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Administrador Central de Destino de
Bienes |
Por el que informa
que el Servicio de Administración
Tributaria, por conducto de las
autoridades aduaneras locales
competentes en el mes de abril de 2008,
únicamente dieron destino a mercancía
perecedera, de fácil descomposición o
deterioro y aquella que no es
transferible a Servicio de
Administración y Enajenación de Bienes. |
Comisión de Comercio y Fomento
Industrial de la Cámara de Senadores
y a la Comisión de Economía de la
Cámara de Diputados |