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3. Cronología presupuestal

Dadas las características propias para la formulación y aprobación del presupuesto, tanto el Ejecutivo Federal a través de sus distintas dependencias y entidades, así como la Cámara de Diputados deben ajustarse a los siguientes tiempos y protocolos:

  1. "El 15 de marzo de cada año la SHCP indicará a las dependencias y entidades involucradas, los lineamientos para la elaboración de los programas por incluirse en el Presupuesto a elaborar. En cada dependencia y entidad habrá una unidad encargada de programar.

  2. El 15 de junio la propia SHCP señalará las políticas a seguir en los anteproyectos de Presupuesto.

  3. El 20 de julio, las entidades y dependencias enviarán a la SHCP sus anteproyectos de Presupuesto.

  4. El 20 de octubre los proyectos definitivos serán nuevamente enviados a la SHCP en los que se habrán recogido los ajustes requeridos por la SHCP.

  5. El 15 de noviembre el secretario de Hacienda y Crédito público comparecerá ante la Cámara de Diputados para presentar, por su conducto, la iniciativa de Presupuesto de Egresos de la Federación (artículo 74 fr. IV). Esta fecha puede ser el 15 de noviembre o hasta el 15 de diciembre cuando el Ejecutivo Federal inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83 constitucional (esto es, el 1º. de diciembre).

  6. Una vez presentada la iniciativa, ésta será discutida y, en su caso, aprobada en la Cámara de Diputados, para ello se seguirá el mismo procedimiento para su elaboración que cualquier otra ley.

  7. El último paso será la promulgación, que como Decreto se haga del Presupuesto de Egresos por parte del Ejecutivo".11


11 Mora Donatto Cecilia (2000). Op. Cit. 40-41 pp.