No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma y
adiciona los artículos 10 y 20 de la
Ley Federal de Radio y Televisión.
Publicación en GP del Senado:
13 de mayo de 2009. |
Sen.
Carlos Jiménez Macías
(PRI) |
Comisiones Unidas de Radio,
Televisión y Cinematografía, de
Comunicaciones y Transportes y de
Estudios Legislativos de la Cámara
de Senadores |
Facultar a la Secretaría de Gobernación
para emitir opinión sobre las
solicitudes de concesión o permiso para
establecer y explotar estaciones de
radiodifusión. Asimismo, definir el
procedimiento que deberá seguirse en la
dependencia antes mencionada para la
emisión de dicha opinión. |
2 |
Que adiciona un
artículo 59 ter a la Ley Federal
de Radio y Televisión.
Publicación en GP del Senado:
13 de mayo de 2009. |
Dip.
Othón Cuevas Córdova
(PRD) * |
Comisión de Radio, Televisión y
Cinematografía de la Cámara de
Diputados |
Adicionar un artículo para establecer
que los anuncios de productos y
servicios dirigidos a los niños deberán
cumplir con lo previsto en la
Declaración de los Derechos de los Niños
de las Naciones Unidas, y en la Ley de
los Derechos de las Niñas, Niños y
Adolescentes. |
3 |
Que reforma el
artículo 43 de la Ley de los
Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Publicación en GP del Senado:
13 de mayo de 2009. |
Sen.
José Luis Lobato Campos
(Convergencia) |
Comisiones Unidas de Seguridad Social,
Hacienda y Crédito Público y de
Estudios Legislativos, Primera de
la Cámara de Senadores |
Establecer la obligación para el régimen
de inversión, de otorgar la mayor
seguridad y rentabilidad a los recursos
de los trabajadores, así como precisar
que las inversiones deberán canalizarse
obligatoriamente a fomentar los
objetivos establecidos en las fracciones
a), b), c), d) y e) del artículo 43 de
la propia Ley. Asimismo, estipular que
las inversiones que no correspondan a
los objetivos contemplados en el
artículo antes mencionado, no podrán ser
superiores al 20% de los recursos
totales manejados por las sociedades de
inversión. |
4 |
Que adiciona
diversas disposiciones de la Ley
de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP del Senado:
13 de mayo de 2009.
Publicación en GP:
22 de mayo de 2009. |
Dip
Adrián Pedrozo Castillo
(PRD)
A nombre de los Dips. Francisco Javier
Calzada Vázquez, Robinson Uscanga Cruz,
Moisés Félix Dagdug Lützow (PRD) y del
Sen. Dante Alfonso Delgado Rannauro
(Convergencia) |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público de la Cámara de Diputados |
Crear el Fondo de Aportaciones para las
Zonas Metropolitanas, que se determinará
anualmente en el Presupuesto de Egresos
de la Federación con recursos federales
por un monto equivalente, sólo para
efectos de referencia, al 0.38% de la
recaudación federal participable a que
se refiere el Fondo General de
Participaciones, según estimación que de
la misma se realice en el propio
presupuesto, con base en lo que al
efecto establezca la Ley de Ingresos de
la Federación para ese ejercicio.
Establecer que el Ejecutivo Federal, a
través de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, distribuirá el Fondo de
Aportaciones para las Zonas
Metropolitanas, el 94% y el 6% restante,
entre diversas entidades federativas y
de conformidad con los coeficientes que
establezca la ley; las aportaciones
federales que con cargo al Fondo de
Aportaciones para las Zonas
Metropolitanas reciban los Estados se
destinarán a los programas y proyectos
de inversión elegibles de acuerdo a las
Reglas de Operación que emita la
Secretaría de Hacienda y Crédito
Público. |
5 |
Que adiciona y
reforma la Ley de Caminos, Puentes
y Autotransporte Federal.
Publicación en GP del Senado:
13 de mayo de 2009.
Publicación en GP:
22 de mayo de 2009. |
Dip.
José Manuel del Río Virgen
(Convergencia)
A nombre del Dip. Robinson Uscanga Cruz
(Convergencia) |
Comisión de Transportes de la
Cámara de Diputados |
Establecer que la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes determine,
de común acuerdo con los concesionarios,
la disminución del pago de peaje durante
el tiempo que duren los trabajos de
obras de reconstrucción, conservación o
mantenimiento en cualquier tramo
superior al cinco por ciento del total
de la ruta que genere una afectación o
interrupción del tránsito regular de
vehículos. |