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Presupuestario |
3. Cronología presupuestal
Dadas las características
propias para la formulación y aprobación del presupuesto, tanto el Ejecutivo
Federal a través de sus distintas dependencias y entidades, así como la
Cámara de Diputados deben ajustarse a los siguientes tiempos y protocolos:
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"El 15 de marzo
de cada año la SHCP indicará a las dependencias y entidades involucradas,
los lineamientos para la elaboración de los programas por incluirse
en el Presupuesto a elaborar. En cada dependencia y entidad habrá
una unidad encargada de programar.
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El 15 de junio la propia
SHCP señalará las políticas a seguir en los anteproyectos de Presupuesto.
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El 20 de julio, las entidades
y dependencias enviarán a la SHCP sus anteproyectos de Presupuesto.
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El 20 de octubre los
proyectos definitivos serán nuevamente enviados a la SHCP en los que
se habrán recogido los ajustes requeridos por la SHCP.
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El 15 de noviembre el
secretario de Hacienda y Crédito público comparecerá ante la Cámara
de Diputados para presentar, por su conducto, la iniciativa de Presupuesto
de Egresos de la Federación (artículo 74 fr. IV). Esta fecha puede
ser el 15 de noviembre o hasta el 15 de diciembre cuando el Ejecutivo
Federal inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83
constitucional (esto es, el 1º. de diciembre).
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Una vez presentada la
iniciativa, ésta será discutida y, en su caso, aprobada en la Cámara
de Diputados, para ello se seguirá el mismo procedimiento para su
elaboración que cualquier otra ley.
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El último paso será la
promulgación, que como Decreto se haga del Presupuesto de Egresos
por parte del Ejecutivo".11
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