1 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley
Federal de Radio y Televisión.
Publicación en GP:
Anexo I.
19 de febrero de 2009. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Ricardo Francisco
García Cervantes (PAN) el 28 de mayo de
2008.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 17 de febrero de
2009. Proyecto de decreto aprobado por 75
votos; 3 en contra y 4 abstenciones. Se
turnó a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Propuesta:
Establecer la supletoriedad del Código
Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales, cuando se trate de asuntos en
materia electoral, así como precisar las
facultades que tendrá el Instituto Federal
Electoral en materia de tiempos que
correspondan al Estado en radio y televisión
destinados a fines propios del instituto y a
los de otras autoridades electorales, así
como al ejercicio de las prerrogativas de
los partidos políticos. De igual forma,
definir los lineamientos que habrán de
observar las estaciones de radio y
televisión para la transmisión de la
programación general dirigida a la población
infantil y estipular que no se podrán
transmitir programas, mensajes o cualquier
otro material que contravenga lo dispuesto
en el ordenamiento antes mencionado.
Asimismo, establecer las obligaciones que
tendrán que observar los permisionarios y
concesionarios de radio y de televisión en
materia electoral. |
Comisión de Radio, Televisión y
Cinematografía |
2 |
Decreto que adiciona
un segundo párrafo al artículo segundo
transitorio y un artículo tercero
transitorio al decreto que declara reformado
el párrafo cuarto y adicionados los párrafos
quinto y sexto, y se recorren en su orden
los últimos dos párrafos del artículo 18 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, Publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 12 de diciembre
de 2005.
Publicación en GP:
Anexo I.
19 de febrero de 2009. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por los Sens. Jesús Murillo Karam
y Pedro Joaquín Coldwell (PRI), el 21 de
enero de 2009.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 4
de febrero de 2009.
Dictamen a discusión presentado el 17 de
febrero de 2009. Proyecto de decreto
aprobado por 99 votos. Se turnó a la Cámara
de Diputados para los efectos del inciso
a) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Establecer que la Federación contará con un
año a partir de la entrada en vigor del
presente decreto para expedir las leyes y
establecer las instituciones y los órganos
que se requieran en el orden federal para la
implementación del sistema de justicia
integral para adolescentes. Los asuntos en
trámite hasta el momento en que entren en
vigor las leyes y se implementen las
instituciones y los órganos arriba citados,
se concluirán conforme a la legislación con
que se iniciaron. Los asuntos que se
encuentren pendientes de resolución en el
momento en que inicie la operación del nuevo
sistema se remitirán a la autoridad que
resulte competente para que continúe en el
conocimiento de éstos hasta su conclusión. |
Comisión de Puntos Constitucionales |