taboada Cortina 
        
        (PAN) | 
        
        Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. | 
        
        Otorgar un estímulo fiscal a proyectos de inversión en la 
        producción de artes plásticas, danza, obras literarias y música 
        nacionales. Prever los requisitos para la aplicación de dicho estímulo 
        fiscal. | 
      
        | 
        
        26 | 
        
        Que reforma el artículo 14 y adiciona un artículo 15 E a 
        la Ley Federal del Trabajo. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo III 
        
        20 de septiembre de 2016 | 
        
        Dip.  
        
        María Elida Castelán Mondragón 
        
        (PRD) | 
        
        Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen. | 
        
        Establecer la celebración por escrito de los contratos de 
        personas físicas o morales que utilicen intermediarios para la 
        contratación de trabajadores, garantizando la empresa contratista, la 
        Seguridad Social del trabajador y demás prestaciones de ley. | 
      
        | 
        
        27 | 
        
        Que reforma los artículos 393 de la Ley General de Salud 
        y 6o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.** 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo VI 
        
        27 de Septiembre de 2016 | 
        
        Dip. 
        
        Cesáreo Jorge Márquez Alvarado  
        
        (PVEM) 
        
          
        
        Y diputados de su Grupo Parlamentario 
        
          | 
        
        Comisiones Unidas de Salud, y de  Derechos Humanos, para 
        dictamen. | 
        
        Atribuir a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos 
        ubicar oficinas en los hospitales para dar atención adecuada, permanente 
        e inmediata en la recepción y trámite a las quejas de los usuarios en 
        relación con los servicios de salud y realizar la supervisión en la 
        adecuada prestación de dichos servicios, procurar la orientación y 
        atención a los usuarios. | 
      
        | 
        
        28 | 
        
        Que reforma y adiciona los artículos 483 y 484 de la Ley 
        General de Salud.** 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo VI 
        
        27 de Septiembre de 2016 | 
        
        Comisión de Salud, para dictamen. | 
        
        Tipificar los delitos de peligro contra la salud en 
        materia de seguridad vial            | 
      
        | 
        
        29 | 
        
        Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de 
        Responsabilidades Administrativas.** 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo III 
        
        20 de septiembre de 2016 | 
        
        Dip.  
        
        Juan Romero Tenorio 
        
        (MORENA) | 
        
        Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para 
        dictamen. | 
        
        Establecer que incurre en utilización indebida de 
        información el servidor público que por sí o interpósita persona 
        sustraiga, destruya, oculte, utilice, inutilice o comparta con terceros 
        información o documentación bajo su custodia o a la que tenga acceso, o 
        tenga conocimiento por su empleo, cargo o comisión; incurre en actuación 
        bajo conflicto de interés cuando tenga conocimiento o investigue asuntos 
        en los que tenga conflicto de interés o impedimento legal; comete 
        tráfico de influencias cuando utilice su posición para inducir a que 
        otro servidor público incurrirá en utilización indebida de información e 
        incurre en utilización indebida de información pública, el particular 
        que por sí o por interpósita persona haga uso o aproveche la información 
        proporcionada por el servidor público. | 
      
        | 
        
        30 | 
        
        Que reforma los artículos 111 a 113 y adiciona el 113 Bis 
        a la Ley del Impuesto sobre la Renta.** 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo V 
        
        04 de octubre de 2016 | 
        
        Dip.  
        
        Juan Romero Tenorio 
        
        (MORENA) | 
        
        Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. | 
        
        Exceptuar del pago del impuesto sobre la renta a 
        contribuyentes personas físicas o morales cuyos ingresos propios por la 
        actividad empresarial o profesional obtenidos durante el ejercicio 
        fiscal inmediato anterior, excedan de cinco millones de pesos, no podrán 
        pagar el impuesto quienes obtengan ingresos por concepto de comisión, 
        mediación, agencia, representación, correduría, consignación, 
        distribución o espectáculos públicos, inscribir en el Registro Federal 
        de Contribuyentes con la identificación oficial, la Clave Única de 
        Registro de Población y un comprobante de domicilio y establecer que 
        cuando los contribuyentes enajenen a título oneroso la totalidad de la 
        negociación, activos, gastos y cargos diferidos, el adquirente no podrá 
        ser sujeto del Régimen de Incorporación Fiscal. | 
      
        | 
        
        31 | 
        
        Que reforma y adiciona los artículos 210 y 212 de la Ley 
        General de Salud. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo III 
        
        29 de septiembre de 2016 | 
        
        Diputado 
        
         Carlos Lomelí Bolaños 
        
        (MC) 
        
          
        
         A nombre del Diputado Elías Octavio Iñiguez 
        
        Mejia (PAN) | 
        
        Comisión de Salud, para dictamen. | 
        
        Incluir en las etiquetas para los alimentos y bebidas no 
        alcohólicas, un sistema de semáforo nutricional. | 
      
        | 
        
        32 | 
        
        Que adiciona la fracción V al artículo 11 de la Ley 
        General de Desarrollo Social. 
        
