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Legislaturas de los Estados |
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Oficios de los congresos de los estados
de Aguascalientes, Campeche,
Chihuahua, Coahuila, Durango,
Guanajuato, Jalisco, Estado de México,
Michoacán, Morelos, Nuevo León,
Querétaro, Quintana Roo, San Luis
Potosí, Sinaloa, Tabasco, Veracruz,
Yucatán y Zacatecas por los que
comunican su aprobación al proyecto de
decreto por el que se reforman los
artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22,
las fracciones XXII y XXIII del artículo
73, la fracción VII del artículo 115 y
la fracción XIII del apartado B del
artículo 123 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos. |
a) La
Secretaría realizó el escrutinio y
cómputo respectivos, de conformidad con
el artículo 135 constitucional, dando fe
de la aprobación de 19 congresos
estatales.
b) Se
declaró aprobado el decreto por el que
se reforman los artículos 16, 17, 18,
19, 20, 21 y 22, las fracciones XXII y
XXIII del artículo 73, la fracción VII
del artículo 115 y la fracción XIII del
apartado B del artículo 123 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
c) Se
turnó al Ejecutivo Federal para sus
efectos constitucionales. |