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										Administrador Central de Destino de 
										Bienes | 
										
										
										Por el que informa 
										que el Servicio de Administración 
										Tributaria, por conducto de las 
										autoridades aduaneras locales 
										competentes en el mes de abril de 2008, 
										únicamente dieron destino a mercancía 
										perecedera, de fácil descomposición o 
										deterioro y aquella que no es 
										transferible a Servicio de 
										Administración y Enajenación de Bienes. | 
										
										
										Comisión de Comercio y Fomento 
										Industrial de la Cámara de Senadores 
										y a la Comisión de Economía de la 
										Cámara de Diputados |