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Que expide la
Ley para Regular las Actividades de las
Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo
y reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley General de
Sociedades Cooperativas, de la
Ley de Ahorro y Crédito Popular,
de la Ley de la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores y de la
Ley de Instituciones de Crédito.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
16 de abril de 2009. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por la Sen. Rosalía Peredo Aguilar
(PAN) el 27 de marzo de 2007.
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por los Sens. Antonio Mejía Haro (PRD),
Dante Delgado Rannauro (Convergencia),
Yeidckol Polevnsky Gurwitz (PRD), Silvano
Aureoles Conejo y Rubén Fernando Velásquez
López (PRD), el 13 de noviembre de 2008.
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por los Sens. Jorge Andrés Ocejo
Moreno, Humberto Andrade Quezada, José
Isabel Trejo Reyes, Martha Leticia Sosa
Govea y Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN)
el 25 de noviembre de 2008.
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por los Sens. Francisco Arroyo
Vieyra, Adolfo Toledo Infanzón, Carlos
Lozano de la Torre, Jesús María Ramón
Valdés, Raúl José Mejía González, María
Elena Orantes López (PRI), Antonio Mejía
Haro, Silvano Aureoles Conejo, Minerva
Hernández Ramos (PRD y Ricardo Monreal Ávila
(PT) el 11 de marzo de 2009.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 14
de abril de 2009.
Dictamen a Discusión presentado el 15 de
abril de 2009. Proyecto de decreto aprobado
por 85 votos y 1 en contra. Se turno a la
Cámara de Diputados para los efectos del
inciso a) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Incorporar a las sociedades cooperativas de
ahorro y préstamo al sistema financiero
mexicano, reconociendo que forman parte del
sector social de la economía, con un régimen
jurídico y fiscal distinto del que por su
propia naturaleza corresponde para las
entidades financieras que integran los
sectores privado y público. Regular el
servicio de captación de fondos y recursos
monetarios y su colocación mediante
préstamos, créditos u otras operaciones, por
parte de las sociedades cooperativas de
ahorro y préstamo con sus socios; así como
promover y facilitar las actividades y
operaciones de las sociedades cooperativas
de ahorro y préstamo, con el propósito de
lograr su sano y equilibrado desarrollo;
proteger los intereses de los socios
ahorradores y del público en general en
relación a las operaciones que realicen con
las sociedades cooperativas de ahorro y
préstamo. Asimismo, dotar al Estado con
facultades de supervisión, regulación y
sanción, en relación a las sociedades
cooperativas de ahorro y préstamo. |
Comisión de Hacienda y Crédito Público
con opinión de las comisiones de
Presupuesto y Cuenta Pública y de
Fomento Cooperativo y Economía Social |