          
        
        Publicado en GP: 
        
        Anexo II 
        
        06 de Septiembre de 2016 | 
        
        Diputado Ángel García Yáñez 
        
        (NA) | 
        
        Comisión de Desarrollo Social, para dictamen. | 
        
        Adicionar como objetivo de la política nacional de 
        desarrollo social, el de promover el desarrollo sostenible y sustentable 
        en los derechos sociales. | 
      
        | 
        
        33 | 
        
        Que adiciona el artículo 19 de la Ley General de 
        Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral 
        Infantil. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo VI 
        
        27 de Septiembre de 2016 | 
        
        Dip. 
        
         Norma Edith Martínez Guzmán 
        
        (PES) | 
        
        Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen. | 
        
        Incluir a los objetivos de la Política Nacional, promover 
        e incluir la participación activa y el apoyo a los padres de familia, en 
        el diseño de las políticas públicas, programas, prácticas y modelos de 
        atención a favor de la primera infancia, ayudándose para ello del 
        intercambio de mejores prácticas, foros regionales y nacionales, 
        convenios, consultas, entre otros. | 
      
        | 
        
        34 | 
        
        Que declara el 19 de abril de cada año como Día Nacional 
        del Tequio. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo II 
        
        13 de septiembre de 2016 | 
        
        Diputado Óscar Valencia García 
        
        (PRI) | 
        
        Comisión de Gobernación, para dictamen. | 
        
        Declarar el 19 de abril de cada año como Día Nacional del 
        Tequio | 
      
        | 
        
        35 | 
        
        Que reforma, adiciona y deroga los artículos 54, 90, 93 y 
        155 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.** 
        
          
        
        Publicado en GP: 
        
        Anexo III 
        
        06 de Septiembre de 2016 | 
        
        Dip.  
        
        Carlos Alberto de la Fuente Flores 
        
        (PAN) | 
        
        Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. | 
        
        Exentar del pago del Impuesto sobre la Renta los ingresos 
        obtenidos por los contribuyentes por concepto de las jubilaciones, 
        pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras 
        formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de 
        la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en 
        la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del 
        sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de 
        Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los 
        casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte. | 
      
        | 
        
        36 | 
        
        Que reforma y adiciona el artículo 195 del Código 
        Nacional de Procedimientos Penales.** 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo III 
        
        20 de septiembre de 2016 | 
        
        Dip.  
        
        Carlos Alberto de la Fuente Flores 
        
        (PAN) | 
        
        Comisión de Justicia, para dictamen. | 
        
        Prever que en el caso de violencia de género, a petición 
        del ministerio público o de la víctima u ofendido, se le impondrá al 
        imputado la medida cautelar consistente en la colocación de un 
        localizador electrónico. | 
      
        | 
        
        37 | 
        
        Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política 
        de los Estados Unidos Mexicanos. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo VIII 
        
        27 de Septiembre de 2016 | 
        
        Dip. 
        
        Arturo Santana Alfaro 
        
        (PRD) | 
        
        Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. | 
        
        Establecer que los salarios mínimos se fijarán en forma 
        anual y podrán revisarse e incrementarse en cualquier momento cuando sea 
        necesario de conformidad con la ley, a propuesta del Instituto Nacional 
        Autónomo de los Salarios Mínimos, que será un organismo público 
        autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, facultado para 
        realizar los estudios y diagnósticos necesarios para la determinación de 
        los salarios mínimos. | 
      
        | 
        
        38 | 
        
        Que adiciona el artículo 7º de la Ley Federal para el 
        Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo III 
        
        29 de septiembre de 2016 | 
        
        Dip.  
        
        Yaret Adriana 
        
        Guevara Jiménez y suscrita por diputados integrantes del 
        PVEM | 
        
        Comisión de Competitividad, para dictamen. | 
        
        Facultar a la Secretaría de Economía para proteger y 
        capacitar a los artesanos sobre los derechos que tienen respecto a la 
        creación de sus obras. | 
      
        | 
        
        39 | 
        
        Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley 
        Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, del 
        Reglamento de la Cámara de Diputados, de la Ley Orgánica de la 
        Administración Pública Federal y de la Ley Federal de Presupuesto y 
        Responsabilidad Hacendaria.** 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo III 
        
        20 de septiembre de 2016 | 
        
        Dip.  
        
