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SERVICIOS DE LA SESIÓN

Que comprende los de: Preparación y Desarrollo de los trabajos del Pleno; Registro y Seguimiento de las Iniciativas o Minutas de ley o de Decreto; Distribución en el Pleno de los Documentos Sujetos a Conocimiento; Apoyo a los Secretarios para verificar el quórum de asistencia; Cómputo y Registro de las Votaciones; Información y Estadística de las Actividades del Pleno; Elaboración, Registro y Publicación de las Actas de las Sesiones; y Registro de Leyes y Resoluciones que adopte el Pleno;

Datos Relevantes de las Sesiones

Sumario de Actividades Legislativas

Votaciones

Iniciativas

Resoluciones del Pleno

A la Dirección de Servicios a la Sesión, en cumplimiento con lo dispuesto por el inciso b), párrafo 1, del artículo 49 de la Ley Orgánica, le corresponden las funciones y tareas siguientes:

a) Preparar la documentación necesaria para las sesiones del Pleno, el proyecto de orden del día, guión y los expedientes correspondientes, en cumplimiento a las instrucciones del Secretario de Servicios Parlamentarios;

b) Preparar la cartera con expedientes originales para el Presidente de la Mesa Directiva y los ejemplares en copia para los integrantes de la Mesa Directiva, el Secretario General y el secretario de Servicios Parlamentarios, cerciorándose de que cuentan con los elementos necesarios para la conducción de la sesión y la posibilidad de brindar la asistencia técnica necesaria, en su caso;

c) Coordinarse con la Dirección del Servicio del Diario de los Debates para la publicación de la documentación en la Gaceta Parlamentaria;

d) Recibir y reproducir la documentación parlamentaria para su envío a comisiones y comités;

e) Llevar los libros de registro de iniciativas, de minutas, leyes o decretos, resoluciones y actas de las sesiones del Pleno;

f) Integrar los expedientes del proceso legislativo;

g) Operar el sistema parlamentario de asistencia, votaciones y audio automatizado;

h) Identificar, registrar y verificar la incorporación a las minutas de ley o de decreto, de las propuestas de modificación aprobadas;

i) Preparar para envío a las instancias que correspondan, las resoluciones aprobadas por la Cámara;

j) Asistir a los secretarios de la Mesa Directiva en el desempeño de sus funciones;

k) Elaborar las actas de las sesiones y presentarlas para su aprobación y llevar el libro de registro;

l) Llevar el registro integral de los asuntos presentados al Pleno y de los turnados a comisiones o comités;

m) Instruir la formulación de reportes con información del trabajo parlamentario por sesión; y

n) Las demás que se deriven del presente Estatuto y de las normas, disposiciones y acuerdos aplicables.

(ARTICULO 25 DEL E.O.T.A.S.C

 
 

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