1 |
Que reforma los artículos 26 Y 27 de la
Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP: Abril 24, 2007. |
Sen.
Melquíades Morales Flores
(PRI)
Nota:
Sin intervención
en tribuna. |
Comisión de
Hacienda |
Crear el Fondo de Aportaciones Federales
para la Educación Superior, cuyos recursos
se destinarían de manera exclusiva para los
servicios de educación superior de los
estados y deberá incrementarse cada año en
términos reales en la misma proporción que
el número de alumnos de educación superior
en cada estado. Asimismo, establecer el
monto de referencia, que, de la recaudación
federal participable, constituirá el Fondo
de Aportaciones para la Educación Básica y
Normal, misma que deberá de incrementarse
cada año en términos reales en la misma
proporción que el número de alumnos de
educación básica y normal en cada entidad
federativa y, en su caso del Distrito
Federal. |
2 |
Que adiciona el artículo 2 de la Ley
del Impuesto Especial Sobre Producción y
Servicios.
Publicación en GP: Abril 24. 2007 |
Sen.
María Rojo e Incháustegui
(PRD)
Y suscrita por
los senadores Pablo Gómez Álvarez y Carlos
Sotelo García (PRD), y Gustavo Madero Muñoz
(PAN)
Nota:
Sin intervención
en tribuna. |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público, con opinión
de la Comisión de
Radio, Televisión y Cinematografía |
Establecer la tasa que se fijará para la
exhibición pública de películas, en la cual
la base gravable será el precio de la
contraprestación que cubre cada espectador y
el impuesto se calcularía multiplicándolo
por el factor 0.027. |
3 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP: Abril 24. 2007 |
Sen.
Juan Bueno Torio
(PAN)
Nota:
Sin intervención
en tribuna. |
Comisión de
Hacienda y
Crédito Público |
Establecer que el Fondo para Infraestructura
Social Municipal lo recibirán los
municipios por conducto de la federación.
Su cálculo deberá comunicarse a los
gobiernos de los estados para efectos de su
publicación en los órganos de difusión
oficial, de tal forma que los recursos que
correspondan a los municipios deberán
entregarse conforme al calendario de enteros
en que la federación lo haga a los estados.
Asimismo, los fondos correspondientes al
Distrito Federal serán entregados en la
misma forma que al resto de los municipios a
cargo de la Secretaría de la Función
Pública. |