        Vidal Llerenas Morales 
        
        (MORENA) 
        
          
        
          | 
        
        Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas 
        Parlamentarias y a la Comisión de Gobernación, para dictamen y a la 
        Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. | 
        
        Modificar las atribuciones del Centro de Estudios de las 
        Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, con el objeto de ser el 
        órgano técnico que proporcione a los legisladores información que les 
        permita llevar a cabo sus tareas de análisis del comportamiento de las 
        finanzas públicas federales, de la política económica y del sector 
        financiero. Establecer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público 
        entregará al Centro la información que éste le solicite y la que 
        desarrolle la dependencia. | 
      
        | 
        
        40 | 
        
        Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley 
        Federal de Derechos y de la Ley Minera.** 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo III 
        
        20 de septiembre de 2016 | 
        
        Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y a la 
        Comisión de Economía, para dictamen. | 
        
        Prever que el Fondo para el Desarrollo Regional 
        Sustentable de Estados y Municipios Mineros, se distribuirá en un 35% a 
        los municipios y demarcaciones del Distrito Federal en los que tuvo 
        lugar la explotación y obtención de sustancias minerales, en un 35% a la 
        entidad federativa correspondiente y 30% a la federación. Estos recursos 
        por ningún motivo podrán destinarse al gasto corriente. | 
      
        | 
        
        41 | 
        
        Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre 
        la Renta.** 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo V 
        
            04 de octubre de 2016 | 
        
        Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. | 
        
        Establecer que podrá ser deducible la compra de 
        bicicletas tipo estándar y/o eléctricas. Prever que será aplicable la 
        deducción cuando la compra sea efectuadas por el contribuyente para sí, 
        para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para 
        sus ascendientes o sus descendientes en línea recta hasta primer grado. 
        Establecer los requisitos para realizar dicha deducción. Precisar que 
        dicha deducibilidad sólo podrá ser una vez en el ejercicio.          
         | 
      
        | 
        
        42 | 
        
        Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política 
        de los Estados Unidos Mexicanos. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo V 
        
        27 de Septiembre de 2016 | 
        
        Diputados 
        
        Víctor Manuel Sánchez Orozco y Macedonio Salomón Tamez 
        Guajardo 
        
        (MC) | 
        
        Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.
         | 
        
        Establecer que los agentes del Ministerio Público, 
        peritos y miembros de las instituciones policiales que sean separados de 
        sus cargos de forma injustificada, el Estado estará obligado a pagar la 
        indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho, y en su caso, la 
        reincorporación al servicio. | 
      
        | 
        
        43 | 
        
        Que adiciona el artículo 2o. de la Ley de la Comisión 
        Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo VI 
        
        27 de Septiembre de 2016 | 
        
        Dip. 
        
        Karina Sánchez Ruiz 
        
        (NA) | 
        
        Comisión de Asuntos Indígenas, para dictamen. | 
        
        Incluir dentro de las funciones de la Comisión Nacional 
        para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, fomentar el desarrollo e 
        implementación de estrategias y programas orientados a la permanencia, 
        continuidad y conclusión de la formación educativa obligatoria de los 
        hablantes de lenguas indígenas. | 
      
        | 
        
        44 | 
        
        Que reforma y adiciona los artículos 26, 28, 29 y 34 de 
        la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación. 
        
          
        
        Publicación en GP: 
        
        Anexo VII 
        
        27 de Septiembre de 2016 | 
        
        Dip. 
        
         Abdies Pineda Morín 
        
        (PES) | 
        
        Comisión de Derechos Humanos, para dictamen. | 
        
        Incluir que el presidente de la República designará a la 
        Presidencia del Consejo de una terna propuesta por organismos de 
        derechos humanos de la sociedad civil que recibirá el Secretario de 
        Gobernación. Para este fin, la Secretaría emitirá una convocatoria 
        pública. Incluir dentro de las facultades de la Asamblea Consultiva, 
        proponer al Secretario de Gobernación, la remoción del Presidente del 
        Consejo. | 
      
        | 
        
        45 | 
        
        Que reforma los artículos 173, 174, 176 y 177, y adiciona 
        el 177 Bis al Código Penal Federal. 
        
          
        
        Publicado en GP: 
        
        Anexo III 
        
        08 de Septiembre de 2016 | 
        
        Diputada María Gloria Hernández Madrid 
        
        (PRI)* | 
        
        Comisión de Justicia, para dictamen. | 
        
        Aplicar prisión y multa a quien abra, se imponga, retenga 
        el contenido o utilice el contenido de la correspondencia por sí o por 
        medio de otra persona y dañe los bienes, propiedades, posesiones o 
        derechos del destinatario o intercepte correspondencia que no esté 
        dirigida a él y sin consentimiento de su destinatario. Reducir la pena 
        de prisión y aumentar la multa a quien intervenga comunicaciones 
        privadas y establecer una pena de seis a doce años de prisión y multa de 
        mil noventa y cinco a dos mil ciento noventa veces la unidad de medida y 
        actualización vigente a la autoridad que intervenga comunicaciones 
        privadas sin cumplir con los requisitos legales. | 
      
        | 
        
        46 | 
        
        Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código 
        Penal Federal. 
        
          
        
        Publicado en GP: 
        
        Anexo III 
        
        08 de Septiembre de 2016 | 
        
        Diputada María Gloria Hernández Madrid 
        
        (PRI)* | 
        
        Comisión de Justicia, para dictamen. | 
        
        Tipificar el delito de acoso sexual. |